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Discriminación | Alojamientos públicos | Vermont

Preguntas y respuestas sobre alojamientos públicos de Vermont

¿Qué es un “lugar de alojamiento público”?

Un “lugar de alojamiento público” significa “cualquier escuela, restaurante, tienda, establecimiento u otra instalación en la que se ofrezcan servicios, instalaciones, bienes, privilegios, ventajas, beneficios o alojamiento al público en general” (9 VSA § 4501).

¿Vermont tiene una ley contra la discriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en lugares de alojamiento público?

Sí. Vermont fue uno de los primeros estados en aprobar una ley estatal integral que prohíbe la discriminación por orientación sexual en 1992 (Ver, por ejemplo, 21 VSA § 495 (empleo)). La “orientación sexual” se define como “homosexualidad, heterosexualidad o bisexualidad femenina o masculina (1 VSA § 143).

En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género (Ley Pública 41, Ley relativa a la prohibición de la discriminación por motivos de identidad de género, 2007-2008 Leg., Reg. Sess. (Vermont 2007)). La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (1 VSA § 144).

Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.

¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en lugares de alojamiento público?

En cuanto a la orientación sexual, tal vez.  

En cuanto a la identidad de género, y como se señaló anteriormente, la identidad de género se define como “identidad de género real o percibida”. Este lenguaje incluye la discriminación basada en la percepción.

¿Qué dice la ley sobre la discriminación en lugares de alojamiento público?

Dichos lugares no podrán, debido a la orientación sexual, identidad de género, estado civil u otra característica protegida de una persona, “rechazar, retener o negar a esa persona cualquiera de las comodidades, ventajas, instalaciones y privilegios del lugar de alojamiento público”. ”(9 VSA § 4502 (a)).

Las protecciones basadas en el estado civil significan que un lugar de alojamiento público no puede discriminar a parejas del mismo sexo que estén casadas o en unión civil (15 VSA § 1204 (e)(7) (las prohibiciones contra la discriminación basada en el estado civil se aplican igualmente a las partes de una unión civil (ver también la discusión sobre uniones civiles a continuación). Sin embargo, una organización religiosa o cualquier organización sin fines de lucro operada, supervisada o controlada por una organización religiosa no estará obligada a proporcionar servicios, alojamiento, ventajas, instalaciones, bienes o privilegios relacionados con la solemnización o celebración de un matrimonio (9 VSA § 4502 ( l)).

Hay una excepción a esta regla, que establece que esta ley no prohíbe que un establecimiento que brinda alojamiento a huéspedes transitorios (es decir, hoteles, posadas) con cinco o menos habitaciones restrinja su alojamiento según el sexo o el estado civil (9 VSA § 4502 ( d)).

Las escuelas públicas, independientes y postsecundarias de Vermont se consideran alojamientos públicos y, por lo tanto, los estudiantes están protegidos de la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. 

¿Cómo presento una denuncia por discriminación?

El lugar donde presenta una queja depende del tipo de discriminación que haya experimentado (es decir, empleo, vivienda, crédito, etc.) y de si la parte contra la que presenta la queja es una agencia estatal. A veces tienes más de una opción sobre dónde presentar la solicitud.

Para alojamiento público (así como empleo o vivienda estatal):

  • Si cree que ha sido discriminado en el empleo por una agencia estatal, o si cree que ha sido discriminado en lugares públicos (por ejemplo, denegación de servicio en un establecimiento minorista u otro negocio), o en la vivienda, puede presentar una solicitud una queja con:

La Comisión de Derechos Humanos de Vermont
Calle Baldwin 14-16
Montpellier, VT 05633-6301
(800) 416-2010
(802) 828-1625
(802) 828-2481 (fax)
derechos.humanos@vermont.gov

Se podrá presentar una denuncia bajo juramento en persona, por escrito, por fax o por correo electrónico exponiendo los hechos relacionados con la supuesta discriminación.

  • También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.

¿Necesito un abogado?

No necesariamente. Los procesos en todas estas agencias están diseñados para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que los representen durante cualquiera de estos procedimientos, así como si deciden presentar un reclamo directamente en el Tribunal Superior. No sólo existen muchas normas legales que rigen estos procesos, sino que es probable que los empleados y otros acusados tengan representación legal.

¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?

Las quejas de discriminación ante la Comisión de Derechos Humanos de Vermont deben presentarse dentro de un año del último acto o actos discriminatorios (Reglas del Código de Vermont 80-250-001, Regla 2). La Unidad de Derechos Civiles del Procurador General también tiene la política de exigir que las denuncias se presenten en el plazo de un año. Si va a presentar un caso directamente ante el Tribunal Superior, debe presentarlo dentro de los tres años posteriores al último acto discriminatorio, aunque bajo ciertas circunstancias es posible que pueda presentarlo después de ese tiempo. Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.

¿Qué sucede después de que se presenta una denuncia ante la Comisión o la Unidad de Derechos Civiles?

Si presenta una denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos, el personal de la Comisión revisará su queja para ver si cumple con los requisitos básicos para presentar una reclamación por discriminación. Si deciden investigar, se envía una copia de su denuncia a la parte contra quien se presentó la denuncia, el demandado, quien debe responder a las acusaciones dentro de catorce (14) días (Código de Reglas de Vermont 80-250-001). , Regla 10). Luego, la Comisión asigna un investigador, que examinará sus reclamaciones para ver si hay motivos razonables para creer que ha sido discriminado. Al hacerlo, el investigador puede examinar y copiar registros y documentos, y realizar entrevistas a todas las partes y testigos pertinentes. Luego, los cinco comisionados designados por el gobernador deciden si existen motivos razonables para dar crédito a sus acusaciones (9 VSA §§ 4551(a) y 4554(d) – (e)).

La Comisión de Derechos Humanos permite que las partes participen en discusiones de conciliación voluntaria para resolver el caso en cualquier momento durante el proceso de investigación. Si estos esfuerzos fracasan, al final de la investigación la Comisión de Derechos Humanos emite conclusiones indicando si hubo violación de la ley.

Si se encuentran motivos razonables, la Comisión enviará el caso a un procedimiento de “conciliación” o acuerdo, a menos que la Comisión encuentre una emergencia. Si las negociaciones no logran producir un acuerdo aceptable para todas las partes dentro de los seis meses, la Comisión presentará una demanda contra el demandado en el Tribunal Superior o desestimará el procedimiento, a menos que las partes acuerden una extensión para completar las negociaciones en curso (9 VSA § 4554(e); Código de Vermont, Reglas 80-250-001, Reglas 31-32).

Si no se encuentran motivos razonables de discriminación ilegal, el caso será desestimado por la Comisión (9 VSA § 4554(d

En este punto, o en cualquier punto del proceso ante la Comisión, usted puede decidir presentar un caso ante el tribunal. Es fundamental tener siempre en cuenta los plazos para presentar dicho caso, como se analizó anteriormente. Si lo hace mientras hay una investigación pendiente en la Comisión, la Comisión desestimará administrativamente la investigación aunque la Comisión puede presentar su propia queja sobre el asunto o intervenir en su acción judicial (Código de Vermont Reglas 80-250-001, Regla 27 ).

¿Cuáles son los recursos legales que el tribunal puede otorgar por discriminación si una persona gana su caso allí?

En casos de alojamiento (y vivienda) públicos, las soluciones pueden incluir medidas cautelares, daños compensatorios (gastos realmente incurridos debido a una acción ilegal) y daños punitivos (9 VSA § 4506(a)). Además, se pueden imponer sanciones penales de multas de hasta $1000 (9 VSA § 4507).

En todos estos casos, el tribunal puede conceder honorarios de abogados, costos (9 VSA §4506(b)(alojamiento y vivienda públicos); 21 VSA §495b(2)(empleo)) y otras compensaciones apropiadas que sean consistentes con los propósitos de las leyes contra la discriminación (p.ej programas de capacitación, publicación de avisos, permitir a las personas el acceso y uso no discriminatorio de los lugares públicos).

¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que fui discriminada por ser lesbiana y latina?

Sí. Las leyes estatales contra la discriminación en el empleo prohíben tomar cualquier acción contra alguien por su orientación sexual e identidad de género, así como por raza, color, religión, origen nacional, sexo, ascendencia, lugar de nacimiento, edad, discapacidad, sangre relacionada con el VIH. pruebas médicas, licencia familiar y compensación laboral. En los alojamientos públicos, los criterios se amplían para incluir el estado civil, pero no incluyen la edad, la ascendencia ni el lugar de nacimiento. En vivienda, los criterios se amplían para incluir la intención de ocupar una vivienda con uno o más hijos menores y la recepción de asistencia pública, pero no incluyen la ascendencia ni el lugar de nacimiento.

¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?

Posiblemente, dependiendo de los hechos de su situación particular. Esta publicación se refiere únicamente a la ley antidiscriminación de Vermont y es posible que usted tenga otros derechos.

Tribunal estatal o federal: Después de presentar el caso ante la Comisión o en lugar de hacerlo, puede decidir presentar el caso ante el tribunal. Puede presentar la solicitud ante el tribunal estatal en cualquier momento dentro de las limitaciones de tiempo, como se analizó anteriormente.

¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?

Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 1-800-455-4523 (GLAD) para analizar las opciones.

Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo sucedido, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos). GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.

Recursos

Para obtener más información sobre el proceso de queja ante la Comisión de Derechos Humanos, consulte: Presentar una queja | Comisión de Derechos Humanos

Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD

Casos y defensa

Para ver casos de discriminación o defensa en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Vermont, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Noticias y comunicados de prensa

Para ver noticias y comunicados de prensa sobre la discriminación en Vermont, vaya a: Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Discriminación | Empleo | Vermont

Preguntas y respuestas sobre empleo en Vermont

¿Vermont tiene una ley contra la discriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en el empleo?

Sí. Vermont fue uno de los primeros estados en aprobar una ley estatal integral que prohíbe la discriminación por orientación sexual en 1992 (Ver, por ejemplo, 21 VSA § 495 (empleo)). La “orientación sexual” se define como “homosexualidad, heterosexualidad o bisexualidad femenina o masculina (1 VSA § 143).

En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género (Ley Pública 41, Ley relativa a la prohibición de la discriminación por motivos de identidad de género, 2007-2008 Leg., Reg. Sess. (Vermont 2007)). La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (1 VSA § 144).

Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD

¿Protege también a las personas percibidas como LGBT en el empleo?

En cuanto a la orientación sexual, tal vez. Aunque las leyes contra la discriminación en sí mismas no distinguen entre orientación sexual real y percibida, el cuestionario utilizado por la Unidad de Derechos Civiles de la Fiscalía General permite a las personas denunciar discriminación tanto por orientación sexual como por orientación sexual percibida. Sin embargo, la Comisión de Derechos Humanos no hace esta distinción en su formulario de queja laboral. No existe jurisprudencia al respecto.

En cuanto a la identidad de género, y como se señaló anteriormente, la identidad de género se define como “identidad de género real o percibida”. Este lenguaje incluye la discriminación basada en la percepción.

¿A quién se aplica la ley de no discriminación y qué prohíbe?

La ley contra la discriminación prohíbe a cualquier empleador, agencia de empleo u organización laboral discriminar a cualquier individuo debido a su orientación sexual o identidad de género (21 VSA § 495 (a)(1)). Esto se aplica tanto a empleadores privados como gubernamentales y cubre las acciones laborales más importantes, como contratación, despido, falta de ascenso, degradación, disciplina excesiva, acoso y trato diferente del empleado y compañeros de trabajo en situaciones similares (21 VSA § 495 (a ); artículo 495 quinquies, apartado 1 (definición de empresario)).

Además, las agencias de empleo no pueden participar en discriminación al negarse a clasificar o recomendar a sus clientes para empleo o discriminar de otro modo por motivos de orientación sexual o identidad de género. Los sindicatos no pueden negar la afiliación sindical ni discriminar de otro modo a sus miembros por motivos de orientación sexual o identidad de género (21 VSA § 495 (a)(4)).

La ley también prohíbe a estas entidades hacer publicidad de tal manera que restrinja el empleo o la membresía debido a la orientación sexual o la identidad de género (21 VSA § 495 (a)(2)).

¿Se aplica la ley a todos los empleadores en Vermont?

No. Por más amplia que sea la ley, existen excepciones a su aplicación.

  • Un empleador, agencia u organización laboral puede defenderse de un reclamo por discriminación argumentando que una “calificación ocupacional de buena fe” del trabajo en particular para que un empleado no LGBT lo ocupe (21 VSA § 495(a)). Sin embargo, no existen exenciones ocupacionales generales fuera del alcance de la ley contra la discriminación, y esta defensa rara vez tiene éxito.
  • En cuanto a la orientación sexual y la identidad de género, las organizaciones religiosas (y las organizaciones caritativas o educativas operadas, supervisadas o controladas por una organización religiosa) están exentas de la ley en la medida en que den una “preferencia a personas de la misma religión o denominación” o tomar “cualquier acción con respecto a asuntos cuya finalidad la organización considere promover los principios religiosos para los cuales se establece o mantiene (21 VSA § 495(e)). Esta exención, sin embargo, no es una carta blanca que un empleador utilice sus creencias religiosas como justificación para discriminar a personas por su orientación sexual o identidad de género real o percibida.

¿La ley de Vermont prohíbe el acoso sexual?

Sí. El acoso sexual está específicamente prohibido por la ley. La ley de Vermont define el acoso sexual como una forma de discriminación sexual que significa insinuaciones sexuales no deseadas, solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual cuando:

  • la sumisión a esa conducta se convierte explícita o implícitamente en un término o condición de empleo; o
  • la sumisión o el rechazo de dicha conducta por parte de un individuo se utiliza como componente de la base para las decisiones laborales que afectan a ese individuo; o
  • la conducta tiene el propósito o efecto de interferir sustancialmente con el desempeño laboral de un individuo o crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo (21 VSA § 495d (13)).

Debido a que el acoso sexual es una forma de discriminación sexual, un reclamo de acoso puede presentarse de la misma manera que otros reclamos de discriminación, como se analiza a continuación.

Además de prohibir el acoso sexual, la ley de Vermont exige que todos los empleadores, agencias de empleo y organizaciones laborales garanticen un lugar de trabajo libre de acoso sexual adoptando una política contra el acoso sexual, publicando un aviso que describa esa política y proporcionando a todos los empleados una copia individual por escrito de la póliza (21 VSA § 495h).

Es tan ilegal acosar sexualmente a una persona gay, lesbiana, bisexual o transgénero como lo es acosar a cualquier otra persona. Parte del acoso es específicamente contra los homosexuales y puede caracterizarse más justamente como acoso por motivos de orientación sexual. Otro tipo de acoso se debe a la identidad de género real o percibida de la persona y puede caracterizarse como acoso por motivos de identidad de género. Otros tipos de acoso son de naturaleza sexual y se categorizan más apropiadamente como acoso sexual. Todos estos tipos de acoso pueden ocurrirle a la misma persona y todos están prohibidos según la ley del estado de Vermont.

Tanto la Corte Suprema de los Estados Unidos como varios tribunales estatales han determinado que el acoso sexual entre personas del mismo sexo viola las leyes sobre acoso sexual (compárese con Oncale v. Sundowner Offshore Services, 523 US 75, 118 S.Ct. 998 (1998) (el hombre puede demandar por abuso sexual). acoso por parte de otros hombres bajo las leyes federales de acoso sexual)).

¿Cómo presento una denuncia por discriminación?

El lugar donde presenta una queja depende del tipo de discriminación que haya experimentado (es decir, empleo, vivienda, crédito, etc.) y de si la parte contra la que presenta la queja es una agencia estatal. A veces tienes más de una opción sobre dónde presentar la solicitud.

Empleo estatal (así como alojamiento o vivienda públicos):

  • Si cree que ha sido discriminado en el empleo por una agencia estatal, o si cree que ha sido discriminado en lugares públicos (por ejemplo, denegación de servicio en un establecimiento minorista u otro negocio), o en la vivienda, puede presentar una solicitud una queja con:

La Comisión de Derechos Humanos de Vermont
Calle Baldwin 14-16
Montpellier, VT 05633-6301
(800) 416-2010
(802) 828-1625
(802) 828-2481 (fax)
derechos.humanos@vermont.gov

Se podrá presentar una denuncia bajo juramento en persona, por escrito, por fax o por correo electrónico exponiendo los hechos relacionados con la supuesta discriminación.

  • También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.

Empleo general:

Si cree que ha sido discriminado por una parte que no sea el estado (por ejemplo, una empresa privada o un pueblo), puede presentar una queja bajo juramento ante:

Unidad de Derechos Civiles
Oficina del Fiscal General de Vermont
109 calle estatal
Montpellier, VT 05609-1001
(888) 745-9195 (Llamada gratuita únicamente en Vermont)
(802) 828-3657
(802) 828-3665 (TTY)
(802) 828-2154 (fax)
ago.civilrights@vermont.gov

Las partes demandantes deben completar un cuestionario, que la Unidad de Derechos Civiles le enviará o puede encontrar en ESTADO DE VERMONT OFICINA DEL PROCURADOR GENERAL CUESTIONARIO SOBRE DISCRIMINACIÓN EN EL EMPLEO UNIDAD DE DERECHOS CIVILES 

  • También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.

¿Necesito un abogado?

No necesariamente. Los procesos en todas estas agencias están diseñados para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que los representen durante cualquiera de estos procedimientos, así como si deciden presentar un reclamo directamente en el Tribunal Superior. No sólo existen muchos problemas legales que rigen estos procesos, sino que es probable que los empleados y otros acusados tengan representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.

¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?

Las quejas de discriminación ante la Comisión de Derechos Humanos de Vermont (HRC) deben presentarse dentro de un año del último acto o actos discriminatorios (Reglas del Código de Vermont 80-250-001, Regla 2). La Unidad de Derechos Civiles (CRU) del Procurador General también tiene la política de exigir que las quejas se presenten dentro de un año. Si va a presentar un caso directamente ante el Tribunal Superior, debe presentarlo dentro de los tres años posteriores al último acto discriminatorio, aunque bajo ciertas circunstancias es posible que pueda presentarlo después de ese tiempo. Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.

¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que me despidieron porque soy lesbiana y latina?

Sí. Las leyes estatales contra la discriminación en el empleo prohíben tomar cualquier acción contra alguien por su orientación sexual e identidad de género, así como por raza, color, religión, origen nacional, sexo, ascendencia, lugar de nacimiento, edad, discapacidad, sangre relacionada con el VIH. pruebas médicas, licencia familiar y compensación laboral. En los alojamientos públicos, los criterios se amplían para incluir el estado civil, pero no incluyen la edad, la ascendencia ni el lugar de nacimiento. En vivienda, los criterios se amplían para incluir la intención de ocupar una vivienda con uno o más hijos menores y la recepción de asistencia pública, pero no incluyen la ascendencia ni el lugar de nacimiento.

¿Qué sucede después de que se presenta una denuncia ante la Comisión o la Unidad de Derechos Civiles?

Si presenta una denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos, el personal de la Comisión revisará su queja para ver si cumple con los requisitos básicos para presentar una reclamación por discriminación. Si deciden investigar, se envía una copia de su denuncia a la parte contra quien se presentó la denuncia, el demandado, quien debe responder a las acusaciones dentro de los catorce (14) días (Código de Reglas de Vermont 80-250-001). , Regla 10). Luego, la Comisión asigna un investigador, que examinará sus reclamaciones para ver si hay motivos razonables para creer que ha sido discriminado. Al hacerlo, el investigador puede examinar y copiar registros y documentos, y realizar entrevistas a todas las partes y testigos pertinentes. Luego, los cinco comisionados designados por el gobernador deciden si existen motivos razonables para dar crédito a sus acusaciones (9 VSA §§ 4551(a) y 4554(d) – (e)).

Si presenta una queja ante la Unidad de Derechos Civiles (CRU), el proceso es muy similar y se describe en detalle en el sitio web de la CRU: Proceso de la Unidad de Derechos Civiles - Oficina del Fiscal General de Vermont

Tanto la Comisión de Derechos Humanos como la CRU permiten que las partes participen en discusiones de conciliación voluntaria para resolver el caso en cualquier momento durante el proceso de investigación. Si estos esfuerzos fracasan, al final de la investigación la Comisión de Derechos Humanos o la CRU emite conclusiones que indican si hubo violación de la ley.

Si se encuentran motivos razonables, la Comisión enviará el caso a un procedimiento de “conciliación” o acuerdo, a menos que la Comisión encuentre una emergencia. Si las negociaciones no logran producir un acuerdo aceptable para todas las partes dentro de los seis meses, la Comisión presentará una demanda contra el demandado en el Tribunal Superior o desestimará el procedimiento, a menos que las partes acuerden una extensión para completar las negociaciones en curso (9 VSA § 4554(e); Código de Vermont, Reglas 80-250-001, Reglas 31-32).

De manera similar, si la CRU determina una violación de la ley, se le pedirá al demandado que entable negociaciones para intentar resolver el caso. Si estas negociaciones fracasan, la CRU puede presentar una denuncia contra el demandado ante el Tribunal Superior. 

Si no se encuentran motivos razonables de discriminación ilegal, el caso será desestimado por la Comisión (9 VSA § 4554(d)). Si la CRU no encuentra ninguna violación de la ley, el expediente se cerrará.

En este punto, o en cualquier punto del proceso ante la Comisión o la CRU, usted puede decidir presentar un caso ante el tribunal. Es fundamental tener siempre en cuenta los plazos para presentar dicho caso, como se analizó anteriormente. Si lo hace mientras hay una investigación pendiente en la Comisión, la Comisión desestimará administrativamente la investigación aunque la Comisión puede presentar su propia queja sobre el asunto o intervenir en su acción judicial (Código de Vermont Reglas 80-250-001, Regla 27 ).

¿Cuáles son los recursos legales que el tribunal puede otorgar por discriminación si una persona gana su caso allí?

Los remedios para un reclamante exitoso pueden incluir, para casos de empleo, contratación, reintegro o ascenso de categoría, pago atrasado, pago anticipado, restitución de salarios u otros beneficios, daños, incluidos aquellos por angustia emocional, sanciones civiles (cuando corresponda) y daños punitivos. (21 VSA § 495b).

¿Puedo también presentar una queja por discriminación ante una agencia federal?

Sí. La ley federal de no discriminación en el empleo, llamada Título VII, se aplica a los empleadores con al menos 15 empleados. 

Alguien que presenta un reclamo por discriminación a veces puede buscar protección bajo las leyes estatales y federales. Esto es cierto porque puede haber disposiciones superpuestas de las leyes estatales y federales. Por ejemplo, el Título VII prohíbe la discriminación laboral por motivos de raza, sexo, edad, religión y discapacidad (que incluye el estado serológico respecto del VIH), pero no prohíbe expresamente la discriminación por motivos de “orientación sexual” o “identidad de género”.

Sin embargo, en Bostock contra el condado de Clayton, Georgia, No. 17-1618 (S. Ct. 15 de junio de 2020, ver: 17-1618 Bostock contra el condado de Clayton (15/06/2020), la Corte Suprema sostuvo que despedir a personas debido a su orientación sexual o condición de transgénero viola la prohibición del Título VII sobre la discriminación por motivos de sexo. Para obtener más información sobre cómo la EEOC hace cumplir la discriminación contra los empleados LGBT, consulte: Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género (SOGI) | Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU..

GLAD recomienda que, cuando pueda haber una superposición de jurisdicción estatal y federal, primero explore la presentación ante el HRC o la CRU, pero tenga en cuenta la posibilidad de presentar también un reclamo federal. Si tiene una queja sobre orientación sexual o identidad de género, debe marcar “sexo” así como “orientación sexual” o “identidad de género” como bases para su reclamo y solicitar que el HRC o CRU presenten su queja con el EEOC.

Las quejas federales deben presentarse dentro de los 180 días posteriores al acto discriminatorio ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Sin embargo, si inicialmente presenta su queja ante HRC o CRU e indica que desea que la queja se interponga ante la EEOC, entonces el límite de tiempo se extiende a 300 días o 30 días después de que HRC o CRU haya terminado el proceso, lo que ocurra primero. caso (34 Código de Estados Unidos 42 sec. 2000e-5(e)(1)). Si desea realizar una presentación cruzada ante la EEOC, debe presentar su queja al HRC o CRU dentro de los 300 días y no en el plazo habitual de 1 año. (Las personas que trabajan para agencias federales están fuera del alcance de esta publicación).

¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?

Posiblemente, dependiendo de los hechos de su situación particular. Esta publicación se refiere únicamente a la ley antidiscriminación de Vermont y es posible que usted tenga otros derechos.

  1. Unión: Si es miembro de un sindicato, su contrato (acuerdo de negociación colectiva) puede brindarle derechos adicionales en caso de medidas disciplinarias, despidos u otras acciones relacionadas con el trabajo. De hecho, si obtiene una reparación en virtud de su contrato, puede decidir no buscar otras soluciones. Obtenga y lea una copia de su contrato y comuníquese con un representante sindical para presentar una queja. Los plazos de los contratos son estrictos. Tenga en cuenta que si su sindicato se niega a ayudarlo con una queja, es posible que tenga una acción por discriminación en su contra por no trabajar con usted o por incumplimiento del deber de representación justa.
  2. Tribunal estatal o federal: Después o en lugar de presentar la demanda ante la Comisión, la CRU o la EEOC, puede decidir presentar el caso ante el tribunal. Puede presentar la solicitud ante el tribunal estatal en cualquier momento dentro de las limitaciones de tiempo, como se analizó anteriormente. Sin embargo, para presentarlo ante un tribunal federal, debe retirar su caso de la EEOC, y existen reglas sobre cuándo y cómo debe hacerlo que la EEOC puede explicar.

Además, puede presentar un caso judicial para abordar otros reclamos que no son manejados adecuadamente por las agencias de discriminación, como cuando lo despiden en violación de un contrato, lo despiden sin la disciplina progresiva prometida en un manual del empleado o lo despiden por hacer algo. al empleador no le gusta pero que la ley exige. De manera similar, si usted tiene un reclamo por una violación de derechos constitucionales (por ejemplo, si es un maestro o un empleado gubernamental que cree que se violaron su libertad de expresión o sus derechos de igual protección), entonces esos asuntos también deben ser vistos en los tribunales.

¿Qué puedo hacer si mi empleador me despide porque presenté una denuncia por discriminación?

Es ilegal tomar represalias contra alguien por presentar un reclamo por discriminación, y usted podría presentar una queja adicional contra el empleador o el propietario por represalias. Las protecciones contra “represalias” cubren a quienes participan en procedimientos o se oponen de otro modo a una conducta ilegal. Si el empleador o propietario toma medidas contra un empleado o inquilino debido a esa conducta, entonces el empleado o inquilino puede presentar un reclamo de represalias (9 VSA § 4506(e)(represalias prohibidas en alojamientos y viviendas públicas); 21 VSA § 495 (a)(8) (represalias prohibidas en el empleo). Véase también Provencher contra CVS Pharmacy, 145 F.3d 5 (1st Cir. 1998) (que confirma el reclamo federal de represalias por parte de un hombre gay que había presentado un reclamo por acoso sexual bajo el Título Federal VII)).

¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?

Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 1-800-455-4523 (GLAD) para analizar las opciones.

Como cuestión general, las personas que todavía trabajan en condiciones discriminatorias tienen que evaluar cómo la presentación de un caso afectará su trabajo y si podrán manejar esas posibles consecuencias. Por supuesto, incluso si una persona ha sido despedida, puede decidir que no vale la pena presentar un reclamo por discriminación. Esta es una elección individual, que debe realizarse después de recopilar suficiente información y asesoramiento para tomar una decisión informada.

Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo sucedido, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos). Trate de tener a mano copias de sus manuales de empleado o de personal, así como de contratos, evaluaciones de trabajo, memorandos, cartas de despido y similares. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD. 

Recursos

Para obtener más información sobre el proceso de quejas laborales, consulte:

Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: https://www.glad.org/issues/hivaids/.

Para obtener más información sobre cómo presentar una queja por discriminación ante la EEOC, consulte: Cómo presentar un cargo de discriminación laboral.

Casos y defensa

Para ver casos de discriminación o defensa en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Vermont, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Noticias y comunicados de prensa

Para ver noticias y comunicados de prensa sobre la discriminación en Vermont, vaya a: Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Discriminación | Crédito, préstamos y servicios | Vermont

Preguntas y respuestas sobre crédito, préstamos y servicios de Vermont

¿Vermont tiene una ley antidiscriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en créditos, préstamos y servicios?

Sí. Vermont fue uno de los primeros estados en aprobar una ley estatal integral que prohíbe la discriminación por orientación sexual en 1992 (Ver, por ejemplo, 21 VSA § 495 (empleo)). La “orientación sexual” se define como “homosexualidad, heterosexualidad o bisexualidad femenina o masculina (1 VSA § 143).

En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género (Ley Pública 41, Ley relativa a la prohibición de la discriminación por motivos de identidad de género, 2007-2008 Leg., Reg. Sess. (Vermont 2007)). La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (1 VSA § 144).

Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.

¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en créditos, préstamos y servicios?

En cuanto a la orientación sexual, tal vez.

En cuanto a la identidad de género, y como se señaló anteriormente, la identidad de género se define como “identidad de género real o percibida”. Este lenguaje incluye la discriminación basada en la percepción.

¿Cómo protege la ley antidiscriminación de Vermont a las personas con respecto al crédito y los préstamos?

Vermont 8 VSA § 10403 prohíbe la discriminación por parte de proveedores de servicios financieros por motivos de sexo, estado civil, raza, color, religión, origen nacional, edad, orientación sexual, identidad de género o discapacidad. 

La ley se aplica a las instituciones financieras reguladas por el Departamento de Regulación Financiera de Vermont que niegan, revocan o cancelan “servicios de crédito” por motivos discriminatorios. Los “servicios de crédito” incluyen tarjetas de crédito, préstamos personales, préstamos hipotecarios y préstamos comerciales.

Para implementar esta ley, el Departamento de Regulación Financiera promulgó una norma (B-2015-01) que se centra en la notificación que se requiere cuando una institución financiera toma medidas adversas contra un solicitante. Cuando se toman medidas adversas, la institución financiera debe proporcionar al solicitante una declaración escrita de los motivos de la acción. 

Para transacciones de crédito comercial, la exposición de motivos debe contener los motivos específicos de la acción adversa y debe citar documentación o juicio comercial que respalde la acción adversa.

Además, la ley de Vermont proporciona disposiciones específicas de no discriminación con respecto a la emisión de contratos de venta minorista de vehículos de motor a plazos (9 VSA § 2410) y arrendamientos financieros agrícolas (9 VSA § 2362).

Ejemplo: GLAD presentó y ganó una demanda contra una cooperativa de crédito que se negó a permitir que un hombre de apariencia femenina solicitara un préstamo hasta que volviera con un aspecto más masculino. Un tribunal federal dictaminó que esto constituía un reclamo de discriminación sexual en violación de las leyes de no discriminación crediticia (9 VSA § 2488).

¿Cómo protege la ley antidiscriminación de Vermont a las personas en relación con la compra de seguros?

La ley de Vermont prohíbe la discriminación contra un solicitante de seguro o una persona asegurada por motivos de orientación sexual, identidad de género, estado civil o sexo con respecto a los estándares y prácticas de suscripción, los requisitos de elegibilidad y las tarifas (8 VSA § 4724(7)(B) (i) y (ii)).

Las aseguradoras también tienen prohibido investigar o indagar directa o indirectamente sobre la orientación sexual o identidad de género de un solicitante, asegurado o beneficiario en una solicitud de cobertura de seguro o en conexión con una solicitud, así como utilizar información sobre género, estado civil, información médica. historia, ocupación, condiciones de vivienda, beneficiarios, códigos postales u otras designaciones territoriales para determinar la orientación sexual o la identidad de género (8 VSA § 4724(7)(C)(i)).

Las aseguradoras no pueden utilizar la orientación sexual, la identidad de género o la designación de beneficiarios en el proceso de suscripción o para determinar la elegibilidad para el seguro (8 VSA § 4724(7)(C)(ii)).

Además, las aseguradoras reguladas por el estado no pueden discriminar entre parejas casadas y partes de una unión civil con respecto a ofrecer beneficios de seguro a una pareja, un cónyuge, una parte de una unión civil o sus familias (8 VSA § 4724(7) (MI)).

¿Puedo presentar más de un tipo de denuncia por discriminación a la vez?

Sí, si lo discriminan por más de una de las características protegidas, puede presentar una denuncia basándose en todas esas características. Por ejemplo, si eres discriminada por ser transgénero y latina, puedes presentar una queja basada en ambas características.

¿Cómo presento una denuncia por discriminación?

El lugar donde presenta una queja depende del tipo de discriminación que haya experimentado (es decir, empleo, vivienda, crédito, etc.) y de si la parte contra la que presenta la queja es una agencia estatal. A veces tienes más de una opción sobre dónde presentar la solicitud.

Si cree que ha sido discriminado en la prestación de servicios de crédito o contratos minoristas a plazos por parte de un banco, cooperativa de crédito, corredor hipotecario, compañía financiera de ventas, tasador de deuda o servicio monetario, O

Si cree que ha sido discriminado por una compañía o agente de seguros, incluidos automóviles, propietarios de viviendas, vida, anualidades, servicios médicos importantes, dentales, cuidados a largo plazo o suplementos de Medicare. 

Puede presentar una queja ante el Departamento de Regulación Financiera de Vermont. Hay enlaces para presentar una queja en: Presentar una queja o pedir ayuda | Departamento de Regulación Financiera o puede comunicarse con el Departamento en: 

Departamento de Regulación Financiera

Servicio al consumidor

89 calle principal

Montpellier, VT 05620-3101

802-828-3301

Línea directa 833-DFR (llamada gratuita)

Si cree que ha sido discriminado con respecto a un arrendamiento financiero agrícola, puede presentar una queja en: Programa de asistencia al consumidor del Procurador General de Vermont en UVM O contactar:

Oficina del Fiscal General
Programa de asistencia al consumidor
109 calle estatal
Montpellier, VT 05609-1001
(802) 656-3183
(800) 649-2424 (llamada gratuita)
ago.civilrights@vermont.gov

O puede presentar una demanda ante el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.

¿Necesito un abogado?

No necesariamente. Los procesos en todas estas agencias están diseñados para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que los representen durante cualquiera de estos procedimientos, así como si deciden presentar un reclamo directamente en el Tribunal Superior. No sólo existen muchas normas legales que rigen estos procesos, sino que es probable que los bancos y otros acusados tengan representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.

¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?

Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 800-455-GLAD (4523) para hablar sobre las opciones.

Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo sucedido, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos). GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.

Recursos

Discriminación en Banca y Seguros: 10403. Prohibición de discriminación por razón de sexo, estado civil, raza, color, religión, origen nacional, edad, orientación sexual, identidad de género o discapacidad.

No discriminación en los servicios financieros: No discriminación en los servicios financieros

Casos y defensa

Para ver casos de discriminación o defensa en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Vermont, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Noticias y comunicados de prensa

Para ver noticias y comunicados de prensa sobre la discriminación en Vermont, vaya a: Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Discriminación | Vivienda | Vermont

Preguntas y respuestas sobre vivienda en Vermont

¿Vermont tiene una ley contra la discriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en la vivienda?

Sí. Vermont fue uno de los primeros estados en aprobar una ley estatal integral que prohíbe la discriminación por orientación sexual en 1992 (Ver, por ejemplo, 21 VSA § 495 (empleo)). La “orientación sexual” se define como “homosexualidad, heterosexualidad o bisexualidad femenina o masculina (1 VSA § 143).

En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género (Ley Pública 41, Ley relativa a la prohibición de la discriminación por motivos de identidad de género, 2007-2008 Leg., Reg. Sess. (Vermont 2007)). La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (1 VSA § 144).

Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.

¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en la vivienda?

En cuanto a la orientación sexual, tal vez.  

En cuanto a la identidad de género, y como se señaló anteriormente, la identidad de género se define como “identidad de género real o percibida”. Este lenguaje incluye la discriminación basada en la percepción.

¿Qué prohíbe la ley contra la discriminación en materia de vivienda en Vermont?

Las leyes de vivienda prohíben la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género en transacciones relacionadas con viviendas residenciales (incluyendo la compra, venta, alquiler, negociación, listado, publicidad, inspección o financiamiento) y en los términos, condiciones, privilegios, servicios o instalaciones relacionados. a esas transacciones (9 VSA § 4501(5)(definición de “vivienda”) y § 4503(a)(que establece prácticas ilegales). Además, los propietarios de parques de casas móviles tienen prohibido discriminar por motivos de orientación sexual o identidad de género. (10 VSA § 6236 (e)(3)).

La ley de vivienda también prohíbe la discriminación basada en el estado civil y, por lo tanto, se aplica a la discriminación contra parejas del mismo sexo que están casadas o en unión civil (15 VSA § 1204 (e)(7)).

Además, es ilegal coaccionar, intimidar o amenazar a una persona con respecto a un asunto de vivienda, o interferir con la capacidad de una persona para ejercer sus derechos a no sufrir discriminación en la vivienda (9 VSA § 4506(e)).

¿Hay algún propietario exento de la ley contra la discriminación en materia de vivienda?

Hay dos excepciones principales a la ley. Uno permite a los propietarios ignorar la ley cuando el propietario o un miembro de su familia inmediata reside en el edificio y el edificio tiene tres unidades o menos (9 VSA § 4504 (2)).

La otra exención se aplica a las instituciones religiosas y a las instituciones sin fines de lucro que operan, supervisan o controlan. Cuando dichas entidades religiosas posean o exploten una vivienda con fines no comerciales, podrán dar preferencia a personas de la misma religión. Este tipo de restricciones o preferencias religiosas deben declararse en las políticas y procedimientos escritos de la entidad religiosa (9 VSA § 4504 (5)).

¿Cómo presento una denuncia por discriminación?

El lugar donde presenta una queja depende del tipo de discriminación que haya experimentado (es decir, empleo, vivienda, crédito, etc.) y de si la parte contra la que presenta la queja es una agencia estatal. A veces tienes más de una opción sobre dónde presentar la solicitud.

Para vivienda (así como empleo estatal o alojamiento público):

  • Si cree que ha sido discriminado en el empleo por una agencia estatal, o si cree que ha sido discriminado en lugares públicos (por ejemplo, denegación de servicio en un establecimiento minorista u otro negocio), o en la vivienda, puede presentar una solicitud una queja con:

La Comisión de Derechos Humanos de Vermont
Calle Baldwin 14-16
Montpellier, VT 05633-6301
(800) 416-2010
(802) 828-1625
(802) 828-2481 (fax)
derechos.humanos@vermont.gov

Se podrá presentar una denuncia bajo juramento en persona, por escrito, por fax o por correo electrónico exponiendo los hechos relacionados con la supuesta discriminación.

  • También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.

¿Necesito un abogado?

No necesariamente. Los procesos en todas estas agencias están diseñados para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que los representen durante cualquiera de estos procedimientos, así como si deciden presentar un reclamo directamente en el Tribunal Superior. No sólo existen muchas normas legales que rigen estos procesos, sino que es probable que los propietarios y otros acusados tengan representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.

¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?

Las quejas de discriminación ante la Comisión de Derechos Humanos de Vermont deben presentarse dentro de un año del último acto o actos discriminatorios (Reglas del Código de Vermont 80-250-001, Regla 2). Si va a presentar un caso directamente ante el Tribunal Superior, debe presentarlo dentro de los tres años posteriores al último acto discriminatorio, aunque bajo ciertas circunstancias es posible que pueda presentarlo después de ese tiempo. Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.

¿Qué sucede después de que se presenta una queja ante la Comisión?

Si presenta una denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos, el personal de la Comisión revisará su queja para ver si cumple con los requisitos básicos para presentar una reclamación por discriminación. Si deciden investigar, se envía una copia de su denuncia a la parte contra quien se presentó la denuncia, el demandado, quien debe responder a las acusaciones dentro de catorce (14) días (Código de Reglas de Vermont 80-250-001). , Regla 10). Luego, la Comisión asigna un investigador, que examinará sus reclamaciones para ver si hay motivos razonables para creer que ha sido discriminado. Al hacerlo, el investigador puede examinar y copiar registros y documentos, y realizar entrevistas a todas las partes y testigos pertinentes. Luego, los cinco comisionados designados por el gobernador deciden si existen motivos razonables para dar crédito a sus acusaciones (9 VSA §§ 4551(a) y 4554(d) – (e)).

La Comisión de Derechos Humanos permite que las partes participen en discusiones de conciliación voluntaria para resolver el caso en cualquier momento durante el proceso de investigación. Si estos esfuerzos fracasan, al final de la investigación la Comisión de Derechos Humanos emite conclusiones indicando si hubo violación de la ley.

Si se encuentran motivos razonables, la Comisión enviará el caso a un procedimiento de “conciliación” o acuerdo, a menos que la Comisión encuentre una emergencia. Si las negociaciones no logran producir un acuerdo aceptable para todas las partes dentro de los seis meses, la Comisión presentará una demanda contra el demandado en el Tribunal Superior o desestimará el procedimiento, a menos que las partes acuerden una extensión para completar las negociaciones en curso (9 VSA § 4554(e); Código de Vermont, Reglas 80-250-001, Reglas 31-32).

Si no se encuentran motivos razonables de discriminación ilegal, el caso será desestimado por la Comisión (9 VSA § 4554(d)).

En este punto, o en cualquier punto del proceso ante la Comisión, usted puede decidir presentar un caso ante el tribunal. Es fundamental tener siempre en cuenta los plazos para presentar dicho caso, como se analizó anteriormente. Si lo hace mientras hay una investigación pendiente en la Comisión, la Comisión desestimará administrativamente la investigación aunque la Comisión puede presentar su propia queja sobre el asunto o intervenir en su acción judicial (Código de Vermont Reglas 80-250-001, Regla 27 ).

¿Cuáles son los recursos legales que el tribunal puede otorgar por discriminación si una persona gana su caso allí?

En casos de vivienda (y alojamiento público), las soluciones pueden incluir medidas cautelares, daños compensatorios (gastos realmente incurridos debido a una acción ilegal) y daños punitivos (9 VSA § 4506(a)). Además, se pueden imponer sanciones penales de multas de hasta $1000 (9 VSA § 4507).

En todos estos casos, el tribunal puede conceder honorarios de abogados, costos (9 VSA §4506(b)(alojamiento y vivienda públicos); 21 VSA §495b(2)(empleo)) y otras compensaciones apropiadas que sean consistentes con los propósitos de las leyes contra la discriminación (p.ej programas de capacitación, publicación de avisos, permitir a las personas el acceso y uso no discriminatorio de los lugares públicos).

¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que fui discriminada por ser lesbiana y latina?

Sí. Las leyes estatales contra la discriminación en el empleo prohíben tomar cualquier acción contra alguien por su orientación sexual e identidad de género, así como por raza, color, religión, origen nacional, sexo, ascendencia, lugar de nacimiento, edad, discapacidad, sangre relacionada con el VIH. pruebas médicas, licencia familiar y compensación laboral. En los alojamientos públicos, los criterios se amplían para incluir el estado civil, pero no incluyen la edad, la ascendencia ni el lugar de nacimiento. En vivienda, los criterios se amplían para incluir la intención de ocupar una vivienda con uno o más hijos menores y la recepción de asistencia pública, pero no incluyen la ascendencia ni el lugar de nacimiento.

¿Puedo también presentar una queja por discriminación ante una agencia federal?

Sí. Las personas que se identifican como LGBTQ+ y creen que han experimentado discriminación en la vivienda debido a su orientación sexual o identidad de género real o percibida pueden hacer valer sus derechos bajo la Ley de Vivienda Justa presentando una queja ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD). Puede encontrar información más detallada sobre las protecciones que HUD brinda a las personas LGBTQ+ aquí: https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/housing_discrimination_and_persons_identifying_LGBTQ+

Hay información sobre cómo presentar una queja por discriminación en la vivienda ante HUD aquí: https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/online-complaint.

El formulario para presentar una queja se puede encontrar aquí: https://www.hud.gov/sites/documents/DOC_12150.PDF

HUD considera la discriminación LGBTQ+ como una forma de discriminación "sexual", por lo que si tiene una queja sobre orientación sexual o identidad de género, debe indicar "sexo" como factor de discriminación.

Una queja de HUD debe presentarse dentro de un año del último acto de discriminación. El plazo de prescripción para presentar quejas sobre vivienda justa en los tribunales federales es a más tardar dos años después de la ocurrencia o la terminación de una supuesta práctica discriminatoria en materia de vivienda. Sin embargo, si se presenta un caso administrativo ante HUD, el plazo de prescripción se suspende durante el período de tiempo en el que HUD está evaluando la queja. En inglés, lo que eso significa es que el tiempo que HUD tiene el caso no cuenta al calcular el plazo de prescripción de dos años.

¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?

Posiblemente, dependiendo de los hechos de su situación particular. Esta publicación se refiere únicamente a la ley antidiscriminación de Vermont y es posible que usted tenga otros derechos.

Tribunal estatal o federal: Después o en lugar de presentar la solicitud ante la Comisión o el HUD, puede decidir presentar el caso ante el tribunal. Puede presentar la solicitud ante el tribunal estatal en cualquier momento dentro de las limitaciones de tiempo, como se analizó anteriormente.  

Además, es posible que desee entablar un caso judicial para abordar otros reclamos que no son manejados adecuadamente por las agencias de discriminación, por ejemplo, si el propietario no cumple con su obligación de proporcionar un espacio habitable seguro. 

¿Qué puedo hacer si mi arrendador me desaloja porque presenté una denuncia por discriminación?

Es ilegal tomar represalias contra alguien por presentar un reclamo por discriminación, y usted podría presentar una queja adicional contra el empleador o el propietario por represalias. Las protecciones contra “represalias” cubren a quienes participan en procedimientos o se oponen de otro modo a una conducta ilegal. Si el empleador o propietario toma medidas contra un empleado o inquilino debido a esa conducta, entonces el empleado o inquilino puede presentar un reclamo de represalias (9 VSA § 4506(e)(represalias prohibidas en alojamientos y viviendas públicas); 21 VSA § 495 (a)(8) (represalias prohibidas en el empleo).  Véase también Provencher contra CVS Pharmacy, 145 F.3d 5 (1st Cir. 1998) (que confirma el reclamo federal de represalias por parte de un hombre gay que había presentado un reclamo por acoso sexual bajo el Título Federal VII)).

¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?

Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 1-800-455-4523 (GLAD) para analizar las opciones.

Por lo general, las personas que aún residen en condiciones discriminatorias tienen que evaluar cómo afectará su vivienda la presentación de un caso, y si podrán manejar esas posibles consecuencias. Por supuesto, incluso si una persona ha sido desalojada, puede decidir que no vale la pena presentar un reclamo por discriminación. Esta es una elección individual, que debe realizarse después de recopilar suficiente información y asesoramiento para tomar una decisión informada.

Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo sucedido, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos). Traiga una copia de su contrato de arrendamiento, junto con todos los avisos y cartas que haya recibido de su arrendador. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.

Recursos

Para obtener más información sobre el proceso de queja ante la Comisión de Derechos Humanos, consulte: Presentar una queja | Comisión de Derechos Humanos

Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: https://www.glad.org/issues/hivaids/.

Para obtener información sobre el proceso de quejas de HUD, consulte:

Conozca el proceso de investigación y denuncia de FHEO | HUD.gov / Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD)

Casos y defensa

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Noticias y comunicados de prensa

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Violencia y Acoso | Crímenes de odio y acoso | Vermont

Preguntas y respuestas sobre crímenes de odio en Vermont

¿Vermont tiene una ley sobre delitos de odio?

Sí. La ley de Vermont impone penas mayores por delitos cometidos por odio o animadversión hacia la raza, color, religión, origen nacional, sexo, ascendencia, edad, servicio en las fuerzas armadas de los EE. UU., discapacidad, orientación sexual o identidad de género real o percibido de la víctima ( 13 VSA § 1455).

Además de estar sujeta a un proceso penal, la oficina del Fiscal General puede solicitar sanciones civiles a un perpetrador de hasta $5000 (pagaderos al estado) más costos y honorarios de abogados por cada violación del estatuto de crímenes de odio penales y por violaciones de cualquier mandato judicial. impuesto (ver discusión a continuación) (13 VSA § 1466).

¿Cómo define la ley qué es un delito de odio?

La ley de crímenes de odio se aplica a “[una] persona que comete, provoca que se cometa o intenta cometer cualquier delito y cuya conducta está motivada maliciosamente por la raza, el color, la religión, el origen nacional, el sexo, la ascendencia, la edad, real o percibido, de la víctima. , servicio en las fuerzas armadas de los EE. UU., discapacidad…, orientación sexual o identidad de género” (13 VSA § 1455).

Según la Fiscalía General, las agresiones, las travesuras ilegales (daños o destrucción de propiedad), el acoso telefónico y la alteración del orden público (mediante gritos públicos de amenazas y abusos) son los delitos de odio más comunes en Vermont (www.ago.vermont.gov/divisions/civil-rights/hate-crimes.php).

Además de la policía, ¿a quién puedo llamar si creo que he sido víctima de un delito de odio?

Además de comunicarse con la policía local, puede comunicarse con la Unidad de Derechos Civiles de la Oficina del Procurador General sin cargo (en Vermont) al (888) 745-9195 o al (802) 828-3657 o AGO.CivilRights@vermont.gov.

¿Qué otras opciones tengo si creo que he sido víctima de un delito de odio?

Las víctimas de delitos de odio también pueden presentar una demanda civil ante el Tribunal Superior del condado donde viven o donde ocurrió el delito (13 VSA § 1457). Estas reclamaciones pueden buscar:

  • una orden para detener el comportamiento motivado por el odio y restringir la capacidad del perpetrador de comunicarse con usted de cualquier manera;
  • daños monetarios para compensar el daño causado por el delito;
  • daños monetarios para castigar al perpetrador;
  • costas y honorarios de abogados; y
  • cualquier otra reparación que el tribunal considere apropiada.

A través de este proceso, usted tiene derecho a obtener protecciones muy similares a las disponibles para las víctimas de violencia doméstica. (Ver discusión arriba). Si ha sido víctima de un delito de odio o de un acosador, puede acudir al Tribunal Superior y obtener rápidamente una orden preliminar que le brinde protección contra el autor de los delitos de odio. Esta orden puede:

  • prohibir al perpetrador cometer cualquier delito contra usted u otras personas;
  • prohibir que el perpetrador se comunique con usted; y
  • Prohibir que el perpetrador se acerque a usted, a su casa u otros lugares donde probablemente se encuentre (es decir, lugar de trabajo, casas de familiares, etc.).

Esta orden preliminar permanecerá vigente por un período de tiempo fijado por el tribunal hasta 120 días, o hasta que haya una decisión final en el caso (13 VSA § 1461).

Se puede emitir una orden final por hasta dos años, pero el tribunal puede extender la orden por cualquier período de tiempo si considera que es necesario para proteger a la víctima. La violación de este tipo de órdenes es un delito, sujeto a arresto inmediato, encarcelamiento y multas (13 VSA § 1461(c), 1465(ab)).

¿De qué manera podría la ley federal sobre crímenes de odio ayudar a investigar y procesar los crímenes de odio?

El Ley de Prevención de Crímenes de Odio de Matthew Shepard y James Byrd, Jr. (ver 18 USC § 249) fue aprobada por el Congreso el 22 de octubre de 2009 y promulgada por el presidente Obama el 28 de octubre de 2009. Amplía la ley federal de delitos de odio de los Estados Unidos de 1969 para incluir delitos motivados por la conducta real o percibida de una víctima. género, orientación sexual, identidad de género o discapacidad.

En primer lugar, y quizás lo más importante, la Ley permite a las agencias policiales locales y estatales solicitar la siguiente asistencia federal del Fiscal General de los Estados Unidos:

  • apoyo investigativo, técnico, forense o procesal para investigaciones y procesamientos penales,
  • subvenciones para gastos extraordinarios asociados a la investigación y persecución de delitos de odio, y
  • subvenciones para combatir los delitos de odio cometidos por menores.

Al prestar asistencia a las autoridades locales y estatales, las prioridades son los delitos de odio:

  • cuando el delincuente haya cometido delitos en más de un estado, o
  • que ocurren en zonas rurales que no cuentan con los recursos necesarios para perseguir tales delitos.

En segundo lugar, para los delitos de odio que de alguna manera implican cruzar fronteras estatales o nacionales, o involucran o afectan el comercio interestatal, y donde un estado no tiene jurisdicción o ha solicitado la asunción de jurisdicción federal, o donde el gobierno federal considera que no se ha hecho justicia. notificado o que el procesamiento en los Estados Unidos es de interés público, la Ley autoriza al gobierno federal a procesar el caso.

La ley también exige que la Oficina Federal de Investigaciones realice un seguimiento de las estadísticas sobre los delitos motivados por el odio en función del género y la identidad de género (ya se realizan un seguimiento de las estadísticas de los otros grupos) y sobre los delitos cometidos por y contra menores. Esta es la primera ley federal que extiende explícitamente la protección legal a las personas transgénero.

¿Vermont tiene una ley contra el acoso que proteja a los estudiantes públicos, independientes y postsecundarios?

Sí. Consulte el área temática "Derechos y protecciones" en el área temática "Juventud".

Recursos

Información del Departamento de Justicia de EE. UU. sobre los crímenes de odio en Vermont: Estadísticas de delitos de odio de 2020 en Vermont.

Información del Fiscal General de Vermont: Crímenes de odio – Oficina del Fiscal General de Vermont

La ley de delitos de odio de Vermont se modificó en 2021 para facilitar el procesamiento de delitos de odio; consulte: 1455. Delitos motivados por el odio 

Casos y defensa

Para ver casos de violencia y acoso o defensa en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Vermont, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Violencia y acoso" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Noticias y comunicados de prensa

Para ver noticias y comunicados de prensa sobre violencia y acoso en Vermont, visite: Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Violencia y acoso" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Violencia y Acoso | Violencia de pareja íntima | Vermont

Preguntas y respuestas sobre la violencia de pareja en Vermont

¿Qué es la violencia doméstica?

Según las leyes de relaciones domésticas, “abuso” incluye causar o intentar causar daño físico; causar miedo a sufrir daños físicos graves e inminentes; o abuso a niños, que incluye lesiones físicas, negligencia, maltrato emocional o abuso sexual; acecho; y agresión sexual (ver 15 VSA § 1101(1)).

¿Se aplican las leyes de violencia doméstica a personas en relaciones del mismo sexo?

En la mayoría de situaciones, sí. Estas leyes se aplican al abuso entre miembros de la familia, que incluye a los cónyuges en unión civil, así como entre “miembros del hogar”, que incluye a las personas que viven o han vivido juntas, pero también a quienes tienen o tuvieron una relación sexual, o que están saliendo. o han salido. Para determinar si existe o existió una relación de noviazgo, el tribunal analiza si la relación es o era de naturaleza romántica, cuánto tiempo ha estado o estaba sucediendo, con qué frecuencia las partes interactúan o interactúan y, si las partes han roto. hasta cuándo terminó la relación (15 VSA § 1101(2)).

¿Cómo obtengo una orden judicial que me proteja de una pareja abusiva?

Puede presentar una queja para obtener reparación por abuso en la división de familia del tribunal superior del condado en el que vive o, si acaba de huir de su hogar, en su condado nuevo o antiguo. No hay tarifa (15 VSA § 1103(f)).

Si se encuentra en peligro inmediato de sufrir algún daño, puede presentar una solicitud de orden temporal (15 VSA § 1104). Esa solicitud puede presentarse en la división penal, civil o familiar del tribunal superior (15 VSA § 1102(b)). Todos los tribunales deben contar con procedimientos para que las personas presenten estas solicitudes después del horario habitual del tribunal o los fines de semana y días festivos (15 VSA § 1106(b)). Las órdenes temporales generalmente se emiten previa solicitud, basándose en la existencia de una relación entre la víctima y el delincuente que esté cubierta por la ley y una acusación creíble de abuso o amenazas de abuso.

La orden, de la cual se debe entregar una copia al abusador, indicará un plazo dentro de los diez días siguientes a su emisión para que el acusado la impugne (15 VSA § 1104(b)). En la audiencia, si la víctima prueba el abuso, el tribunal mantendrá la orden en vigor y emitirá otras órdenes que considere necesarias para mantener a la víctima segura (15 VSA § 1104(b)). Una vez que se emite una orden, se archiva en la base de datos de abusos del Departamento de Seguridad Pública. Los departamentos de policía y del sheriff, así como las oficinas de distrito de la policía estatal, también deben mantener procedimientos para informar al personal sobre la existencia y el contenido de las órdenes de prevención de abuso (15 VSA § 1107).

La orden permanecerá en vigor durante un período de tiempo determinado, al final del cual el tribunal podrá prorrogarla por el tiempo que considere necesario para proteger a la víctima. El tribunal no tiene que determinar que se produjo abuso durante el tiempo cubierto por la orden de prórroga (15 VSA § 1103(e)).

No necesita un abogado para obtener la orden temporal, pero puede ser útil tener uno para audiencias posteriores si cree que el abusador impugnará la orden. Los administradores del tribunal pueden conectarlo con agencias que ayudan a las víctimas a buscar alivio y obtener acceso a los tribunales (15 VSA § 1106(b)).

Si por alguna razón decide no seguir adelante con el proceso legal, debe presentarse ante el tribunal de todos modos y solicitar que se desestime la orden. No presentarse podría hacer que el tribunal piense que usted no es confiable si necesita ayuda legal en el futuro.

La violación de una orden de abuso es un delito penal y puede resultar en el arresto inmediato del abusador, así como en prisión de hasta seis meses y una multa de hasta $1000 (15 VSA § 1108(e)). Vale la pena señalar que las órdenes de restricción no restringen las actividades ni los contactos de la víctima de abuso.

Una víctima puede participar en un programa de confidencialidad de dirección, a través del cual el Secretario de Estado le da a la víctima otra dirección para usar a fin de mantener la dirección real confidencial del público (15 VSA § 1152).

Existen otras leyes que prohíben el acecho, el acoso y la invasión de propiedad privada que también pueden aplicarse a su situación, pero que están fuera del alcance de este documento. Para obtener más información, puede consultar el Centro de Servicios para Víctimas de Delitos de Vermont al 1-800-750-1213 (llamada gratuita únicamente en Vermont) o al (803) 241-1250 o Centro de Vermont para servicios a víctimas de delitos.

Si voy a la corte, ¿me “revelaré” a todos los efectos?

No necesariamente. Los tribunales tratan de ser sensibles al hecho de que algunas personas que buscan órdenes pueden estar en secreto o tener una relación entre personas del mismo sexo que no quieren que se revele. Sin embargo, una orden de protección contra abuso es un registro público.

¿Dónde puedo acudir para obtener ayuda?

Además de con la policía local y el fiscal de distrito, puede comunicarse con la Red de Vermont contra la violencia doméstica y la agresión sexual en Red de Vermont, en vtnetwork@vtnetwork.org (correo electrónico) o al 1-800-228-7395. Ellos pueden brindarle información y asistencia y conectarlo con recursos en su área.

¿La violencia doméstica influye en las decisiones de custodia?

Sí. La evidencia de que un padre ha abusado en el pasado o está actualmente abusando del otro padre o del niño es un factor que demuestra que ese padre no está actuando en el mejor interés del niño (15 VSA § 665(b)(9)).

Recursos

Información de la Red de Vermont contra la Violencia Doméstica: Red de Vermont.

Recursos sobre violencia doméstica: Recursos sobre violencia doméstica | Departamento de Infancia y Familias.

Prevenir la violencia doméstica y la violencia sexual: Prevenir la violencia doméstica y sexual | Departamento de Salud de Vermont

Casos y defensa

Para ver casos de violencia y acoso o defensa en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Vermont, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Violencia y acoso" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".

Noticias y comunicados de prensa

Para ver noticias y comunicados de prensa sobre violencia y acoso en Vermont, visite: Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Violencia y acoso" y en "Por ubicación", haga clic en "Vermont".