El 18 de noviembre de 2018, los Departamentos de Salud y Servicios Humanos, Trabajo y Hacienda publicaron dos normas finales que privarán a miles de personas de un acceso significativo a servicios de atención médica anticonceptiva. La Regla de Exención Religiosa exime en términos generales a casi todos los empleadores o universidades con una objeción religiosa o moral de cumplir con el requisito de la Ley de Atención Médica Asequible de brindar cobertura para servicios de salud preventivos integrales, incluida la cobertura sin costo para servicios anticonceptivos.

GLAD ha participado en un escrito de amigo de la corte para garantizar que nuestro gobierno federal rinda cuentas de dos obligaciones constitucionales básicas: debe brindar a todas las personas el mismo trato ante la ley y no puede imponer leyes que desfavorezcan a las personas que buscan ejercer sus derechos constitucionales fundamentales.

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