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28 de agosto de 2024
Declaración sobre la denegación por parte del 11.º Circuito de la solicitud de las familias de Alabama de reconsiderar el fallo que permitió que entrara en vigor la prohibición de salud para personas transgénero
La opinión del panel de 2023 en cuestión revocó una opinión de un tribunal de distrito federal que otorgaba a los demandantes una orden judicial preliminar que bloqueaba la aplicación de la ley.
Con cuatro de los once jueces en desacuerdo, el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito emitió hoy su decisión denegando la solicitud de los padres y los niños que impugnaron Alabama prohíbe la atención médica para adolescentes transgénero para que todo el tribunal vuelva a escuchar el caso.
En una votación muy dividida con múltiples disensos, una escasa mayoría de la corte se negó a revisar la opinión del panel de 2023 que sostenía que la prohibición de Alabama no discrimina a las personas transgénero ni viola el derecho fundamental de los padres a tomar decisiones médicas por sus hijos. La opinión del panel de 2023 revocó una opinión de un tribunal de distrito federal que otorgaba a los demandantes una orden judicial preliminar que bloqueaba la aplicación de la ley.
En su opinión disidente, el juez Rosenbaum escribió:
“La opinión del panel es peligrosa y errónea. No nos engañemos: mientras la opinión del panel siga vigente, ningún tratamiento médico moderno está a salvo de la decisión equivocada de un estado de prohibirlo casi sin importar el motivo del estado. Peor aún, si un estado prohíbe un tratamiento posterior a 1868, ningún paciente tiene un recurso legal para brindarle a su hijo esa atención médica necesaria y vital en este Circuito. Y si una persona no puede acceder a un tratamiento médico debido a su sexo o condición de transgénero, tampoco tiene ningún recurso”.
También en disidencia, el juez Jordan escribió:
“La decisión del panel significa necesariamente que el derecho fundamental de los padres a obtener tratamiento médico para sus hijos se extiende sólo a los procedimientos y medicamentos que existían en 1868, y no a los avances modernos como la vacuna contra la polio (desarrollada en la década de 1950), la cirugía cardíaca (realizada por primera vez en 1983), los trasplantes de órganos (completados con éxito por primera vez en 1954) y los tratamientos para el cáncer como la radiación (utilizada por primera vez en 1899) y la quimioterapia (que comenzó en la década de 1940)”.
Los jueces Wilson y Jill Pryor también discreparon de la denegación de la nueva audiencia.
El caso de los demandantes que buscan una orden judicial permanente que bloquee la ley aún está pendiente ante el tribunal de distrito. A principios de este año, la Corte Suprema de los Estados Unidos aceptó escuchar un caso que impugna una ley similar de Tennessee, que también prohíbe la atención médica para adolescentes transgénero. Ese caso se escuchará a finales de este año y se espera una decisión en 2025.
Declaración del abogado que representa a los padres y jóvenes demandantes que impugnan la ley de Alabama:
“Estamos decepcionados por la decisión, pero nos alienta que casi la mitad del tribunal haya discrepado de la denegación de la nueva audiencia. También nos alientan las firmes opiniones discrepantes, que son coherentes con la opinión de la mayoría de los jueces que han dictado sentencias en casos similares en todo el país. Como señalan los jueces discrepantes, la decisión del panel no sólo es errónea, sino peligrosa. Las familias, no el gobierno, deberían tomar decisiones médicas por los niños. Las pruebas presentadas en el caso demostraron de manera abrumadora que los tratamientos prohibidos brindan enormes beneficios a los adolescentes que los necesitan y que los padres están tomando decisiones responsables por sus propios hijos. Seguiremos impugnando esta medida dañina y defendiendo a estos jóvenes y a sus padres. Leyes como esta no tienen cabida en un país libre”.
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