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Fiesta HoliGay de GLAD Forward

¡La fiesta HoliGay de GLAD Forward llega a Providence!

Jueves 14 de diciembre de 2023
Federal Hill, Providencia, Rhode Island
6:00 p.m. – 8:00 p.m.

Unirse ALEGRÍA Adelante – El joven grupo emergente de GLAD – ¡para una noche de vacaciones QUEER!

¡Ponte tu ropa gay para celebrar a la comunidad LGBTQ+, retribuir y divertirte! Las festividades incluirán fabulosas actuaciones drag, decoración de galletas, un concurso de suéteres feos, rifas de premios y comida gratis. Los participantes tendrán la oportunidad de ganar premios increíbles de empresas locales y patrocinadores del evento.

¡Los boletos comprados ANTES del 7/12 incluirán una bebida gratis y un boleto para la rifa!
Consigue tus entradas hoy por sólo $10.

El lugar es accesible para personas con movilidad reducida. El aparcamiento está disponible en el sitio.
Ubicación exacta compartida al registrarse.

¿Preguntas? Contacto Michelle Peng, Coordinador de donaciones individuales y eventos especiales de GLAD, en mpeng@glad.org o envíe un mensaje de texto al 617.426.6714.

¡Gracias a nuestros seguidores del evento!

Event Supporter Logos: The George, Jordan's Jungle, Moniker Brewery, Notes Coffee Co., Sin Bakery, Rhodium Rhode Island Spirits

Al 29 de noviembre de 2023

Más información sobre GLAD Adelante

Blog

Ampliando el alcance de GLAD Answers donde más se nos necesita

ALEGRÍA Respuestas, la línea de información legal de GLAD, está ocupada. En lo que va del año, tenemos un promedio mensual de 169 admisiones, frente a 130 por mes en 2022. El personal de GLAD Answers puede responder preguntas y apoyar a una gran cantidad de personas que llaman con la ayuda de 20 voluntarios de GLAD Answers.

Ingestas mensuales en lo que va del año calendario:

Enero

170

Febrero

135

Marzo

197

Abril

144

Puede

181

Junio

205

Julio

168

Agosto

155

Septiembre

123

De enero a septiembre, las personas que llamaron necesitaron apoyo en las siguientes áreas:

Áreas problemáticasNúmero de tomas
Proyecto de identidad271
Tratamiento en prisión193
Violencia/Acoso122
Atención/acceso médico86
Empleo67
Alojamiento57
Inmigración/Asilo53
La coordinadora de GLAD Answers, Kayden Hall, y la gerente de información pública, Gabrielle Hamel.

El equipo, la coordinadora de GLAD Answers, Kayden Hall, y la gerente de información pública, Gabrielle Hamel, realizan una capacitación para voluntarios cada seis meses. Acabamos de celebrar nuestra última capacitación en septiembre con seis nuevos voluntarios que se unieron a catorce otros dedicados que se quedaron con nosotros desde el año anterior. Estas personas comprometidas que donan su tiempo responden a correos electrónicos, llamadas telefónicas y solicitudes en línea, y brindan recursos e información a quienes los necesitan.

Nuestra próxima capacitación para voluntarios se llevará a cabo en la primavera. Puedes registrarte ahora!

Con tantos voluntarios maravillosos, estamos trabajando para ampliar nuestro alcance y garantizar que todos los que GLAD Answers pueda ayudar conozcan este recurso gratuito, particularmente las comunidades de bajos ingresos y negras y marrones, así como las regiones fuera del área metropolitana de Boston. Te invitamos a compartir información sobre ALEGRÍA Respuestas con aquellos en su comunidad que puedan tener preguntas sobre sus derechos legales o necesiten información sobre cómo abordar la discriminación anti-LGBTQ+.

Esta historia se publicó originalmente en el boletín GLAD Briefs de otoño de 2023. Leer más.

Equidad de Rhode Island en la cobertura del aborto

El 18 de mayo de 2023, el gobernador McKee promulgó la Ley de equidad en la cobertura del aborto.


La atención del aborto es una atención esencial. Rhode Island debería levantar las restricciones a la financiación pública para la atención del aborto.

El 9 de mayo de 2023, GLAD presentó testimonio en apoyo del proyecto de ley:

La prohibición actual de Rhode Island sobre el uso de Medicaid y los fondos de seguros estatales para la atención médica del aborto presenta una barrera importante para la autonomía corporal, la salud y el bienestar de las personas LGBTQ. Tal como está, la ley existente de Rhode Island prohíbe a los habitantes de Rhode Island buscar atención médica vital para el aborto a través del seguro estatal y la programación de Medicaid, colocando a Rhode Island detrás de otros estados de Nueva Inglaterra, como Connecticut, Maine, Massachusetts y Vermont, que ya aseguran cobertura para las poblaciones cubiertas por Medicaid. .

S 32 representa un paso importante para garantizar el acceso a la atención de la salud reproductiva para todos los habitantes de Rhode Island, incluidas las personas LGBTQ, al brindar cobertura de aborto de Medicaid y revocar la exclusión de cobertura de aborto de los planes de seguro de empleados estatales.

Lea nuestro testimonio completo.

Paternidad | Rhode Island

¿Qué es la Ley de Paternidad de Rhode Island?

Promulgada en ley en julio de 2020, la Ley Uniforme de Paternidad de Rhode Island (RIUPA) reemplaza la Ley Uniforme sobre Paternidad y describe formas de establecer la paternidad de un niño y cómo establecer la paternidad en cada camino. La RIUPA actualiza exhaustivamente la ley de paternidad de Rhode Island y tiene como objetivo garantizar que cada niño tenga un camino claro para asegurar su paternidad legal.

La RIUPA, en concreto, garantiza mayores protecciones e igualdad de trato a las parejas LGBTQ+. La ley permite que las parejas LGBTQ+ accedan a establecer la paternidad a través de un simple Reconocimiento Voluntario de Paternidad civil, lo que garantiza que las parejas LGBTQ+ puedan establecer su paternidad inmediatamente después del nacimiento de su hijo. También crea, por primera vez en Rhode Island, un camino accesible a la paternidad para los niños nacidos mediante reproducción asistida, así como protecciones para los niños nacidos mediante subrogación.

¿Qué significa paternidad?

“Paternidad” significa que usted es el padre legal de un niño a todos los efectos. La paternidad conlleva una serie de derechos (p. ej., la toma de decisiones sobre atención médica o educación, tiempo de crianza en caso de separación del otro padre de su hijo), así como responsabilidades (p. ej., proporcionar seguro médico, cubrir las necesidades básicas, pago de manutención de los hijos). Una relación legal segura entre padre e hijo es fundamental para la estabilidad y el bienestar a largo plazo del niño.

¿Por qué se aprobó ahora la RIUPA?

Las leyes de paternidad de Rhode Island no se habían actualizado en más de 40 años; hacía mucho tiempo que se necesitaba una legislación actualizada. Rhode Islanders for Parentage Equality (RIPE), una coalición formada por familias y organizaciones que luchan por la igualdad de paternidad en Rhode Island, ha abogado por leyes de paternidad actualizadas durante años. Con el patrocinio de la representante Carol McEntee y la senadora Erin Lynch Prata y el apoyo de la administración de la gobernadora Gina Raimondo, su arduo trabajo finalmente dio sus frutos.

¿Por qué es importante establecer la paternidad rápidamente?

Establecer la paternidad poco después del nacimiento asegura que un niño esté asegurado con sus padres para todos los propósitos y aumenta la claridad para todos los involucrados en la vida del niño. Por ejemplo, la paternidad establecida permitirá que un padre tome cualquier decisión médica temprana en la vida de un niño, garantizará que un niño reciba beneficios de seguro o derechos de herencia y protegerá los derechos de paternidad de los padres si se separan.

¿Cómo pueden los habitantes de Rhode Island establecer la paternidad bajo la RIUPA?

La RIUPA establece que los habitantes de Rhode Island pueden establecer su paternidad de las siguientes maneras:

  • Dar a luz (excepto para las personas que actúan como sustitutos)
  • Adopción
  • Reconocimiento
  • Adjudicación
  • Presunción (incluida la presunción marital)
  • Conexión genética (excepto donantes de gametos)
  • filiación de hecho
  • reproducción asistida
  • Acuerdo de portadora gestacional

¿Quién es un padre intencional?

Un padre intencional es una persona que da su consentimiento para la reproducción asistida con la intención de ser padre del niño. La RIUPA se dirige a los futuros padres en el contexto de la subrogación por separado de los futuros padres en el contexto de otras formas de reproducción asistida. Idealmente, una persona que da su consentimiento para la reproducción asistida con la intención de ser padre conmemorará esa intención por escrito, pero la ley permite otras formas de probar la intención de ser padre.

¿Quién es un padre presunto?

Un padre presunto es un padre no biológico que la ley reconoce debido a ciertas circunstancias o relaciones. Un padre presunto se establece como padre legal a través de la ejecución de un Reconocimiento Voluntario de Paternidad (VAP) válido, por una adjudicación, o según lo dispuesto en la RIUPA.

Usted es un padre presunto si alguno de los siguientes es cierto:

  • Está casado con el padre biológico del niño cuando nace el niño;
  • Estuvo casado con el padre biológico del niño, y el niño nació dentro de los 300 días posteriores a la terminación del matrimonio por muerte, anulación o divorcio;
  • Se casó con el padre biológico del niño después del nacimiento del niño, afirmó la paternidad y se le nombra como padre en el certificado de nacimiento;
  • Residió con el niño en el mismo hogar, y usted y otro padre mantuvieron al niño como su hijo durante dos años después del nacimiento o la adopción y asumieron responsabilidades personales, financieras o de custodia del niño.

¿Quién es un padre de hecho?

Un padre de facto es un padre basado en su relación con el niño. El establecimiento de la filiación de hecho requiere una sentencia de un tribunal. Puede solicitar a un tribunal que establezca su filiación de facto demostrando, con pruebas claras y convincentes, todo lo siguiente:

  1. Vivió con el niño como miembro regular del hogar durante una cantidad significativa de tiempo;
  2. Siempre cuidaste al niño;
  3. Asumió la responsabilidad total y permanente por el niño sin esperar una compensación financiera;
  4. Presentaste al niño como tu hijo;
  5. Estableció una relación de servidumbre y dependencia que es de naturaleza paternal;
  6. Tuvo una relación de paternidad con el niño que fue mantenida por otro padre;
  7. Continuar una relación con el niño es lo mejor para el niño.

¿Qué es un reconocimiento de paternidad?

La ley federal requiere que los estados proporcionen un proceso civil simple para reconocer la paternidad al nacer un niño. Ese simple proceso civil es el programa de Reconocimiento de Paternidad.

Las regulaciones federales requieren que los estados proporcionen un programa de Reconocimiento de paternidad en hospitales y agencias estatales de registros de nacimiento. Los formularios de reconocimiento de paternidad en sí mismos son declaraciones juradas breves en las que la persona que firma afirma que desea establecerse como padre legal con todos los derechos y responsabilidades de la paternidad. La persona que dio a luz al niño también debe firmar el formulario, y ambos padres deben proporcionar cierta información demográfica sobre ellos mismos.

Al firmar un Reconocimiento de paternidad, una persona se establece como padre legal y se emite o modifica el certificado de nacimiento del niño para reflejar esa paternidad legal. Debidamente ejecutado, un Reconocimiento de paternidad tiene la fuerza vinculante de una orden judicial y debe ser tratado como válido en todos los estados.

¿Cómo establezco mi paternidad a través de un Reconocimiento Voluntario de Paternidad (VAP) de Rhode Island?

Puede reconocer voluntariamente la paternidad de un niño mediante la firma de un formulario del Departamento de Salud de Rhode Island conocido como “Reconocimiento voluntario de paternidad” o VAP (Para ver un formulario VAP de muestra, vaya a: https://ocss.ri.gov/sites/g/files/xkgbur511/files/documents/Voluntary-Acknowledgment-Parentage-01.01.2020.pdf). 

El padre biológico y el otro padre deben firmar un VAP. El otro padre puede ser el padre genético, el padre de intención de un niño nacido mediante reproducción asistida (excepto un acuerdo de portadora gestacional) o un padre presunto. La firma de un formulario VAP es voluntaria y se puede hacer en el hospital poco después del nacimiento o en otro momento hasta que el niño cumpla 18 años. Un formulario VAP debe ser presenciado y firmado por al menos otra persona. Si una persona no quiere firmar este formulario, entonces el otro padre puede intentar adjudicar la paternidad a través de los tribunales.

Si tiene alguna pregunta sobre si debe firmar un formulario VAP, debe consultar con un abogado antes de firmar. Un formulario VAP es el equivalente a una sentencia de paternidad por parte de un tribunal, y la paternidad es una responsabilidad considerable y de por vida.  

¿Hay algún costo relacionado con el VAP?

Se cobra una tarifa por todos los registros vitales certificados, incluido el VAP. La tarifa de procesamiento para un VAP es $15. El costo de un Acta de Nacimiento Certificada es $22 para entrega o $25 para servicio por correo. El documento de Reconocimiento Voluntario de Paternidad (VAP) se emite previa solicitud como documento de respaldo que acompaña al Acta de Nacimiento Certificada.

¿Cuándo no puedo establecer la paternidad a través de un VAP?

  • Un padre presunto que busca establecer la paternidad en situaciones en las que el otro padre no es el padre biológico del niño, por ejemplo, el niño fue adoptado por el otro padre, debe establecer la paternidad a través de una adjudicación y no puede establecer la paternidad a través de un Reconocimiento de paternidad.
  • La paternidad no se puede establecer a través de un Reconocimiento de paternidad si hay una tercera persona que es padre presunto, a menos que esa persona haya presentado una Negación de paternidad. 
  • Una persona que establece la paternidad sobre la base de residir con el niño y presentar al niño como hijo de la persona durante los dos primeros años de la vida del niño no puede establecer la paternidad a través de un Reconocimiento de paternidad hasta que el niño tenga dos años.

¿Cuándo puede un padre firmar un VAP?

Se puede firmar un VAP después del nacimiento de un niño, hasta que el niño cumpla 18 años. Un Reconocimiento de paternidad también se puede completar antes del nacimiento del niño, pero no entrará en vigencia hasta que nazca el niño.

¿Cómo se puede rescindir un VAP?

Una parte que firmó el VAP puede rescindir un reconocimiento de paternidad o una negación de paternidad iniciando un procedimiento judicial antes de lo que ocurra primero:

(1) Sesenta (60) días después de la fecha efectiva del reconocimiento o denegación, según dispuesto, o

(2) La fecha de la primera audiencia ante un tribunal en un procedimiento, en el que el signatario es parte, para adjudicar un asunto relacionado con el niño.

¿Qué sucede si soy un padre no biológico? ¿Cómo puedo establecerme como padre legal?

La RIUPA tiene muchas disposiciones que protegen a los padres no biológicos. Si usted es el padre presunto de su hijo, o si es el padre de intención de un niño nacido mediante reproducción asistida que no sea subrogación, puede establecer la paternidad mediante la firma de un VAP.

Todos los padres pueden establecer la paternidad a través de una orden judicial. El presunto progenitor o el progenitor de un niño concebido mediante reproducción asistida puede solicitar una sentencia que lo declare padre del niño o realizar una adopción en copaternidad o segundo progenitor. Algunos padres no biológicos pueden establecer la paternidad a través de las disposiciones sobre padres de facto de la RIUPA, que requieren que un tribunal determine que la persona es el padre de facto del niño.

¿Cómo ayuda RIUPA a las personas a concebir mediante reproducción asistida?

La RIUPA brinda una importante claridad y protección a los niños nacidos por reproducción asistida. La RIUPA confirma que un donante de gametos (p. ej., donante de esperma u óvulos) no es padre de un niño concebido mediante reproducción asistida. Además, la RIUPA afirma que una persona que da su consentimiento para la reproducción asistida con la intención de ser padre del niño resultante es un padre legal.

Si soy un padre que ha firmado un VAP, ¿también necesito hacer una adopción por un segundo padre?

No. Un padre que haya firmado un VAP no debería necesitar hacer una adopción compartida para establecer la paternidad. Un VAP establece la paternidad legal bajo la ley estatal, es el equivalente a un juicio de paternidad bajo la ley estatal y le otorga todos los derechos y deberes de un padre. Según la ley federal, un Reconocimiento de paternidad es el equivalente a un decreto judicial de paternidad y debe ser reconocido en todos los estados.

Dado que el acceso ampliado a los reconocimientos de paternidad es un desarrollo emergente, algunos padres pueden sentirse más cómodos también completando una adopción por un segundo padre además de o en lugar de un VAP. Para comprender qué es lo mejor para su familia, se recomienda una asesoría legal individualizada.

¿Cómo aborda la RIUPA la gestación subrogada?

La RIUPA tiene disposiciones integrales sobre cómo establecer la paternidad a través de un contrato de gestación. Todas las partes de un contrato de gestación deben contar con un abogado independiente durante todo el proceso. Este es un breve resumen de la ley con fines informativos.

Antes de iniciar cualquier procedimiento médico para concebir un hijo a través de un proceso de portador, debe tener un acuerdo por escrito y firmado. Este acuerdo es entre usted, cualquier otro padre potencial, la persona que actúa como portador y los cónyuges de cualquiera de esas partes (si corresponde). Este acuerdo establecerá que usted es el (los) padre (s) del niño y que el portador y su cónyuge, si corresponde, no tienen derechos ni deberes de patria potestad. Para celebrar un contrato de gestación, se debe cumplir lo siguiente:

  1. Todos los futuros padres y el transportista deben tener al menos 21 años;
  2. Todos los futuros padres y el transportista deben haber completado una evaluación médica y una consulta de salud mental; y
  3. Los futuros padres y el transportista deben estar representados por abogados separados para los fines del acuerdo, y el abogado del transportista debe ser pagado por los padres.

La ley requiere que los acuerdos de la compañía de seguros incorporen varios términos para que sean válidos, como permitir que un sustituto tome sus propias decisiones de salud y bienestar durante el embarazo y exigir que los padres paguen todos los costos de atención médica relacionados.

¿Qué dice la ley de Rhode Island sobre la subrogación tradicional o genética? 

La RIUPA permite en circunstancias muy limitadas la subrogación tradicional o genética: un miembro de la familia puede servir como portador gestacional utilizando sus propios gametos. Alguien que no sea un miembro de la familia no puede actuar en este papel. Incluso con un miembro de la familia, se aplican los requisitos de la ley para un acuerdo válido y todas las demás protecciones del estatuto descrito anteriormente.

¿Qué pasa si no estoy casado?

La RIUPA establece explícitamente que todo niño tiene los mismos derechos que cualquier otro niño sin importar el estado civil de los padres o las circunstancias del nacimiento del niño. Al no diferenciar a los padres en función de su estado civil, la RIUPA tiene como objetivo tratar a todas las familias de Rhode Island por igual.

¿Qué sucede si soy transgénero o no binario?

La RIUPA establece explícitamente que todo niño tiene los mismos derechos que cualquier otro niño sin importar el género de los padres o las circunstancias del nacimiento del niño. La RIUPA, al no incluir términos de género como madre o padre, incluye a todos los géneros. Al no diferenciar a los padres en función de su género, RIUPA tiene como objetivo tratar a todas las familias de Rhode Island por igual.

¿Qué protecciones existen para los sobrevivientes de violencia doméstica para que no sean presionados a establecer paternidad legal?

La RIUPA tiene como objetivo garantizar que el establecimiento de la filiación sea justo, claro, eficiente y centrado en el niño. Cierta filiación legal, como la presunción no marital y la filiación de hecho, puede surgir por consentimiento. Nunca se debe presionar a nadie para que consienta en la paternidad. 

La RIUPA contiene disposiciones que permiten a los padres impugnar la paternidad de otra persona si la otra persona afirma ser un padre presunto o un padre de facto pero cumple con los requisitos para la paternidad mediante coacción, coacción o amenaza de daño.

¿Dónde puedo ir si necesito ayuda para resolver un problema de paternidad?

Como con cualquier asunto de derecho de familia, se recomienda asesoramiento legal individualizado. GLAD Answers puede proporcionar información y referencias a profesionales locales. Si tiene preguntas sobre cómo proteger a su familia, comuníquese con GLAD Answers completando el formulario en ALEGRÍA Respuestas o llame al 800.455.4523 (GLAD).

Jóvenes | Derechos y protecciones | Rhode Island (English)

Preguntas y respuestas sobre los derechos de los jóvenes en Rhode Island

¿Cuáles son mis derechos como estudiante LGBTQ+?

Todos los estudiantes de escuelas públicas de Rhode Island tienen derecho a lo siguiente:

  • Estar seguro en la escuela sin sufrir acoso escolar.
  • Estar protegidos de la discriminación o el hostigamiento por su orientación sexual, identidad de género o situación en relación con el VIH.
  • Acceder a información sobre personas LGBTQ, incluidos sitios web educativos.
  • Vestirse y mostrarse de manera coherente con su identidad de género.
  • Hablar y expresarse libremente. Esto significa que usted tiene derecho a expresar ideas que pueden ofender a otras personas ya estar en desacuerdo con los demás, siempre y cuando exprese esas ideas de forma respetuosa.

Los estudiantes de todas las escuelas públicas y de muchas escuelas privadas de Rhode Island tienen derecho a lo siguiente:

  • Formar una alianza de personas homosexuales o heterosexuales que sean tratadas de la misma manera que los demás grupos extracurriculares. Esto significa que debe tener la misma financiación, acceso a instalaciones y la capacidad de elegir el nombre del grupo.

Fuera de la escuela, tiene derecho a lo siguiente:

  • Estar protegido de la discriminación por su orientación sexual real o percibida, situación frente al VIH o identidad de género en el empleo, la vivienda y las prestaciones públicas (como restaurantes o tiendas).
  • Dar su consentimiento para que le realicen pruebas de VIH sin el permiso de sus padres. Para obtener información más específica, consulte el Área de problemas de “VIH o sida”.

sospechó ante la policía que una persona de la escuela o ajena a ella le ha causado daños, lo ha amenazado o ha vandalizado su propiedad.

¿Existen leyes que protegen a los estudiantes LGBT del acoso escolar en Rhode Island?

Si. En 2011, Rhode Island aprobó la Ley de Escuelas Seguras que se aplica a todos los distritos escolares, escuelas subvencionadas, escuelas profesionales y técnicas, y escuelas residenciales o diurnas privadas y aprobadas de Rhode Island.

Define el “acoso escolar” como toda expresión escrita, verbal o electrónica o todo acto físico o gesto, o una combinación de ellos, por parte de uno o más estudiantes y dirigido hacia otro estudiante, que:

  • cause temor razonable de daño físico o emocional hacia el estudiante o hacia sus pertenencias;
  • cree un entorno educativo intimidatorio, amenazante, hostil o abusivo;
  • infrinja los derechos del estudiante a participar en actividades escolares;
  • altere el proceso educativo o el funcionamiento ordenado de la escuela (artículo 16-21-33[a][1] de las Leyes Generales de Rhode Island).

La ley identifica características que se pueden percibir razonablemente como motivadoras del acto de “acoso escolar”, que incluyen la raza, el color de piel, la religión, la ascendencia, la nacionalidad, el género, la discapacidad, la orientación sexual, y la identidad y expresión de género (artículo 16-21-33[a][1][v] de las Leyes Generales de Rhode Island).

Además, la ley define el “ciberacoso” como el acoso escolar mediante el uso de tecnología o comunicaciones electrónicas (artículo 16-21-33[a][2] de las Leyes Generales de Rhode Island).

La ley le exige al Departamento de Educación Primaria y Secundaria de Rhode Island (Rhode Island Department of Elementary and Secondary Education, RIDE) que establezca una política de acoso escolar estatal que debe ser adoptada por todas las escuelas antes del 30 de junio de 2012. La politica debe incluir lo siguiente:

  • procedimientos para que los estudiantes, el personal, los padres y otras personas denuncien el acoso escolar;
  • procedimientos para responder de forma inmediata a las denuncias de acoso escolar o represalias e investigarlas;
  • el rango de medidas disciplinarias que se pueden adoptar;
  • una estrategia para la participación de los padres;
  • procedimientos para restaurar el sentido de seguridad del estudiante;
  • estrategias para proteger a una persona que denuncia acoso escolar o ayuda en la investigación;
  • procedimientos para notificar a los padres del perpetrador y la víctima de forma inmediata;
  • procedimientos para brindar terapia apropiada a la víctima, el perpetrador y otras personas afectadas por el acoso escolar (artículo 16-21-34 de las Leyes Generales de Rhode Island)

¿Existen otras fuentes de protección para estudiantes LGBT en Rhode Island?

Si. La política de la Junta Directiva adoptada en 1997 y revisada en 2010 establece, en parte, lo siguiente:

“Todos los estudiantes, sin excepción, tienen derecho a asistir a una escuela en la que se sientan seguros y capaces de expresar su identidad sin temor (…) determinados estudiantes, debido a su orientación sexual o identidad o expresión de género real o percibida han sido víctimas de discriminación, a través de abuso, hostigamiento, acoso escolar o exclusión de la participación absoluta en actividades educativas.

Por lo tanto, la política de la Junta Directiva consiste en que ningún estudiante sea excluido de un programa o actividad educativa, ni discriminado, acosado u hostigado en un entorno educativo público por su orientación sexual o identidad o expresión de género real o percibida (… ). Esta política podrá realizarse, entre otras cuestiones, la inscripción, los servicios de asesoramiento y las actividades extracurriculares y cocurriculares.

Se insta a todos los distritos escolares locales a revisar los programas, los servicios y las actividades para garantizar que tales ofertas se lleven a cabo de una forma libre de sesgos intencionales o inadvertidos basados en la orientación sexual o la identidad o expresión de género. Cada distrito escolar local tiene la obligación legal de abordar el hostigamiento y el acoso escolar basado en la orientación sexual o la identidad o expresión de género por medio del desarrollo y la implementación de políticas disciplinarias y conductuales adecuadas para los estudiantes y el personal…”.

Puede ver la politica de la Junta Directiva en http://www.thriveri.org/documents/RIDE%20Policy%20Statement%20on%20Discrimination%20Sexual%20Orientation.pdf.

¿Las escuelas pueden regular políticas contra el acoso escolar fuera de las instalaciones escolares?

Si. en el caso Distrito escolar del área de Mahanoy. VBL, además de concluir que los estudiantes tienen amplitud de derechos de habla y expresión fuera de la escuela, la Corte Suprema de los Estados Unidos estableció que

“Las circunstancias que pueden implicar los intereses regulatorios de una escuela [fuera de la escuela] incluyen casos graves de acoso escolar u hostigamiento hacia personas particulares y amenazas dirigidas a docentes u otros estudiantes”.

¿Rhode Island tiene lineamientos que las escuelas deban seguir para proteger a los estudiantes transgénero?

Sí, en 2016, el Departamento de Educación de Rhode Island creó lineamientos para las escuelas a fin de proteger los derechos de estudiantes transgénero y de género no binario.

La politica modelo incluye lo siguiente:

  • Las escuelas deben respetar el nombre y los pronombres de un estudiante transgénero.
  • Las escuelas deben respetar la privacidad de los estudiantes transgénero en cuanto a la información médica, los nombres anteriores, etcétera.
  • El nombre y el género en los registros de un estudiante deben ajustarse a su identidad de género.
  • Los estudiantes transgénero deben poder usar el baño, los casilleros y el vestuario correspondiente a su identidad de género.
  • Los estudiantes transgénero deben poder participar en cualquier actividad con segregación sexual (incluidas las deportivas), de forma que se ajuste a su identidad de género.

Para obtener más detalles, consultar Lineamientos para las escuelas de Rhode Island sobre estudiantes transgénero y de género no binario

¿Existen leyes federales que protejan a los estudiantes?

Sí, el título IX prohíbe la discriminación contra los estudiantes por motivos de sexo en toda escuela o universidad que reciben fondos federales. A la luz del fallo de la Corte Suprema en el caso Bostock contra el condado de Clayton, que terminará que la discriminación por orientación sexual e identidad de género son formas de discriminación sexual, el Departamento de Educación federal, que implementa el título IX, ha establecido que interpretará toda discriminación por orientación sexual e identidad de género como discriminación sexual.

Para presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación, consulte Cómo presentar una queja por discriminación ante la Oficina de Derechos Civiles.

Puede presentar quejas ante el coordinador del título IX de su escuela ya la siguiente dirección:

Oficina de Derechos Civiles
El Departamento de Educación de los Estados Unidos
Oficina de correos y juzgado John W. McCormack, sala 222
Plaza de Correos
Boston, MA 02109

Además, algunos tipos de discriminación y hostigamiento pueden infringir los derechos constitucionales de los estudiantes.

¿Qué puedo hacer si estoy discriminado o acosado en la escuela?

Hay muchas formas de abordar el problema. Una consiste en pedir apoyo a un amigo, docente o terapeuta y hablar con las personas que lo están molestando. Sin embargo, si no se siente seguro haciendo esto, ya no sería una opción.

Consulte las políticas de su escuela e informe a la persona a la cual se debe notificar; por lo general, se trata del vicedirector o del coordinador del título IX. Debe registrar todo incidente de hostigamiento o discriminación por escrito con la fecha y la hora como mínimo. Una vez que se haya reunido con los funcionarios correspondientes, escriba notas para sus registros sobre lo que les dijo y en qué fecha, y pregunte cuándo se pondrán en contacto con usted para darle una respuesta. Si no lo ayudan o no realizan un seguimiento con usted, podría escribirle al director y al superintendente y pedirle que ponga fin a la discriminación.

Si esto falla, también puede iniciar una acción legal contra el pueblo comunicándose con la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación.

Esta es un área complicada de la ley y, además, es compleja en términos emocionales. Comuníquese con GLAD Answers completando el formulario en ALEGRÍA Respuestas por correo electrónico o por teléfono, al 800-455-4523 (GLAD), para hablar sobre las opciones.

¿Los estudiantes tienen el derecho de formar alianzas de personas homosexuales o heterosexuales en sus escuelas?

Sí, tanto los estudiantes de la escuela secundaria como los estudiantes de la escuela intermedia. Una ley federal llamada “Ley de Acceso Igualitario” exige que todas las escuelas secundarias con fondos federales brinden acceso igualitario a los clubes extracurriculares. Si una escuela tiene como mínimo un club extracurricular liderado por estudiantes, debe permitir la organización de clubes adicionales y debe brindarles igualdad de acceso a espacios de reunión, instalaciones y fondos sin discriminarlos por el fin del club, ya sea religioso, filosófico, político o de otro tipo (artículo 4071 del título 20 del Código de los Estados Unidos [United States Code, USC]). 

¿Rhode Island tiene una ley que prohíbe la terapia de conversión?

Sí, en 2017, Rhode Island reveló el artículo 23-94, Prevención de la terapia de conversión en niños, que prohíbe a los profesionales de la salud mental con licencia realizar terapias de conversión en menores.

Las organizaciones médicas, de salud mental y de bienestar infantil estatales y nacionales se oponen a la práctica de la terapia de conversión, una práctica que busca cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Una amplia bibliografía profesional demuestra que la práctica es ineficaz para cambiar la orientación sexual o identidad de género y es dañina para los jóvenes. Los jóvenes que se han sometido a la terapia de conversión tienen un mayor riesgo de sufrir depresión, tener ideas suicidas, intentar suicidarse y consumir drogas ilegales.

Según las disposiciones de la ley, todo profesional de la salud con licencia que practique la terapia de conversión quedará sujeto a medidas disciplinarias por parte del Departamento de Salud de Rhode Island.

Derechos de las personas transgénero | atencion medica | Rhode Island (English)

Preguntas y respuestas sobre los derechos a la atención médica de las personas transgénero en Rhode Island

¿Los planes de salud pueden discriminar a las personas LGBTQ+?

De conformidad con la ley federal y del estado de Rhode Island, casi todos los planes de salud tienen prohibido discriminar por motivos de sexo y, dado que el fallo de la Corte Suprema en el caso Bostock contra Clayton Co. concluyó que toda discriminación por identidad de género u orientación sexual es una forma de discriminación por sexo, casi todos los planos de salud tienen prohibido discriminar a las personas LGBTQ+.

¿Qué protecciones para aviones de salud establece Rhode Island?

Comisionado de Seguros Médicos de Rhode Island

En 2015, el Comisionado de Seguros Médicos de Rhode Island publicó un boletín “con el fin de informar a las aseguradoras de salud1, a los prestadores de atención médica ya los usuarios de seguros médicos que la discriminación contra una persona en el contexto de los seguros médicos debido a su identidad o expresión de género constituye discriminación sexual prohibida por la ley de Rhode Island. Esta prohibición se extiende a la disponibilidad de cobertura de los seguros médicos ya la prestación de beneficios de seguros médicos, incluida la cirugía transgénero necesaria desde el punto de vista médico y los servicios de atención médica relacionados con la identidad y la disforia de género”.

Medicaid de Rhode Island

En 2015, el programa Medicaid de Rhode Island eliminó la exclusión de la atención para la sustentabilidad de género. Estas son las pautas para la atención médica para la disforia de género y las personas de género no binario: https://eohhs.ri.gov/sites/g/files/xkgbur226/files/Portals/0/Uploads/Documents/MA-Providers/MA-Reference-Guides/Physician/gender_dysphoria.pdf.

¿Existen planes de salud que no estén protegidos por la ley de Rhode Island?

Si. Medicare y los planes de salud de empleadores autofinanciados (también conocidos como “autoasegurados”) están regulados por la ley federal.

¿Qué protecciones para planes de salud establece el gobierno federal?

Seguro médico del estado

En 2013, Medicare eliminó la prohibición de la cobertura del tratamiento de la disforia de género por ser “experimental” y comenzó a cubrir el tratamiento necesario desde el punto de vista médico para la disforia de género.

Artículo 1557 de la Ley de Atención Médica Asequible

El artículo 1557 de la Ley de Atención Médica Asequible (Affordable Care Act, ACA) establece que es ilegal que un profesional de atención médica que reciba fondos del gobierno federal se niegue a tratar a una persona, o discriminar de otra manera a una persona, por su sexo (así como por su raza, color de piel, nacionalidad, edad o discapacidad). El artículo 1557 impone requisitos similares para las aseguradoras de salud que reciban asistencia financiera federal. Los profesionales de atención médica y las aseguradoras tienen prohibido, entre otras cosas, eliminar o tratar de forma adversa a una persona por cualquiera de estos motivos prohibidos. La disposición final del artículo 1557 se aplica a los beneficiarios de asistencia financiera del Departamento de Salud y Servicios Sociales (Department of Health and Human Services, HHS), los Mercados de Seguros Médicos y los programas de salud que administra el HHS.

Por lo general, el artículo 1557 no se aplica a planes de salud grupales autofinanciados de conformidad con la Ley de Seguridad de los Ingresos de los Jubilados (Employee Retirement Income Security Act, ERISA) o planes de duración limitada o a corto plazo las entidades que ofrecen los aviones no suelen estar principalmente comprometidos con el negocio de prestar atención médica ni recibir asistencia financiera federal.

En mayo de 2021, la gestión de Biden anunció que la Oficina de Derechos Civiles (Office for Civil Rights, OCR) del HHS interpretaría que el artículo 1557 de la ACA y los requisitos de no discriminación del título IX basa en el sexo incluyen la orientación sexual y la identidad de género, y que respetaría esto último. La actualización se implementó en el contexto de la decisión que tomó la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Bostock contra el condado de Clayton en junio de 2020 y las decisiones posteriores de la corte.

Al implementar el artículo 1557, la OCR respetará la Ley de Restablecimiento de la Libertad Religiosa (Religious Freedom Restoration Act), sección 2000bb y subsiguientes del título 42 del Código de los Estados Unidos (United States Code, USC), y todos los demás requisitos legales y órdenes del tribunal que se emitieron en litigios que involucraban las disposiciones del artículo 1557.

Título VIII

El título VII les prohíbe a los empleados que tienen 15 empleados o más discriminar por motivos de raza, color de piel, religión, sexo y nacionalidad en la contratación, el despido, el pago y otros términos, condiciones o privilegios del empleo. Los términos y las condiciones del empleo incluyen los beneficios de salud solventados por el trabajador. Históricamente, no todas las autoridades han estado de acuerdo en que el título VII protege a los trabajadores LGBTQ+ de la discriminación.

Sin embargo, la decisión de la Corte Suprema en el caso Bostock contra Clayton Co. cambia esta situación porque la resolución dejó en claro que la discriminación por orientación sexual e identidad de género es una forma de discriminación por sexo. Aunque la decisión se relaciona con el despido indebido, tiene consecuencias en los planes de salud solventados por el empleador y otros beneficios. Por ejemplo, los beneficiarios podrían querer ajustar la cobertura de los planes de salud grupales para la disforia de género y los servicios relacionados, incluidas las cirugías de sustentación de género, y revisar y comparar los beneficios para cónyuges del mismo sexo y del sexo opuesto.

¿Los empleados religiosos pueden discriminar a las personas LGBTQ+?

El 8 de julio de 2020, en el caso Escuela de Nuestra Señora de Guadalupe v. Morrissey-Berru, la Corte Suprema de los Estados Unidos reafirmó su posición en la implementación de la excepción ministerial en casos de discriminación en el empleo que se establecerá en resoluciones anteriores. Esto implicó que, de forma simultánea, la Corte planteó una problemática sin resolver en virtud del título VII: ¿la excepción ministerial para los consumidores religiosos les permite a esas organizaciones discriminar a los empleados o candidatos a puestos laborales por su condición de LGBTQ+?

En este punto, no queda claro de qué manera la resolución de la Corte en el caso Escuela de Nuestra Señora de Guadalupe v. Morrissey-Berru puede afectar a los empleados LGBTQ+ de empleadores religiosos, pero las organizaciones y los empleadores religiosos deben reconocer que la excepción ministerial no se aplica a todos los puestos de sus organizaciones. Por el contrario, se limita solo a aquellos empleados que llevan a cabo obligaciones realmente religiosas. Por ejemplo, el puesto de un conserje escolar que solo está presente en el edificio fuera del horario escolar y no es responsable de transmitir la fe no se consideraría de naturaleza ministerial.

¿Qué pasos puedo seguir para obtener la cobertura del tratamiento de disforia de género?

1. Primero, verifique si su plan de salud cubre el tipo de tratamiento que desea; para ello, consiga una copia del “Resumen de beneficios y cobertura” del plan.

2. La mayoría de los planes de seguro, tanto públicos como privados, tienen requisitos detallados que se deben satisfacer para obtener la cobertura. Esto es así, en particular, si está intentando obtener cobertura para una cirugía relacionada con la transición. Por eso, comuníquese con su plan de salud y solicite una copia de los requisitos del tratamiento que desea.

3. Trabaje con sus terapeutas y médicos para asegurarse de que reúne todos los requisitos del plan de salud. Para determinar si su solicitud de tratamiento será aprobada, el factor más importante es la documentación proporcionada por sus terapeutas y médicos.

4. Verifique qué tratamientos requieren aprobación previa. En la mayoría de los casos, cualquier cirugía requiere aprobación previa y es posible que el plan solo pague si recurre a un cirujano que acepta el plan.

5. Si su solicitud de tratamiento es denegada, averigüe los motivos de la denegación y, si cree que todos los modos califican para el tratamiento, siga el proceso de apelación del plan. Por lo general, primero se llevará a cabo un proceso de apelación interno y, si no se obtiene un resultado satisfactorio en esta instancia, en ocasiones, podrá apelar ante una agencia externa. Asegúrese de respetar los plazos, ya que, si no lo hace, podría perder la posibilidad de apelar.

6. Informe a GLAD si le deniegan un tratamiento. GLAD podría hacerle sugerencias que lo ayuden a ganar la apelación. Puede comunicarse con GLAD Answers es ALEGRÍA Respuestas o por teléfono llamando al 800-455-GLAD (4523).

7. Aunque ahora más planes de salud cubren el tratamiento de la disforia de género, el proceso para obtener el tratamiento, en particular, para obtener la cirugía relacionada con la transición, puede llevar tiempo y causarle frustraciones. Se necesita mucha documentación y puede ser difícil encontrar un cirujano que realice este tipo de cirugía y que sea aceptable para el plan de salud.

8. No tenga miedo de ser persistente y de volver a presentar una solicitud si recibe una respuesta negativa.

¿Cómo encuentro un cirujano que acepta mi seguro de salud?

Cada vez más cirujanos que realizan cirugías de reasignación de sexo aceptan seguros médicos. Busque cirujanos de forma minuciosa para encontrar el adecuado para usted. Puede consultar la lista de profesionales de la red de su plan para saber si forman parte de ella o si la lista incluye cirujanos en su área. Otra opción consiste en comunicarse con el consultorio del cirujano para preguntar si aceptan su seguro. La mayoría de los planes de seguro médico exigen que recurra a un profesional médico de su red; sin embargo, si su red no incluye un cirujano que preste los servicios que usted necesita, es posible que pueda recurrir a alguien fuera de la red si solicita la autorización previa del plan.

¿Qué debería hacer si el sector sanitario me discrimina?

Si está siendo discriminado por un centro o un prestador de atención médica, puede presentar una queja por discriminación ante la Comisión de Derechos Humanos de Rhode Island. Consulte el Área de problemas de “discriminación” para obtener información detallada sobre cómo hacerlo.

Si tiene un plan de salud regulado por la Oficina del Comisionado de Seguros Médicos, puede presentar una queja ante esa agencia: https://ohic.ri.gov/consumer-protection/file-complaint

Si tiene un plan de salud regulado por el artículo 1557 de la ACA, puede presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento federal de Salud y Servicios Sociales. Para obtener más información, consulte: https://www.hhs.gov/civil-rights/filing-a-complaint/complaint-process/index.html. Si tiene un plan de salud autofinanciado a través de su empleador que tiene como mínimo 15 empleados, puede presentar una queja por discriminación ante la Comisión federal de Igualdad en las Oportunidades de Empleo (Equal Employment Opportunity Commission, EEOC). Para obtener más información, consulte el Área de problemas de “discriminación”.

justicia penal | Hostigamiento policial | Rhode Island (English)

Preguntas y respuestas sobre el hostigamiento policial en Rhode Island

Con frecuencia, la policía me pide que “me retire” de áreas públicas. ¿Es legal?

No de todos modos. Si el área es pública y no hay carteles en los que se indiquen que hay horarios específicos, por lo general, tiene derecho a permanecer allí siempre y cuando no se realicen actividades ilegales. Los lugares públicos son de todos y, además, suelen ser lugares de acogida al público sujetos a la ley contra la discriminación de Connecticut. Incluso si un oficial de policía quiere impedir un delito, o tiene sospechas de algún tipo de intención ilegal, no tiene derecho general a pedirles a las personas que se desplacen de un lugar a otro, a menos que se esté llevando a cabo una conducta ilegal .

¿Cuáles son las reglas generales sobre la interacción con la policía?

La presencia de personas que parecen ser LGBTQ+, ya sea porque exhiben símbolos como banderas con los colores del arcoíris, un triángulo rosa o por otra razón, no debe desencadenar ningún escrutinio especial por parte de un oficial de policía.

Claro que la policía puede acercarse a una persona y hacerle preguntas, pero el hecho de que una persona haya sido condenada por un delito anterior, se niega a responder o responde de una manera que no satisface al oficial no podrá justificar su arresto sin más.

Si un oficial tiene “sospechas razonables y articulables” de que se ha cometido un delito o de que está por cometerse, probablemente podrá arrestar a la persona o detenerla con multas de investigación. Sin embargo, una detención solo se puede realizar si existen “fundamentos probables” de que se ha cometido un delito.

¿Qué puedo hacer si creo que la policía me trató de forma inapropiada?

Se pueden presentar quejas ante cualquier departamento de policía particular por asuntos relativos a sus oficiales. Muchos departamentos tienen sus propias Divisiones de Asuntos Internos que reciben e investigan quejas de civiles contra oficiales de la policía.

Las quejas sobre la policía estatal de Rhode Island se deben realizar en la Oficina de Estándares Profesionales de la policía estatal de Rhode Island, con la cual se puede comunicar por escrito a 311 Danielson Pike, North Scituate, RI 02857 o por teléfono al (401 ) 444-1011. Los formularios para quejas de ciudadanos también están disponibles en el sitio web de la policía estatal, Formulario de quejas o elogios para la policia estatal de Rhode Island.

Las quejas deben incluir la mayor cantidad de información posible sobre el incidente, incluido su nombre e información de contacto; el nombre, el rango y el número de placa (si lo sabe) del oficial; el lugar, la fecha, la hora y los detalles del incidente; así como los nombres y la información de contacto de los testigos. Informe a GLAD siempre que presente una queja para que podamos hacer un seguimiento de la capacidad de respuesta de varios departamentos de policía.

En algunos casos, una persona puede decidir iniciar una demanda por lesiones, detención inadecuada u otro motivo. Estos asuntos son muy especializados y GLAD puede derivarlo a un abogado.

Las personas también pueden intentar pedir ayuda a la División Penal de la Fiscalía General llamando al (401) 274-4400.

Noticias

Rhode Island aumenta la seguridad para las familias LGBTQ+ con la Ley de adopción confirmatoria

Rhode Island sigue siendo líder en el apoyo y la protección de las personas y familias LGBTQ+ con la aprobación de una nueva ley que facilita que los padres que han tenido un hijo mediante reproducción asistida confirmen su paternidad mediante la adopción. 

El gobernador Dan McKee firmó "Una ley relacionada con las relaciones domésticas: adopción de niños" (2023-H 5226A, 2023-S 0121A) se convirtió en ley el 19 de junio. Promovida por la senadora Dawn Euer y la representante Rebecca Kislak, la legislación elimina las barreras engorrosas y costosas que enfrentan los padres no biológicos cuando adoptan a sus propios hijos, lo que les facilita obtener un decreto de adopción que refleje su filiación. Esto brinda a las familias una mayor protección cuando viajan o se mudan a lugares fuera de Rhode Island, especialmente a áreas que son menos amigables con LGBTQ.

“Este es un paso adicional significativo para garantizar que las familias LGBTQ+ en Rhode Island reciban un trato justo y equitativo, y que sus lazos familiares sean reconocidos y protegidos sin importar las circunstancias y sin importar a dónde viajen. Estamos agradecidos por el liderazgo del Senador Euer y el Representante Kislak al llevar este proyecto de ley al escritorio del gobernador”. dijo Polly Crozier, Directora de Defensa Familiar de GLBTQ Legal Advocates & Defenders. “Con los extremistas aumentando sus ataques contra las personas LGBTQ+ en todo el país, los padres están legítimamente preocupados por la seguridad de sus hijos. Un decreto de adopción brinda seguridad adicional a estas familias”.

Los padres de Rhode Island que experimentaron el proceso de adopción de sus hijos nacidos mediante reproducción asistida, incluida la representante Kislak, que es legisladora LGBTQ+, y su cónyuge, dijeron que es innecesariamente largo, complicado, costoso e invasivo, que somete a los padres a un período de seis meses. período de espera, múltiples fechas de corte, inspecciones de viviendas, evaluaciones financieras y otros requisitos.

Bajo la nueva ley, los padres de niños nacidos por reproducción asistida cuya filiación ya se haya establecido a través de la Ley Uniforme de Paternidad solo deben presentar ante el tribunal una petición firmada por ambas partes que incluya el certificado de nacimiento del niño, un certificado de matrimonio si corresponde y una declaración firmada por ambos. padres explicando las circunstancias del nacimiento del niño a través de la reproducción asistida, dando fe de su consentimiento para la reproducción asistida, y dando fe de que no hay reclamos de paternidad en competencia.

Luego, el tribunal otorgará la adopción dentro de los 30 días posteriores a la determinación de que el padre que dio a luz y el cónyuge estaban casados en el momento del nacimiento del niño y el niño nació mediante reproducción asistida; o, para padres solteros, que la persona que dio a luz y el padre soltero dieron su consentimiento para la reproducción asistida; y que no existen reclamos parentales en competencia.

Estos cambios en el proceso de adopción se aplican solo a los niños nacidos mediante reproducción asistida cuyos padres buscan la adopción para confirmar la filiación que ya se ha establecido legalmente según las disposiciones de la Ley Uniforme de Paternidad.

“Esta ley es un paso adicional que debemos tomar para proteger completamente a las familias. Hará que el proceso sea mucho más fácil y les dará tranquilidad cuando viajen a otro estado donde sus derechos no están tan seguros”, dijo el representante Kislak. “No debería ser un proceso arduo para las personas adoptar a sus propios hijos, a quienes han amado y criado desde que nacieron. Esta ley eliminará obstáculos para que todo tipo de familias tengan acceso a las protecciones legales que merecen”.

“No debería tomar años, miles de dólares, inspecciones humillantes y muchas fechas en la corte para obtener un decreto de adopción que simplemente confirma una familia amorosa ya reconocida legalmente”. dijo el senador Euer. “Estamos muy felices de hacer que este proceso sea mucho más fácil, para que las familias puedan acceder a la protección que necesitan”.

"Una ley relacionada con las relaciones domésticas: adopción de niños" se basa en las importantes protecciones establecidas para las familias LGBTQ+ Ocean State con la aprobación de la Ley de paternidad uniforme de Rhode Island en 2020, que actualizó las leyes de paternidad obsoletas del estado para incluir a las familias LGBTQ+ .

Evento de Connecticut 2023 de GLAD

Sobre el evento

domingo, 30 de abril de 2023

13:00 – 15:00

el liceo
227 Lawrence St, Hartford, CT 06106

GLAD está encantado de ser anfitrión nuestro evento en Connecticut de nuevo este año en Hartford!

¡Este año, GLAD honrará al Reverendo Aaron L. Miller, Pastor de la Iglesia de la Comunidad Metropolitana de Hartford y capellán de la Clínica de Género de Yale en el Evento Regional de Connecticut de este año!

Reverendo Aaron L. Miller 

Aaron es un líder espiritual apasionado y compasivo, activista por la justicia social y defensor que está profundamente comprometido con el progreso de los derechos LGBTQ+ como una cuestión de fe. Aaron ha brindado educación sobre la conciencia e inclusión trans en una variedad de lugares y ha sido un socio fundamental en el proyecto de identificación transgénero de GLAD en Connecticut, un servicio sin costo para personas transgénero que buscan actualizar su nombre legal y/o género en los registros estatales y federales. documentos.

Close up photo of Jennifer Levi wearing a blue button down collared shirt. Cropped at the shoulders

Orador invitado especial del evento de GLAD en Connecticut 

Nuestra oradora invitada especial, la distinguida Directora Senior de Derechos Transgénero y Queer de GLAD, Jennifer Levi, brindará actualizaciones sobre el trabajo critico estamos haciendo para defender y promover la justicia y la equidad LGBTQ+, ¡y cómo puedes ayudar a marcar la diferencia!

Esperamos que nos acompañe en una emocionante tarde de comida, amigos e inspiración.

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Mantenemos la salud y la seguridad de nuestros seguidores a la vanguardia de la planificación de nuestros eventos y hemos tomado todas las precauciones necesarias para garantizar un evento seguro y divertido para todos.

Se requiere RSVP y prueba de vacunación para asistir al evento.

Vuelva a consultar para obtener más información o póngase en contacto con Josh Arsenault en jarsenault@glad.org.


Para unirse a nuestro fabuloso Comité Anfitrión o convertirse en Patrocinador y ayudar a que este evento sea un éxito, comuníquese con nuestro Subdirector de Desarrollo, Josh Arsenault, al jarsenault@glad.org.

Comité anfitrión

Copresidentes:
Anne Stanback y Charlotte Kinlock

Miembros:
Mateo Blinstrubas
Milap Patel
Tiana Gianópulos
Dan Livingston
Reverendo Aaron L. Miller

A partir del 27 de abril de 2023

Evento de Rhode Island 2023 de GLAD

Sobre el evento

jueves, 15 de junio de 2023

6:00 – 8:00 p. m.

Providencia, Rhode Island

El evento regional de Rhode Island de GLAD llegará a Providence ¡este año! 

Únase a nosotros mientras celebramos 10 años de matrimonio igualitario en el estado del océano y el honor Congresista David Cicilline con el Premio Justicia para Todos en reconocimiento a su importante defensa de la igualdad LGBTQ+ y los derechos humanos.

Honrando

Congresista David Cicilline

Congresista Cicilline ha representado al 1er Distrito del Congreso de Rhode Island en la Cámara de Representantes de EE. UU. desde 2011 y ha sido un firme defensor de los derechos de las personas LGBTQ+ y de la libertad reproductiva, la justicia racial, los derechos de voto y la integridad electoral. Su liderazgo en la Ley de Igualdad generó un apoyo bipartidista récord para las protecciones federales contra la discriminación LGBTQ+. Los logros pioneros del congresista Cicilline, desde su elección como el primer alcalde abiertamente gay de una ciudad importante de EE. UU. hasta su trabajo fundamental en el Caucus de Igualdad del Congreso, lo han convertido en un modelo a seguir para generaciones de jóvenes líderes LGBTQ+. Aprende más.

Presentando

polly crozier y jansonwu

Director de Defensa Familiar de GLAD, polly báculoy director ejecutivo jansonwu proporcionará actualizaciones sobre el trabajo crítico que estamos haciendo para defender y promover la justicia y la equidad LGBTQ+, y cómo puede ayudar a marcar la diferencia.

Esperamos que se una a nosotros en una noche emocionante de comida, amigos e inspiración..

Mantenemos la salud y la seguridad de nuestros seguidores al frente de la planificación de nuestros eventos y hemos tomado todas las precauciones necesarias para garantizar un evento seguro y divertido para todos.

Se requiere RSVP y prueba de vacunación para asistir al evento.


Para unirse a nuestro fabuloso Comité Anfitrión o convertirse en Patrocinador y ayudar a que este evento sea un éxito, comuníquese con nuestro Subdirector de Desarrollo, Josh Arsenault, al jarsenault@glad.org.

Para patrocinio corporativo, comuníquese con Aria Pierce, gerente de donaciones institucionales, al apierce@glad.org.

Comité anfitrión

Copresidentes:
Joseph Garland y Philip Haines
Marianne Monte y Lisa Carcieri

Miembros:
Bridget Baird y Kristina Duarte
Dra. Joanna Brown y representante Rebecca Kislak
Ángela Caliendo y Susan Jernick
Dr. Felipe Chan
Senadora Dawn Euer
Amy Goldfarb y Lisa Futato
Elizabeth Howlett
Senadora Pam Lauria
Senadora Tiara Mack
Laura Pisaturo y María Tocco
Barbara L. Margolis y Colleen Gregory, PhD
Donna Nesselbush y Kelly Carse
lauren nocera
Senador Ryan William Pearson
Eric Rietveld y Nicholas Autiello

Al 13 de junio de 2023


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