Saltar encabezado a contenido
GLAD Logo Saltar la navegación principal al contenido

Noticias

Declaración sobre el fallo de la Corte Suprema en 303 Creativo contra Elenis

En un fallo de 6-3 hoy, la Corte Suprema de los EE. UU. emitió una decisión muy específica de hechos que autoriza una excepción limitada a una ley estatal contra la discriminación para un desarrollador de sitios web cuyo trabajo, según descubrió, implica seleccionar clientes para transmitir el mensaje del diseñador. Si bien el caso permite por primera vez una exención limitada de la Primera Enmienda de las leyes que exigen que las empresas abiertas al público ofrezcan los bienes y servicios que venden sin discriminación, la naturaleza inusual de la transacción en el caso sugiere que el fallo prácticamente no se aplica a los abrumadora mayoría de las empresas que proporcionan bienes y servicios al público.

Con base en los hechos acordados por las partes, el Tribunal determinó que la vendedora investiga y respalda a cada cliente, se reúne con la pareja para hablar sobre historias "únicas", crea obras de arte, diseños y textos originales para cada uno, y expresa explícitamente su apoyo a su boda. Todo esto, dijo la Corte, apuntaba a la naturaleza “expresiva” de su conducta y justificaba una excepción limitada a la ley de no discriminación. Esto es diferente de prácticamente todas las empresas que venden bienes y servicios al público y no refleja cómo opera la gran mayoría de las empresas. 

Mary Bonauto, Directora Sénior de Derechos Civiles y Estrategias Legales de GLBTQ Legal Advocates & Defenders, emitió la siguiente declaración:

“Si bien el fallo de hoy es extremadamente limitado, nos decepciona ver que por primera vez, y en el contexto de las personas LGBTQ+ que ya se enfrentan a una “reacción violenta” “desgarradora” contra el movimiento por la libertad y la igualdad para las minorías sexuales y de género. como señaló el disidente, una exención sin precedentes a las leyes contra la discriminación que siempre se ha considerado que prohíben la conducta, no el discurso. Esta no es la amplia victoria que buscaban Lorie Smith y su abogado: el fallo de hoy confirma de manera importante la validez de las leyes contra la discriminación, incluso para las personas LGBTQ+ que pueden obtener bienes y servicios 'en los mismos términos ofrecidos a otros miembros del público', pero es no es el final de los esfuerzos para empujar a las personas y parejas LGBTQ+ a un estatus de segunda clase. GLAD y nuestro movimiento resistirán ese esfuerzo en cada paso del camino.

Durante décadas, la jurisprudencia y la concertación pública han defendido el principio de que las leyes antidiscriminatorias están ligadas a los primeros principios de igualdad, respeto mutuo y unidad ciudadana, y a nuestra necesidad de bienes y servicios sin importar quiénes y dónde seamos. Es crucial garantizar que el fallo de hoy se limite a los servicios altamente específicos y personalizados que la Corte encontró en este caso, y no se vea como una luz verde para hacer valer una defensa de la libertad de expresión en otras áreas del derecho. Negar servicios a parejas del mismo sexo está fuera de sintonía con lo que cree la gran mayoría de los estadounidenses, y la gran mayoría de los estadounidenses, incluidos los dueños de negocios, se esfuerzan por tratar a todos con dignidad y respeto como ellos también quieren ser tratados. La decisión de hoy de la Corte Suprema no cambia eso.

Las personas LGBTQ+ son miembros de la familia, compañeros de trabajo, dueños de negocios y clientes en todas las comunidades y seguimos comprometidos a trabajar junto a nuestros vecinos para garantizar que todas las personas puedan llevar a cabo su vida diaria y acceder a los bienes y servicios que necesitamos sin discriminación. Como resumió el juez Kennedy para varios de los jueces actuales en Pastelería de obra maestra Hace solo 5 años, las 'objeciones religiosas y filosóficas de los dueños de negocios y otros actores en la economía y en la sociedad' no son suficientes para 'negar a las personas protegidas el acceso equitativo a los bienes y servicios' bajo las leyes de alojamiento público como la de Colorado.' Lucharemos por mantener ese principio para todo de las personas protegidas por las leyes contra la discriminación”.

GLAD envió una escrito amigo de la corte en este caso para GLAD, NCLR, Lambda Legal, HRC, The Task Force, y agradece a White & Case por su ayuda.

Visita el 303 Creativo contra Elenis página del caso.

303 Creativo contra Elenis

ACTUALIZAR: El 27 de julio de 2023, GLAD, National Center for Lesbian Rights, American Civil Liberties Union, Lambda Legal, Human Rights Campaign, Transgender Legal Defense & Education Fund y National Women's Law Center lanzó una pregunta frecuente sobre la decisión de la Corte y su impacto potencial en las personas LGBTQ+ y las protecciones contra la discriminación.

30 de junio de 2023: En un fallo de 6-3 La Corte Suprema de los EE. UU. emitió una decisión muy específica de hechos que autoriza una excepción limitada a una ley estatal contra la discriminación para un desarrollador de sitios web cuyo trabajo, según descubrió, implica seleccionar clientes para transmitir el mensaje del diseñador. Si bien el caso permite por primera vez una exención limitada de la Primera Enmienda de las leyes que exigen que las empresas abiertas al público ofrezcan los bienes y servicios que venden sin discriminación, la naturaleza inusual de la transacción en el caso sugiere que el fallo prácticamente no se aplica a los abrumadora mayoría de las empresas que proporcionan bienes y servicios al público. Aprende más.


303 Creativo contra Elenis se presentó en nombre de una empresa de desarrollo de sitios web que buscaba una exención de la ley estatal contra la discriminación que les permitiría negar el servicio a parejas del mismo sexo si ofrecen sitios web de bodas en el futuro. Los peticionarios buscan una excepción especial a la Ley contra la Discriminación de Colorado, que les exige a ellos y a todas las empresas que brinden sus servicios a todos por igual.

El 19 de agosto de 2022, GLAD fue coautor de un escrito de amigo de la corte con Lambda Legal Defense and Education Fund, el Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas (NCLR) y White & Case LLP, y se unió a la Campaña de Derechos Humanos (HRC) y el Grupo de Trabajo Nacional LGBTQ. El escrito argumenta que la exención amplia e ilimitada de la Ley contra la Discriminación de Colorado que buscan los peticionarios socavaría las protecciones fundamentales proporcionadas por las leyes estatales y federales de alojamiento público durante más de un siglo.

Aprende más.

Tucker v. Faith Bible Chapel

Nadie debe ser despedido por hablar en contra del acoso racial, y los empleadores no pueden abusar de la religión para dañar a los trabajadores y justificar la discriminación.

GLAD firmó en un escrito de amigo de la corte presentado en el Tribunal del Décimo Circuito por el Centro Nacional de Derecho de la Mujer en apoyo de Gregory Tucker, un empleado de Faith Christian Academy (FCA) que fue despedido después de hablar en contra de la discriminación racial. FCA está intentando despojar al Sr. Tucker de sus protecciones de derechos civiles utilizando la "excepción ministerial", una doctrina diseñada para permitir que las casas de culto contraten a sus propios líderes religiosos. Los argumentos presentados por FCA son otro ejemplo peligroso de empleadores que buscan usar la religión como un medio por el cual pueden negar a los empleados las protecciones en el lugar de trabajo. Más antecedentes sobre el caso son disponible aquí.

Masterpiece Cakeshop contra la Comisión de Derechos Civiles de Colorado

El 4 de junio de 2018, la Corte Suprema de los Estados Unidos revocó el fallo original de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado por motivos específicos de Masterpiece Cakeshop y este caso, al determinar que la comisión no había actuado de manera imparcial cuando consideró el caso originalmente. Esta decisión se aplica solo a Masterpiece Cakeshop y no permite que empresas similares discriminen. En esta decisión, la Corte afirmó la importancia de las leyes contra la discriminación y la necesidad de proteger a las personas LGBT de la discriminación.

El 5 de diciembre de 2017, la Corte Suprema de los Estados Unidos escuchó los argumentos orales en este caso. Escuchar aquí o leer el transcripción.

El 30 de octubre de 2017, GLAD y el Centro Nacional por los Derechos de las Lesbianas (NCLR) presentaron un escrito de amicus curiae instando a la Corte Suprema de los Estados Unidos a afirmar la decisión de la Corte de Apelaciones de Colorado en 2014 de que Masterpiece Cakeshop discriminó ilegalmente a una pareja gay.

Este caso involucra a David Mullins y Charlie Craig, quienes visitaron Masterpiece Cakeshop en 2012, con la madre de Charlie, para pedir un pastel para la recepción de su boda. El dueño de la panadería, Jack Phillips, les informó que no podía venderles un pastel para su boda porque, basado en sus creencias religiosas, solo podía vender pasteles de boda a parejas de diferentes sexos.

David y Charlie presentaron una queja ante la Comisión de Derechos Civiles de Colorado, que determinó que la panadería había violado la ley antidiscriminatoria de Colorado. La panadería no niega su política de rechazar el servicio a las parejas homosexuales que buscan pasteles de boda y argumenta que tiene el derecho constitucional de hacerlo por motivos religiosos y de libertad de expresión.

El escrito presentado por GLAD y NCLR establece que las leyes antidiscriminatorias como la de Colorado “buscan asegurar a los ciudadanos el acceso y el disfrute equitativo de los elementos fundamentales de la plena participación en la vida cívica: acceso a hogares, trabajos y lugares públicos”, y que el la exención de las leyes contra la discriminación que busca la panadería “llegará más allá de las vidas de las personas LGBT para dañar a sus hijos, familias y amigos”.

La exención que busca la panadería “socavaría los objetivos apremiantes de las leyes de alojamiento público, que se promulgaron sobre la base del reconocimiento de que la discriminación que prohíben priva a las personas de su dignidad y niega a la sociedad los beneficios de una amplia participación en la vida política, económica y cultural. Instamos a la Corte a rechazar una regla que constitucionalizaría un nuevo derecho de las empresas comerciales a discriminar a las personas por su pertenencia a un grupo en particular”.

Como nación, decidimos hace mucho tiempo que las empresas que están abiertas al público deberían estar abiertas a todos en los mismos términos, y eso incluye a los clientes lesbianas, gays, bisexuales o transgénero. Nadie debe ser rechazado de un negocio, negado un servicio, despedido de su trabajo o desalojado de su hogar simplemente por ser quien es.

Este caso ha sido presentado por la ACLU, y el escrito amicus fue escrito con la asistencia de Pierce Atwood LLP.

es_ESSpanish