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Declaración sobre el fallo de la Corte Suprema en 303 Creativo contra Elenis

En un fallo de 6-3 Hoy, la Corte Suprema de los EE. UU. emitió una decisión altamente específica que autoriza una excepción limitada a una ley estatal de no discriminación para un desarrollador de sitios web cuyo trabajo implica seleccionar clientes para transmitir el mensaje del diseñador. Si bien el caso permite por primera vez una exención limitada de la Primera Enmienda de las leyes que exigen que las empresas abiertas al público ofrezcan los bienes y servicios que venden sin discriminación, la naturaleza inusual de la transacción en el caso sugiere que el fallo prácticamente no se aplica a la abrumadora mayoría de empresas que suministran bienes y servicios al público.

Con base en los hechos acordados por las partes, el Tribunal determinó que el vendedor examina y respalda a cada cliente, se reúne con la pareja para discutir historias "únicas", crea obras de arte, diseños y textos originales para cada uno, y expresa explícitamente su apoyo a su boda. Todo esto, dijo el Tribunal, apuntaba a la naturaleza “expresiva” de su conducta y justificaba una estrecha excepción a la ley de no discriminación. Esto es diferente de prácticamente todas las empresas que venden bienes y servicios al público y no refleja cómo operan la inmensa mayoría de las empresas. 

Mary Bonauto, Directora Senior de Derechos Civiles y Estrategias Legales de GLBTQ Legal Advocates & Defenders, emitió la siguiente declaración:

“Aunque el fallo de hoy es extremadamente limitado, nos decepciona verlo por primera vez, y en el contexto de las personas LGBTQ+ que ya se enfrentan a una “desgarradora” “contraacción al movimiento por la libertad y la igualdad de las minorías sexuales y de género”. como señaló el disidente, una exención sin precedentes a las leyes antidiscriminatorias que siempre se ha considerado que prohíben la conducta, no la expresión. Esta no es la amplia victoria que buscaban Lorie Smith y su abogado (el fallo de hoy defiende de manera importante la validez de las leyes contra la discriminación, incluso para las personas LGBTQ+ que pueden obtener bienes y servicios "en los mismos términos ofrecidos a otros miembros del público"), pero sí es no es el fin de los esfuerzos para empujar a las personas y parejas LGBTQ+ a un estatus de segunda clase. GLAD y nuestro movimiento resistirán ese esfuerzo en cada paso del camino.

Durante décadas, la jurisprudencia y el acuerdo público han sostenido el principio de que las leyes contra la discriminación están ligadas a los primeros principios de igualdad, respeto mutuo y unidad cívica, y a nuestra necesidad de bienes y servicios sin importar quiénes y dónde estemos. Es crucial garantizar que el fallo de hoy se limite a los servicios altamente específicos y personalizados que la Corte encontró en este caso, y no sea visto como una luz verde para hacer valer una defensa de la libertad de expresión en otras áreas del derecho. Negar servicios a parejas del mismo sexo no está en sintonía con lo que cree la gran mayoría de los estadounidenses, y la abrumadora mayoría de los estadounidenses, incluidos los dueños de negocios, se esfuerzan por tratar a todos con dignidad y respeto como ellos también quieren ser tratados. La decisión de hoy del Tribunal Supremo no cambia eso.

Las personas LGBTQ+ son miembros de la familia, compañeros de trabajo, dueños de negocios y clientes en cada comunidad y seguimos comprometidos a trabajar junto con nuestros vecinos para garantizar que todas las personas puedan continuar con nuestra vida diaria y acceder a los bienes y servicios que necesitamos sin discriminación. Como resumió el juez Kennedy para varios de los jueces actuales en Pastelería obra maestra Hace apenas 5 años, las 'objeciones religiosas y filosóficas de los dueños de negocios y otros actores de la economía y la sociedad' no son suficientes para 'negar a las personas protegidas el acceso igualitario a bienes y servicios' bajo leyes de alojamiento público como la de Colorado. Lucharemos por mantener ese principio durante todo de las personas protegidas por las leyes no discriminatorias”.

GLAD presentó un escrito del amigo de la corte en este caso para GLAD, NCLR, Lambda Legal, HRC, The Task Force y agradece a White & Case por su asistencia.

Visita el 303 Creativo contra Elenis página del caso.

303 Creativo contra Elenis

ACTUALIZAR: El 27 de julio de 2023, GLAD, Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas, Unión Estadounidense por las Libertades Civiles, Lambda Legal, Campaña de Derechos Humanos, Fondo de Educación y Defensa Legal Transgénero y el Centro Nacional de Derecho de la Mujer publicó una pregunta frecuente sobre la decisión de la Corte y su impacto potencial en las personas LGBTQ+ y las protecciones contra la discriminación.

30 de junio de 2023: En un fallo de 6-3 La Corte Suprema de los Estados Unidos emitió una decisión muy específica sobre los hechos autorizando una excepción limitada a una ley estatal de no discriminación para un desarrollador de sitios web cuyo trabajo, según encontró, implica seleccionar clientes para transmitir el mensaje del diseñador. Si bien el caso permite por primera vez una exención limitada de la Primera Enmienda de las leyes que exigen que las empresas abiertas al público ofrezcan los bienes y servicios que venden sin discriminación, la naturaleza inusual de la transacción en el caso sugiere que el fallo prácticamente no se aplica a la abrumadora mayoría de empresas que suministran bienes y servicios al público. Aprende más.


303 Creativo contra Elenis se presentó en nombre de una empresa de desarrollo de sitios web que buscaba una exención de la ley estatal contra la discriminación que les permitiría negar servicios a parejas del mismo sexo si ofrecen sitios web de bodas en el futuro. Los peticionarios buscan una excepción especial a la Ley Antidiscriminación de Colorado que les exige a ellos, y a todas las empresas, brindar sus servicios por igual a todos.

El 19 de agosto de 2022., GLAD fue coautor de un escrito de amigo de la corte con Lambda Legal Defense and Education Fund, el Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas (NCLR) y White & Case LLP, y se unió a la Campaña de Derechos Humanos (HRC) y la Grupo de trabajo nacional LGBTQ. El escrito sostiene que la exención amplia e ilimitada de la Ley Antidiscriminación de Colorado que buscan los peticionarios socavaría las protecciones fundamentales proporcionadas por las leyes estatales y federales de alojamiento público durante más de un siglo.

Aprende más.

Tucker contra la Capilla Bíblica de Fe

Nadie debería ser despedido por hablar en contra del acoso racial, y los empleadores no pueden abusar de la religión para dañar a los trabajadores y justificar la discriminación.

GLAD firmó un escrito de amigo de la corte presentado en el Tribunal del Décimo Circuito por el Centro Nacional de Derecho de la Mujer en apoyo de Gregory Tucker, un empleado de Faith Christian Academy (FCA) que fue despedido después de hablar en contra de la discriminación racial. La FCA está intentando despojar al Sr. Tucker de sus protecciones de derechos civiles utilizando la “excepción ministerial”, una doctrina diseñada para permitir que los lugares de culto contraten a sus propios líderes religiosos. Los argumentos presentados por la FCA son otro ejemplo peligroso de empleadores que buscan utilizar la religión como medio para negar a los empleados protección en el lugar de trabajo. Más antecedentes sobre el caso son disponible aquí.

Masterpiece Cakeshop contra la Comisión de Derechos Civiles de Colorado

El 4 de junio de 2018, la Corte Suprema de los Estados Unidos revocó el fallo original de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado por motivos específicos de Masterpiece Cakeshop y este caso, al determinar que la comisión no había actuado de manera imparcial cuando consideró originalmente el caso. Esta decisión se aplica únicamente a Masterpiece Cakeshop y, en términos generales, no permite que empresas similares discriminen. En esta decisión, la Corte afirmó la importancia de las leyes contra la discriminación y la necesidad de proteger a las personas LGBT de la discriminación.

El 5 de diciembre de 2017, la Corte Suprema de Estados Unidos escuchó los argumentos orales de este caso. Escuchar aquí o leer el transcripción.

El 30 de octubre de 2017, GLAD y el Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas (NCLR) presentaron un escrito amicus curiae. instando a la Corte Suprema de los Estados Unidos a confirmar la decisión de la Corte de Apelaciones de Colorado en 2014 de que Masterpiece Cakeshop discriminó ilegalmente a una pareja gay.

Este caso involucra a David Mullins y Charlie Craig, quienes visitaron Masterpiece Cakeshop en 2012, con la madre de Charlie, para pedir un pastel para la recepción de su boda. El dueño de la panadería, Jack Phillips, les informó que no podía venderles un pastel para su boda porque, por sus creencias religiosas, solo podía vender pasteles de boda a parejas de diferente sexo.

David y Charlie presentaron una denuncia ante la Comisión de Derechos Civiles de Colorado, que concluyó que la panadería había violado la ley de no discriminación de Colorado. La panadería no niega su política de negar el servicio a parejas homosexuales que buscan pasteles de boda y argumenta que tiene el derecho constitucional de hacerlo por motivos religiosos y de libertad de expresión.

El escrito presentado por GLAD y NCLR afirma que las leyes antidiscriminatorias como la de Colorado “buscan asegurar a los ciudadanos el acceso y el disfrute igualitario de los elementos fundamentales de la participación plena en la vida cívica: acceso a hogares, empleos y alojamientos públicos”, y que el La exención de las leyes contra la discriminación que busca la panadería "irá más allá de las vidas de las personas LGBT y dañará a sus hijos, familias y amigos".

La exención que busca la panadería “socavaría los objetivos convincentes de las leyes de alojamiento público, que fueron promulgadas basándose en el reconocimiento de que la discriminación que prohíben priva a las personas de su dignidad y niega a la sociedad los beneficios de una amplia participación en la vida política, económica y cultural. Instamos a la Corte a rechazar una norma que constitucionalizaría un nuevo derecho de las empresas comerciales a discriminar a las personas por su pertenencia a un grupo en particular”.

Como nación, decidimos hace mucho tiempo que los negocios abiertos al público deberían estar abiertos a todos en los mismos términos, y eso incluye a los clientes lesbianas, gays, bisexuales o transgénero. A nadie se le debe rechazar un negocio, negarle un servicio, despedirlo de su trabajo o desalojarlo de su casa simplemente por ser quién es.

Este caso ha sido presentado por la ACLU y el escrito amicus curiae se redactó con la ayuda de Pierce Atwood LLP.

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