
Derechos de los estudiantes LGBTQ+ en Maine
(Español)
Derechos de los estudiantes LGBTQ+ en Maine
Según la ley de Maine, las escuelas tienen la obligación afirmativa de “prevenir la discriminación en . . . la educación . . . por motivos de . . . sexo, orientación sexual o identidad de género . . . o discapacidad física o mental”. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4552 (énfasis añadido). Esta obligación de ser proactivos forma parte de un compromiso más amplio de salvaguardar “el derecho humano básico a una vida digna” y de “revisar todas las prácticas que vulneren [ese] derecho humano básico”. IdentificaciónLa ley de Maine también establece que todos los estudiantes tienen derecho a entornos escolares “seguros, protegidos y pacíficos” y exige que las escuelas desarrollen políticas para prevenir y abordar el acoso escolar. Me. Rev. Stat. tit. 20–A, § 6554Cuando las escuelas no cumplen con sus obligaciones, los estudiantes pueden sufrir las consecuencias del acoso, la intimidación y la discriminación, y las escuelas pueden ser responsabilizadas por las familias de los estudiantes maltratados.1
Según la ley federal y la ley de Maine, y según las Constituciones de los Estados Unidos y de Maine, los estudiantes tienen derecho a una educación sin importar su sexo, orientación sexual, identidad de género o condición transgénero, discapacidad física o mental, ascendencia, origen nacional, raza, color o religión.
Esta página se actualizó por última vez en septiembre de 2024. Estas páginas no constituyen asesoramiento legal; la ley puede ser complicada y la forma en que se aplica a su situación dependerá de las circunstancias específicas. contacto GLAD Respuestas con preguntas específicas.
Pasemos a:
- Resumen
- Descripción general de la ley de Maine
- Descripción general de la ley federal
- Descripción general del derecho constitucional
- ¿Qué significa decir que una escuela no puede discriminar a un estudiante por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género?
- Bullying y clima escolar
- Intervención no legal
- Presentación de quejas: acciones administrativas y legales
- Recursos
Resumen
Las escuelas de todo el estado incluyen estudiantes, padres, profesores y personal LGBTQ+. Aproximadamente el 6,8 por ciento de los adultos de Maine se identifican como LGBT. Ver USA Today, ¿Qué porcentaje de la población de EE. UU. es LGBTQ?; Andrew R. Flores y Kerith J. Conron, The Williams Institute, Población LGBT adulta en los Estados Unidos 2 (2023); ver también Departamento de Educación de Maine y Departamento de Salud y Servicios Humanos, Informe de la Encuesta Integrada de Salud Juvenil de Maine (MIYHS) sobre escuelas secundarias n.° 6 (2023)De hecho, la población escolar incluye estudiantes y familias de muchas creencias, orígenes y culturas.
Los datos sobre los estudiantes de Maine subrayan la importancia de que las escuelas tomen medidas afirmativas para prevenir y abordar el acoso, la discriminación y los entornos hostiles, como lo exige la ley. Informe de la Encuesta de salud juvenil integrada de Maine (MIYHS) de 2023 para escuelas secundarias, basado en encuestas estudiantiles administradas cada dos años, muestra que los estudiantes LGBTQ de secundaria tienen más probabilidades que otros estudiantes de:
Todos los estudiantes tienen derecho a acceder a las oportunidades que brinda una educación sólida. Crear y mantener un entorno de aprendizaje inclusivo no solo es lo correcto, sino que es la ley en Maine y en todo Estados Unidos.
Las políticas escolares suelen prohibir el acoso, el hostigamiento y la discriminación, dos situaciones que las escuelas tienen la obligación legal de prevenir. Los estudiantes merecen un entorno de aprendizaje seguro, no hostil.
- Ser amenazado o herido con un arma en la propiedad escolar (2023 MIYHS p. 92)
- No asistir a la escuela por temor a estar inseguro en la escuela o en el viaje a la escuela (identificación. a los 95)
- Estar en una pelea física en la propiedad de la escuela (identificación. a las 103)
- Ser acosado físicamente y en línea (identificación. a los 160, 165)
- Recibir comentarios ofensivos sobre su raza o etnia y su orientación sexual percibida o no conformidad con el género en su camino hacia o desde la escuela (identificación. a las 135, 145, 150)
El acoso y la intimidación tienen consecuencias. En comparación con sus compañeros, el aislamiento y el maltrato de los estudiantes LGBTQ los hace más propensos a tener sentimientos de tristeza y desesperanza que afectan su capacidad de aprender y funcionar. Identificación. a los 174 años. Más estudiantes LGBTQ también han contemplado, planeado o intentado seriamente suicidarse. Id. en 190, 195, 198.
No tiene por qué ser así. Las escuelas públicas deben ser un lugar donde todos los estudiantes puedan aprender. Los estudiantes LGBTQ+ de Maine tienen derecho a vivir como son: de manera abierta y segura en nuestras escuelas.
Todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQ+, pueden participar y aprovechar más sus experiencias escolares cuando los administradores, el personal y los maestros de la escuela los conocen a ellos y a sus familias y reconocen que pertenecen allí tanto como cualquier otra persona.2 Conocer y apoyar a los estudiantes y sus familias permite garantizar de forma más clara y sencilla un trato no discriminatorio y la igualdad de oportunidades para todos los estudiantes. De este modo, se mejoran los entornos escolares y los resultados educativos para todos.
En este documento se describen algunas de las leyes que refuerzan la igualdad de trato para todos los estudiantes y exigen que las escuelas prevengan y respondan ante el acoso, la intimidación y la discriminación. En particular, este documento cubre:
- Leyes estatales y federales (incluida la Ley de Derechos Humanos de Maine, la ley contra el acoso escolar de Maine y el Título IX federal) que protegen a los estudiantes de la discriminación, el acoso y la intimidación.
- Protecciones constitucionales que existen para todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQ+, incluida la Primera Enmienda (que protege la libertad de expresión y religión) y la Decimocuarta Enmienda (que establece la protección igualitaria de las personas ante la ley, entre otras cosas)
- Información relacionada con preguntas o problemas comunes que surgen para los estudiantes LGBTQ+, incluidos problemas relacionados con nombres y pronombres, instalaciones escolares, deportes, apariencia de los estudiantes, orientación escolar, GSA y participación de los padres.
- Opciones para que los estudiantes y las familias aborden la discriminación, el acoso y la intimidación cuando ocurren
Recuerde: como en la mayoría de las cosas, las leyes son palabras escritas a menos que estén respaldadas por acciones. En este contexto, las acciones incluyen que los líderes escolares establezcan y apliquen políticas y prácticas contra la discriminación y el acoso, que los educadores se aseguren de que cada estudiante tenga lo que necesita para prosperar, y que los estudiantes y las familias colaboren con las escuelas para crear entornos de aprendizaje seguros y de apoyo. Lo ideal es que todas las partes interesadas compartan el objetivo de que todos los jóvenes sean valorados y respetados en la escuela y puedan obtener la educación que merecen.
Los padres, maestros y otro personal escolar tienen un interés compartido en querer lo mejor para sus hijos o estudiantes.
Tanto las familias como las escuelas tienen un papel fundamental que desempeñar a la hora de apoyar a los jóvenes LGBTQ+ (como a todos los estudiantes) para que se sientan seguros, comuniquen sus necesidades en casa y en la escuela y se centren en el aprendizaje y el crecimiento.
Si está sufriendo acoso, intimidación o discriminación y desea hablar con alguien sobre su situación, consulte los recursos al final de este documento o comuníquese con la línea de información legal confidencial y gratuita de GLAD al 1-800-455-GLAD o visitar es:gladanswers.org.
Descripción general de la ley de Maine
¿Cómo se aplica la ley contra la discriminación de Maine a la educación?
La oportunidad educativa es tan fundamental para el éxito en la vida que Maine la ha declarado un “derecho civil”. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4601Maine tiene un compromiso proactivo con la prevención de la discriminación en la educación.3 Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4552.
Según la ley de Maine, los estudiantes no pueden ser discriminados (es decir, tratados de manera diferente, desfavorecidos o excluidos de las oportunidades y programas educativos en “instituciones educativas”) debido a quiénes son. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4601Citando la ley, esto significa que los estudiantes tienen los mismos derechos y acceso a “participar en todos los programas educativos, de asesoramiento y orientación vocacional [y] en todos los programas de aprendizaje y capacitación en el trabajo” sin tener en cuenta sus características personales. Identificación.
Maine prohíbe la discriminación basada en las características personales de un individuo: “sexo, orientación sexual o identidad de género, discapacidad física o mental, ascendencia, origen nacional, raza, color o religión”. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4602. (De manera similar, la ley federal aborda la discriminación por motivos de religión en virtud del Título IV de la Ley de Derechos Civiles de 1964; por motivos de raza, color y origen nacional en virtud del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964; por motivos de sexo en virtud del Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972; por motivos de discapacidad en virtud de la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y en virtud del Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990; y por motivos de edad en virtud de la Ley de Discriminación por Edad de 1975.4)
Si bien esta guía se centra en los estudiantes, el personal escolar también cuenta con una serie de protecciones en virtud de las leyes estatales y federales. Por ejemplo, la Ley de Derechos Humanos de Maine a nivel estatal y el Título VII a nivel nacional prohíben la discriminación en el empleo por motivos de orientación sexual e identidad de género. El Título IX también ofrece protección a muchos empleados escolares, así como a los estudiantes.
Puede encontrar más información en Sitio web de GLAD o en el sitio web de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU..
A modo de ejemplo, las leyes contra la discriminación implican que los estudiantes LGBTQ+ no pueden ser:
- Excluidos de la corriente educativa principal debido a las percepciones sobre sus capacidades;
- Disciplinado más severamente que otros estudiantes por los mismos actos que otros estudiantes;
- Tienen prohibido tomarse de la mano, realizar demostraciones públicas de afecto (PDA) o compartir su identidad si otros estudiantes pueden hacerlo;
- Ser objeto de un trato degradante (incluidos insultos, calumnias, ridículo, amenazas o agresiones) que interfiere con su capacidad de participar de manera significativa en las actividades académicas y otras ofertas de la escuela; o
- Ignorados, culpados o desestimados cuando plantean inquietudes al Coordinador del Título IX u otros adultos en la escuela.
A continuación se exploran más detalladamente otras formas en que las leyes contra la discriminación pueden proteger a los estudiantes LGBTQ+.
¿Qué escuelas de Maine están cubiertas por la ley estatal contra la discriminación?

La ley se aplica a:
- Todas las escuelas públicas. Ver Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4553(2-A);
- Cualquier escuela privada que esté aprobada para recibir fondos públicos para fines de matrícula. (Para los requisitos relacionados con la aprobación de fondos públicos para fines de matrícula por parte de escuelas privadas, ver Me. Rev. Stat. tit. 20-A, § 2951); y
- Todas las instituciones postsecundarias públicas de Maine, como los colegios comunitarios y las escuelas de la Universidad de Maine. Ver Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4553(2-A) (definición de educativo institución).
Quedan exentas del cumplimiento de los requisitos de no discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género todas aquellas organizaciones que sean “corporaciones, asociaciones o sociedades religiosas que no reciban financiación pública”. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4602.
¿Cómo define la ley de Maine la orientación sexual y la identidad o expresión de género?
La ley de Maine incluye las siguientes definiciones:
- Sexual orientación: “la heterosexualidad, bisexualidad u homosexualidad real o percibida de una persona”. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4553(9-C).
- Género identidad: “la identidad de género, la apariencia, los gestos u otras características relacionadas con el género de un individuo, independientemente del sexo asignado al nacer”. A mí. Estatuto Rev. Título 5, § 4553(5-C).
La Comisión de Derechos Humanos de Maine ha elaborado estas definiciones en su Memo sobre Interpretación de las disposiciones de la Convención sobre educación MHRA (13 de enero de 2016) (generalmente conocido como el Memorando Interpretativo del MHRC de 2016), que dice:
- Identidad de género significa “la creencia sincera y fundamental de un individuo con respecto a su género, ya sea que ese individuo se identifique como hombre, mujer, una mezcla de ambos, ninguno o de alguna otra manera” y si elige usar términos “como, por ejemplo… 'queer', 'genderqueer', 'bigénero', 'intersexual' o 'género fluido')”. *
- Expresión de género significa “la expresión externa de la identidad de género de un individuo, a través de medios como la ropa, el peinado, las joyas, la voz y el comportamiento”. **
- Orientación sexual incluye no sólo las orientaciones enumeradas en el estatuto de Maine, sino todas las orientaciones, incluidas (por ejemplo) aquellas que se identifican como asexuales.
* Tenga en cuenta que la terminología cambia rápidamente y muchas personas ahora usan el término “no binario”. Ver Instituto Williams, Adultos LGBTQ no binarios en Estados Unidos.
** Tenga en cuenta que a los estudiantes cuya expresión de género es considerada por algunos como “no conforme con el género” a veces se los denomina “de género expansivo”. Ver Bandera de la provincia, Glosario nacional.
Descripción general de la ley federal
¿Existen leyes federales que prohíban la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad o expresión de género?
Sí. Una de las más importantes es el Título IX de la Ley de Enmiendas a la Educación de 1972, que prohíbe la discriminación “por motivos de sexo” en las escuelas que reciben fondos federales. Ver Título 20 del Código de los Estados Unidos § 1681(Como se analiza en la siguiente sección, esto significa que el Título IX se aplica a las escuelas públicas y a muchas escuelas privadas).
Las escuelas no pueden tratar a una persona de manera diferente según su sexo ni limitar de otro modo el acceso a oportunidades según su sexo. Ver 34 CFR § 106.31La discriminación sexual puede incluir disciplina discriminatoria, acoso y violencia sexual, y acceso desigual a recursos educativos u oportunidades deportivas por motivos de sexo. El Título IX también prohíbe la discriminación basada en el embarazo o el estado familiar de una estudiante. Y las escuelas que no respondan adecuadamente a las violaciones del Título IX (específicamente, las escuelas que responden con "indiferencia deliberada") pueden ser consideradas responsables si las demandan los estudiantes o sus familias. Ver, por ejemplo, Davis v. Junta de Educación del Condado de Monroe, 526 Estados Unidos 629 (1999).
Las protecciones del Título IX se extienden más allá de los estudiantes, y también protegen a los empleados escolares y a los padres o tutores de la discriminación por motivos de sexo. Dado que el Título IX prohíbe a las escuelas tratar a una persona de manera diferente debido a su “sexo”, también prohíbe tratar a una persona de manera diferente debido a su orientación sexual e identidad y expresión de género. Obtenga más información sobre el Título IX.
En 2020, en el caso bostock v. Clayton Condado, 140 S. Ct. 1731 (2020)En un caso, la Corte Suprema de Estados Unidos interpretó una disposición de la Ley de Derechos Civiles llamada Título VII, que también prohíbe la discriminación por motivos de sexo en el lugar de trabajo. En ese caso, la Corte Suprema dictaminó que la protección del Título VII contra la discriminación por motivos de sexo incluye necesariamente una protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género. Identificación. en 1741. Como resultado, leyes como el Título IX que prohíben la discriminación sexual también son protecciones importantes para las personas LGBTQ+. Ver, p.ej, Grimm contra el Tribunal Superior del condado de Gloucester., 972 F.3d 586, 616 (4.º circuito, 2020); Whitaker contra Kenosha Unified Sch. Dist. No. 1 hab. de Educa., 858 F.3d 1034, 1049 (7.º Circuito 2017); Grabowski contra la Junta de Regentes de Arizona, 69 F.4th 1110, 1116 (9.º circuito, 2023).
Para obtener más información sobre el Título IX, consulte más información a continuación o visite la página del Departamento de Educación en Recursos para estudiantes LGBTQ+.
¿Qué escuelas están cubiertas por los requisitos del Título IX?

Dado que el gobierno federal proporciona fondos para muchas escuelas, el Título IX se aplica a todas las escuelas públicas y a muchas escuelas privadas. El Título IX también se aplica a todas las universidades públicas y a prácticamente todas las universidades privadas. Tenga en cuenta que las escuelas operadas por organizaciones religiosas pueden optar por no acogerse a las protecciones del Título IX. Ver Título 34 del Código de Reglamentos Federales § 106.12(b)Los estudiantes y los padres deben saber que tienen que hacer su propia tarea para aprender esto, porque no existe ningún requisito legal de proporcionar aviso al personal, a los estudiantes o al público.
Descripción general del derecho constitucional
La Constitución aborda de muchas maneras los derechos de los estudiantes en las escuelas, desde las inspecciones de los casilleros hasta la libertad de expresión y la censura. Comuníquese con GLAD Answers sobre estas u otras preguntas a través de nuestra línea de información legal:
1-800-455-GLAD
www.gladanswers.org
Además de las leyes estatales y federales, la Constitución de los Estados Unidos protege a los jóvenes en función de su orientación sexual e identidad de género. Algunas partes importantes de la Constitución para los estudiantes LGBTQ incluyen:
La Decimocuarta Enmienda
La Decimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos garantiza el derecho de todas las personas a la “igualdad de protección” ante la ley. Se aplica a los empleados de las escuelas públicas y otros actores gubernamentales, por lo que (por ejemplo) los maestros de las escuelas públicas no pueden tratar a los estudiantes LGBTQ+ de manera diferente a otras personas por ser LGBTQ+. La Decimocuarta Enmienda también cubre el trato desigual sobre la base de características como la raza y el sexo.
Los tribunales han dicho que las escuelas violan los derechos de protección igualitaria de los estudiantes LGBTQ+ de la Decimocuarta Enmienda cuando hacen cosas como prohibir a los estudiantes transgénero usar baños acordes con su identidad de género, o cuando no brindan a los estudiantes LGBTQ+ protección contra el acoso. Algunos ejemplos de estos casos incluyen: Grimm v. Gloucester Condado. Esc. Bd., 972 F.3d 586, 613–15 (4.º Cir. 2020); Whitaker v. Distrito Escolar Unificado de Kenosha N.º 1, Junta de Educación., 858 F.3d 1034 (7º Cir. 2017); Nabozni v. Podlesny, 92 F.3d 446 (7º Cir. 1996); ver también Flores v. Morgan Colina Unificado Esc. Distrito, 324 F.3d 1130, 1135 (9no Cir. 2003).
La primera enmienda
La Primera Enmienda es la fuente del derecho a la libertad de expresión y de expresión. En las escuelas públicas, los estudiantes pueden ejercer su derecho a hablar (por ejemplo, sobre su identidad o sobre temas que son importantes para ellos) y a expresarse, con algunas limitaciones.
Los tribunales han utilizado la Primera Enmienda para proteger los derechos de los estudiantes LGBTQ+ en, por ejemplo, casos sobre llevar a una pareja del mismo sexo al baile de graduación, casos sobre estudiantes que usan ropa acorde con su identidad o expresión de género y casos sobre estudiantes que expresan su apoyo a las personas LGBTQ+. Ver McMillen contra el distrito escolar del condado de Itawamba, 702 F. Supp. 2d 699 (ND Misisipi 2010); Fricke contra Lynch, 491 F. Sup. 381 (DRI 1980); Gillman v. Sch. Bd. para el condado de Holmes., 567 F. Supp. 2d 1359, 1361 (ND Fla. 2008).
La Corte Suprema de Estados Unidos ha dicho que las escuelas pueden limitar la libertad de expresión de los estudiantes en determinadas circunstancias, incluso cuando dicha libertad altera el entorno educativo, implica un desorden sustancial (o se prevé que lo hará) o invade los derechos de otros. Ver Tinker contra el Distrito Escolar Independiente de Des Moines, 393 Estados Unidos 503, 513 (1969). Por ejemplo, un tribunal federal que maneja casos de partes de Nueva Inglaterra (incluido Maine) dictaminó recientemente que una escuela actuó razonablemente al prohibir a un estudiante usar una camiseta que la escuela creía que era degradante para los estudiantes transgénero, porque la escuela predijo, basándose en su conocimiento de las experiencias de los estudiantes LGBTQ+, que interrumpiría significativamente el aprendizaje de algunos estudiantes. Ver LM contra la ciudad de Middleborough, 103 F.4th 854 (1.er Cir. 2024). Dependiendo de las circunstancias, las escuelas también podrán limitar la forma en que los docentes y otros miembros del personal se expresan. Ver Macrae contra Mattos, 106 F.4th 122 (1.ª circ. 2024) (confirmando el fallo de un tribunal inferior a favor de una escuela que despidió a una maestra después de predecir que sus publicaciones en las redes sociales causarían interrupciones en la escuela).
¿Qué significa decir que una escuela no puede discriminar a un estudiante por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género?
La Ley de Derechos Humanos de Maine protege el derecho de los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQ+, a participar en programas académicos, extracurriculares, deportivos, de investigación, de capacitación ocupacional y todos los demás programas educativos libres de discriminación por su orientación sexual, identidad de género, expresión de género u otras características protegidas. Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4601La ley también protege el derecho del estudiante a no sufrir discriminación durante el proceso de admisión y en la obtención de ayuda financiera. Ver Me. Rev. Stat. tit. 5, §§ 4602(1)(D), 4602(1)(E).
La Comisión de Derechos Humanos de Maine (MHRC) ha emitido una guía oficial sobre cómo las escuelas deben aplicar la Ley de Derechos Humanos de Maine para respetar la identidad de género de los estudiantes. Ver Maine Comisión de Derechos Humanos, Memorándum sobre Interpretación de las disposiciones de la Convención sobre educación MHRA (13 de enero de 2016)Esta orientación es importante dada la responsabilidad de las escuelas de prevenir la discriminación. Como se mencionó anteriormente, otras leyes estatales, leyes federales y decisiones judiciales también protegen los derechos de los estudiantes.
Atletismo

El MHRC dice: “Se debería permitir a los estudiantes competir en equipos de un solo sexo/género en función de su identidad de género”.5 Esta directriz está sujeta a otras leyes y reglas para deportes interescolares.
Por ejemplo, la Asociación de Directores de Escuelas Secundarias de Maine (MPA, por sus siglas en inglés) regula los deportes en las escuelas secundarias y establece que los estudiantes pueden ser elegibles para participar de acuerdo con su identidad de género o el sexo asignado al nacer (pero no ambos). Las escuelas individuales tienen la autoridad exclusiva para "verificar la identidad de género asignada al estudiante" con el propósito de participar en eventos patrocinados por la MPA, pero no pueden solicitar registros médicos o documentos oficiales para establecer la identidad de género de un estudiante. Manual de la Asociación de directores de escuelas de Maine 2024-2025, 39-40.
La Asociación Nacional de Atletismo Universitario (NCAA) regula la participación de los estudiantes en los deportes universitarios. Según la política de participación de personas transgénero de la NCAA adoptada en enero de 2022, el organismo rector nacional de cada deporte determina las reglas que rigen la competencia de los atletas estudiantes transgénero. Ver Asociación Nacional Atlética Universitaria (NCAA) Política de participación de estudiantes-atletas transgéneroEste enfoque está en consonancia con la política del Comité Olímpico Internacional. Ver id.
Se trata de un ámbito que cambia rápidamente; contacto GLAD Respuestas para más información.
Instalaciones escolares
La MHRC dice: “Se debe permitir a los estudiantes usar el baño, el vestuario y las duchas correspondientes a su identidad de género”, incluso cuando su identidad de género difiere del sexo asignado al nacer. Esto también es coherente con el fallo del Tribunal de Justicia de Maine en Doe contra Reg'l Sch. Unidad 26, 86 A.3d 600 (Me. 2014) En un fallo que determinó que una escuela violó la Ley de Derechos Humanos de Maine cuando le negó a una niña transgénero el acceso al baño de niñas, los tribunales federales de todo el país han fallado a favor de los estudiantes al determinar que las escuelas violan la ley cuando impiden a los estudiantes transgénero usar el baño de acuerdo con su identidad de género.6
Al publicar las nuevas regulaciones del Título IX, el Departamento de Educación de EE. UU. aclaró además que los estudiantes transgénero tienen derecho a acceder a espacios segregados por sexo, como baños y vestuarios, de acuerdo con su identidad de género. No discriminación por motivos de sexo, 89 Fed. Reg. 33818 (29 de abril de 2024)Las directrices de la Asociación Nacional de Juntas Escolares también han alentado a las escuelas a esperar regulaciones y directrices federales “que exigen expresamente que las escuelas permitan a los estudiantes usar baños y vestuarios que sean coherentes con su identidad de género”. Ver Escuela Nacional Asociación de Juntas, Orden Ejecutiva sobre Prevención y lucha contra la discriminación basada en sobre identidad de género u orientación sexual (20 de enero de 2021), 2.
Las escuelas pueden tomar medidas para brindar a cualquier estudiante, sea LGBTQ+ o no, la opción de usar instalaciones que brinden privacidad adicional (como usar un baño individual o instalar vestuarios con cortinas en un vestuario). No hace falta decir que la conducta inapropiada de cualquier estudiante de cualquier tipo puede y debe abordarse. Pero las escuelas no pueden exigir que un estudiante use instalaciones separadas en función de su identidad de género. Múltiples tribunales federales han confirmado políticas que permiten a los estudiantes transgénero usar los baños de acuerdo con sus identidades de género contra impugnaciones que argumentan que dichas políticas violan los derechos de privacidad de otros estudiantes.7
Nombres y pronombres
Muchas escuelas tienen políticas que especifican que los padres pueden solicitar adaptaciones y/o hacer un plan con el estudiante y el personal escolar para garantizar la integración del estudiante en la escuela. Estas políticas reflejan la realidad de que las escuelas, incluidos los maestros, entrenadores y otro personal, tienen la obligación de garantizar la igualdad de oportunidades educativas para todos los estudiantes y evitar la discriminación.
La Comisión de Derechos Humanos de Maine sugiere que un estudiante o padre notifique claramente a su escuela, por escrito, que solicita al personal escolar que utilice el nombre y los pronombres elegidos por el estudiante. Luego, en adelante, la escuela y su personal “utilizarán el nombre y los pronombres preferidos del estudiante de acuerdo con su identidad de género” en todos los documentos y en todas las comunicaciones. Ver Comisión de Derechos Humanos de Maine, Memorándum sobre la interpretación de la educación Disposiciones de la MHRA (13 de enero de 2016)La única excepción a esta regla es el expediente oficial del estudiante, que debe llevar el nombre legal del estudiante a menos que sea cambiado por orden judicial. Ver identificación.
Dada la obligación legal de los empleados públicos en las escuelas de prevenir la discriminación y garantizar un ambiente de aprendizaje positivo, esta guía también sugiere que los empleados están “obligados a dirigirse al estudiante por el nombre elegido por el estudiante y usar pronombres consistentes con la identidad de género del estudiante”. Ver id. El “patrón de negativa de una escuela a reconocer la identidad de género de un estudiante”, evidenciado por la falta de uso de “su nombre y pronombres elegidos”, puede constituir una violación de la Ley de Derechos Humanos de Maine. Ver id.
Los estudiantes de 18 años o más (o los padres de estudiantes menores de 18 años) pueden, en algunas circunstancias, usar la Ley Federal de Derechos Educativos y Privacidad (FERPA) para solicitar la alteración de su nombre o marcador de género en los registros escolares si creen que los registros son inexactos, engañosos o violan los derechos de privacidad de los estudiantes. Ver Título 34 del Código de Reglamentos Federales, §§ 99.20, 99.7(a)(2)(ii)Los padres o estudiantes mayores de 18 años también tienen derecho a solicitar una audiencia para cambiar el contenido de sus registros escolares, incluido el nombre y los pronombres del estudiante. Título 34 del Código de Reglamentos Federales, artículo 99.21.
Cuando un estudiante es menor de 18 años y en algunas otras circunstancias, la FERPA permite a los padres acceder a los registros del estudiante si lo solicitan. Los estudiantes a menudo intentan usar diferentes nombres, apodos o iniciales en la escuela sin problemas. Los estudiantes deben considerar seriamente hablar con un adulto de confianza en su escuela antes de solicitar que se cambien sus registros. Idealmente, si los padres de los estudiantes no están al tanto de que cuestionan o afirman un género diferente, los estudiantes buscarían el apoyo de la persona designada en una política escolar sobre estudiantes transgénero, como el consejero o un trabajador social en la escuela, para encontrar una manera de compartir esta parte de sí mismos con sus padres o tutores.
Apariencia del estudiante
Como explica la guía oficial, a los estudiantes “se les debe permitir vestirse de una manera coherente con [su] identidad de género”. Ver Comisión de Derechos Humanos de Maine, Memorándum sobre la interpretación de la educación Disposiciones de la MHRA (13 de enero de 2016)Si la escuela tiene un código de vestimenta, “el código de vestimenta debe aplicarse al estudiante de acuerdo con su identidad de género”. Ver id.
Colaboración entre la escuela y los padres

En algunos casos, puede haber dificultades para que un estudiante, sus padres o tutores y su escuela lleguen a un acuerdo sobre lo que mejor ayudará al estudiante. Si usted y sus padres están de acuerdo y tienen dificultades para lograr que su escuela comprenda su punto de vista, Vea las sugerencias de GLAD sobre los pasos que pueden tomar juntos.
En otras ocasiones, los estudiantes pueden buscar apoyo en la escuela antes de pedirlo en casa, y pueden pedir a las escuelas apoyo para hablar con sus padres o tutores sobre diversos temas. En situaciones en las que un padre o tutor puede no estar de acuerdo con la forma en que su hijo expresa su identidad de género u orientación sexual en la escuela, la Comisión de Derechos Humanos de Maine recomienda que las escuelas intenten, siempre que sea posible, cumplir los deseos de los estudiantes. Mientras están en la escuela. En la práctica, las escuelas probablemente considerarán las circunstancias individuales del estudiante, como su edad, su madurez, su compromiso con la escuela, lo que la escuela escucha del estudiante y de su familia y cualquier otra información relevante sobre cómo proceder.
Al igual que los estudiantes tienen ciertos derechos bajo la ley, también los tienen los padres. Y los padres pueden monitorear el progreso de un niño en casa, en los portales escolares y reuniéndose con los maestros o el personal. Los padres suelen tener relaciones sólidas con sus hijos y los conocen lo suficientemente bien como para percibir cuándo hay algo que necesitan discutir. Muchas escuelas quieren colaborar con los padres como socios. Lo ideal es que el personal escolar y los padres puedan comunicarse entre sí para entender cómo ayudar a cada niño a tener éxito en la escuela.
Cuando surgen desacuerdos, puede ser útil recordar que los padres y maestros, los administradores y el personal escolar quieren que los estudiantes sean felices, saludables y exitosos, dentro y fuera del aula. Los padres siempre serán maestros para sus hijos. Y si bien los padres pueden enseñar y enseñan sus valores a sus hijos en casa, las escuelas tienen que administrar a sus estudiantes y las operaciones escolares. Es por eso que los tribunales rechazan abrumadoramente las afirmaciones de que los padres pueden dirigir las prácticas diarias de las escuelas en función de sus creencias sobre cómo los educadores deben hacer su trabajo.
GSA
Una ley federal llamada “Ley de Acceso Igualitario” (“EAA”) dice que si una escuela secundaria permite que al menos un grupo de estudiantes no curriculares se reúna durante el tiempo no instructivo (como antes o después de la escuela, o durante el almuerzo), la escuela no puede negar el acceso igualitario a los estudiantes que deseen reunirse sobre la base del “contenido religioso, político, filosófico o de otro tipo del discurso” en su reunión. Título 20 del Código de los Estados Unidos, artículo 4071Los grupos deben ser iniciados y dirigidos por estudiantes, incluso si cuentan con un asesor adulto. Por ejemplo, las escuelas no pueden discriminar a una Alianza de Género y Sexualidad (GSA) solo porque aborde cuestiones relacionadas con estudiantes LGBTQ+.8
Una escuela puede limitar cualquier club no curricular cuando sus propias actividades alteren considerablemente el ambiente escolar. Sin embargo, la oposición de la comunidad no es una base para limitar un club formado en virtud de la EAA.
Orientación escolar
Los consejeros escolares y los trabajadores sociales están obligados por ley a mantener confidencial cualquier información que un estudiante comparta con ellos como parte de su asesoramiento. Ver Me. Rev. Stat. tit. 20-A, § 4008Existen algunas excepciones a esta regla (por ejemplo, si el consejero cree que existe un peligro “claro e inminente” para el estudiante o para otras personas, o si se le exige que haga un informe relacionado con el abuso o la negligencia infantil). Los estudiantes pueden pedirle a su consejero escolar o trabajador social que les explique cuándo deben brindar información a otro adulto.
“Los niños necesitan ser respetados en la escuela para poder participar y aprender en la escuela. No se trata de lo que los adultos piensan sobre el viaje que emprenden estos niños; lo que importa es lo que el estudiante necesita”.
– B., padre de un estudiante transgénero de secundaria en el condado de York
En Maine, los menores de 18 años pueden dar su consentimiento por sí mismos para recibir ciertos tipos de atención médica, incluida la terapia por consumo de sustancias o problemas emocionales o psicológicos, incluso fuera de la escuela. Me. Rev. Stat. tit. 22, § 1502. (Dependiendo de las circunstancias, los menores también pueden dar su consentimiento para recibir otros tipos de atención médica. Si tiene preguntas, GLAD Answers puede brindarle más información).
En 2019, Maine promulgó una ley que protege a los jóvenes LGBTQ+ de la práctica de la “terapia de conversión”, por la cual los profesionales médicos y de salud mental autorizados tienen prohibido intentar cambiar la orientación sexual o la identidad de género de un menor. Esta prohibición se extiende a los trabajadores sociales y consejeros escolares, quienes pueden enfrentar medidas disciplinarias por publicitar u ofrecer terapias de conversión. Ver Estatuto Rev. de Me., título 20-A, § 13020.
Bullying y clima escolar
La mayoría de los docentes comparten un valor importante: quieren lo mejor para sus alumnos. El estado tiene el compromiso de garantizar el éxito de los estudiantes y de brindarles oportunidades iguales y equitativas.
Con estos fines, el MDOE busca hacer que las escuelas sean "lo más seguras posible" con un "nivel de seguridad física y emocional que todos los padres desean para sus hijos". La cultura escolar y la perspectiva de la escuela sobre la disciplina están íntimamente conectadas.
Leyes de Maine sobre acoso e intimidación
En 2012, Maine aprobó una ley integral contra el acoso escolar. Ver Me. Rev. Stat. tit. 20-A, § 6554Además, la Ley de Derechos Humanos de Maine, analizada anteriormente en la descripción general de la legislación de Maine, protege el derecho de los estudiantes a no sufrir discriminación en la educación. Ver Me. Rev. Stat. tit. 5, § 4601El acoso y la intimidación basados en la orientación sexual, la identidad de género y otras características protegidas también pueden violar la Ley de Derechos Humanos de Maine, dependiendo de su naturaleza y gravedad.
La ley integral contra el acoso escolar de Maine prohíbe el acoso escolar en las instalaciones escolares y, a veces, fuera de ellas cuando el comportamiento está vinculado a los derechos del estudiante en la escuela. Ver Me. Rev. Stat. tit. 20-A, § 6554(3).
Las escuelas son entornos únicos en los que la seguridad, el aprendizaje y el éxito de los jóvenes son el centro de atención. La ley contra el acoso escolar consagra esa aspiración al declarar: “Todos los estudiantes tienen derecho a asistir a escuelas públicas que sean entornos seguros, protegidos y pacíficos”. Identificación.
Además, la Corte Suprema de Estados Unidos ha reconocido que las escuelas tienen un interés significativo en regular “el acoso o la intimidación grave o severo dirigido contra individuos específicos”. Distrito Escolar del Área de Mahanoy contra BL, 594 Estados Unidos 180, 188 (2021).
El Sitio web del MDOE Incluye información sobre las leyes y políticas anti-bullying del estado, así como datos reportados al estado sobre incidentes de bullying y herramientas para la prevención.
Tipos de bullying prohibidos
El acoso suele coincidir con el hostigamiento y la discriminación, y la Legislatura consideró importante aclarar que, independientemente de cómo se lo denomine, no es aceptable discriminar a las personas por sus “características personales”. La ley contra el acoso es más amplia que la ley contra la discriminación y prohíbe el acoso basado en:
“Un estudiante actual o percibido raza; color; religión; origen nacional; ascendencia o etnicidad; orientación sexual; estatus socioeconómico; edad; discapacidad física, mental, emocional o de aprendizaje; género; identidad y expresión de género; apariencia física; peso; estado familiar; u otras características personales distintivas”. Ver Me. Rev. Stat. tit. 20-A, § 6554(2)(B)(3) (énfasis añadido).
También prohíbe el acoso basado en la conducta de un estudiante. asociación con alguien que tiene una o más de estas características reales o percibidas. Ver Yo. Reverendo. Estatuto título 20-A, § 6554(2)(B)(3). Y por último, la ley prohíbe el acoso escolar incluso cuando no se base en ninguna de estas características.
El acoso incluye, entre otros, cualquier comunicación (escrita, oral o electrónica) o acto físico o gesto que:
- Le cause daño a usted o a su propiedad, o le genere un temor razonable de sufrir daño;
- Crea un ambiente escolar intimidante u hostil; o
- Interfiere con su rendimiento académico o su capacidad para participar en actividades escolares. Ver Me. Rev. Stat. tit. 20-A, § 6554(2)(B)
Dónde está prohibido el acoso
La ley prohíbe el acoso escolar en las instalaciones escolares, que incluyen, además de la escuela y sus propiedades circundantes:
- Vehículos de transporte relacionados con la escuela;
- Otras propiedades donde se llevan a cabo actividades, funciones, programas, instrucción o capacitación patrocinadas por la escuela; y en cualquier otro lugar o “a través del uso de tecnología” si ese acoso interfiere con la participación o el desempeño de un estudiante en la escuela o crea un ambiente hostil en la escuela para el estudiante. Me. Rev. Stat. tit, 20-A, §§ 6554(2)(B)(2), 6554(2)(E), 6554(3), 6554(4)(B).
Obligaciones de las escuelas ante la ley antibullying
La ley exige que las escuelas adopten medidas afirmativas para abordar el problema del acoso escolar. Las escuelas deben desarrollar políticas y procedimientos para prevenir el acoso escolar y el acoso cibernético y abordarlo cuando ocurra. Ver Yo. Rev. Stat. título 20-A, § 6554(5-9). Y cuando ocurre un caso de acoso escolar, los miembros del personal escolar, los entrenadores y los asesores están obligados a informarlo al director de la escuela o al personal correspondiente.
La escuela debe contar con un proceso para comunicar a los padres de un estudiante que haya sido víctima de acoso escolar las medidas que ha tomado la escuela para garantizar la seguridad del estudiante y prevenir futuros actos de acoso escolar. La escuela también debe proporcionar servicios de reducción de daños y derivaciones para todos los estudiantes involucrados en incidentes de acoso escolar. Las escuelas que no protegen a los estudiantes del acoso, el hostigamiento y la discriminación contra las personas LGBTQ+ perjudican a los jóvenes, a sus familias y a sus comunidades. También se exponen a responsabilidades legales.9
¿Qué otras leyes requieren que las escuelas creen entornos seguros y eviten daños?
Como se mencionó anteriormente, la ley federal (incluido el Título IX) y la Ley de Derechos Humanos de Maine protegen los derechos de los estudiantes a aprender sin discriminación. La prohibición del acoso sexual del Título IX incluye conductas que sean “tan graves o generalizadas que limiten o nieguen la capacidad de una persona para participar o beneficiarse de” su programa o actividad educativa; en otras palabras, conductas que generen un entorno hostil. Título 34 del Código de Reglamentos Federales, artículo 106.2. La Sección de Oportunidades Educativas de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los EE. UU. y la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de los EE. UU. han afirmado que harán cumplir la ley cuando las escuelas no cumplan con sus obligaciones al no garantizar un entorno escolar seguro para todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQ+, en todos los aspectos de la educación. Ver Departamento de Justicia de EE. UU. y Departamento de Educación de EE. UU., Cómo afrontar el acoso anti-LGBTQ+ en las escuelas (2021). Ver también A NOSOTROS Departamento de Educación, Título IX y Discriminación sexual (2021).
De manera similar, la Comisión de Derechos Humanos de Maine dice que el acoso que se basa en una clase protegida (que incluye sexo, orientación sexual e identidad de género) y que crea un ambiente hostil puede ser discriminación prohibida por la Ley de Derechos Humanos de Maine (dependiendo de las circunstancias específicas). Ver Comisión de Derechos Humanos de Maine, Derechos de los estudiantes según la Ley de Derechos Humanos de Maine.
Creando climas positivos

Las escuelas pueden tomar medidas para cumplir con sus obligaciones bajo la ley mediante la promulgación de políticas que promuevan la inclusión y eviten el acoso, el hostigamiento y la discriminación. Los estudiantes y las familias pueden abogar por dichas políticas si aún no existen y pueden alentar a las escuelas a ser transparentes sobre cómo están satisfaciendo las necesidades de todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQ+. Además, los estudiantes y las familias pueden alentar a las escuelas a establecer una Alianza de Género y Sexualidad (GSA). Los estudiantes en escuelas con GSA informan que perciben una mayor seguridad escolar y menos acoso homofóbico.10 Para obtener más información, consulte Descripción general de GLAD sobre las GSA en las escuelas
Intervención no legal
¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?
Busque ayuda
Es difícil para todos los que se sienten maltratados o aislados en la escuela. Para los estudiantes, es importante recurrir a amigos, familiares y personal de la escuela para recibir apoyo y resolver problemas. Busque a alguien con quien se sienta seguro. Si no sabe a quién recurrir, considere la posibilidad de recurrir a la enfermera de la escuela, al trabajador social, al consejero u otras personas que lo conozcan y que sean abiertas y apoyen a las personas LGBTQ+.
Hablar él a través de con aliados
Las escuelas deberían ser lugares donde todos los estudiantes puedan prosperar. Si el personal de la escuela sabe lo que está sucediendo, es posible que pueda intervenir de manera informal y poner fin a la conducta problemática. Necesitan saber qué está sucediendo y que la conducta te está molestando para que puedas hablar al respecto, identificar algunas estrategias de afrontamiento y restablecer tu sentido de pertenencia y seguridad. Si crees que la conducta hacia ti se debe a tu identidad (incluida tu orientación sexual, identidad de género o expresión de género) o cualquier otra característica personal, es imperativo que busques ayuda.
Usar políticas y ley
Las leyes, políticas y pautas federales y de Maine pueden ayudarlo a establecer expectativas básicas sobre su tiempo en la escuela. Como mínimo, las escuelas deben recibir a todos los jóvenes y tratarlos con respeto. Sin embargo, los estudiantes, sus familias, el personal escolar y la comunidad deben trabajar para crear una cultura escolar que incluya y respete a todos.
Hay muchos recursos para los distritos escolares que buscan crear o actualizar políticas para promover la inclusión y prevenir el acoso, el hostigamiento y la discriminación.
Por ejemplo, el Distrito de Administración Escolar de Maine (MSAD) 30 en el condado de Penobscot tiene políticas ACAA sólidas relacionadas con el acoso, incluido el acoso sexual de estudiantes. Ver MSAD 30, Acoso y acoso sexual de estudiantes. MSAD 30 también tiene directrices sólidas para fomentar un entorno de aprendizaje seguro e inclusivo para estudiantes transgénero y de género no conforme. Ver MSAD 30, Pautas para estudiantes transgénero y no conformes con su género. RSU 21 tiene una Política similar.
Las leyes federales y de Maine, así como las políticas y orientaciones del MDOE y del MHRC, establecen expectativas sobre cómo se recibe y se trata a los jóvenes en la escuela. Al mismo tiempo, es necesario que los estudiantes, sus familias, el personal escolar y la comunidad hagan realidad esas expectativas.
Cuando los medios de reparación fallan, o cuando el comportamiento hacia un estudiante es lo suficientemente grave o generalizado como para privarlo de la oportunidad de aprender y participar en las mismas condiciones que los demás, la ley puede proporcionar una herramienta para solucionar el problema.
Considere si existen herramientas que podrían ayudar a proporcionar lo que necesita.
Los padres y los estudiantes podrán solicitar planes de apoyo estudiantil para abordar necesidades específicas de cada estudiante.
Además, algunos estudiantes y familias pueden querer explorar la posibilidad de generar apoyo para el estudiante a través de un Programa Educativo Individualizado (IEP) preexistente o un plan 504, o establecer un plan de este tipo para un estudiante que aún no tiene uno. Las escuelas tienen la obligación de crear un entorno no discriminatorio para los estudiantes, independientemente de si tienen un plan 504, IEP u otro plan de apoyo. Sin embargo, en algunas circunstancias, puede ser útil establecer un plan para adaptaciones o apoyo específicos. Por ejemplo, los planes podrían prever el uso del nombre elegido por el estudiante y el acceso a los baños adecuados, o descansos por estrés para un estudiante que lidia con la ansiedad. Este tipo de planes pueden ser beneficiosos incluso cuando una escuela apoya a un estudiante transgénero, y puede ser útil tener desarrollados algunos planes (como un 504 o IEP) en caso de que el estudiante alguna vez se mude a otra escuela.11
Hace el La discriminación, la intimidación o el acoso aumentan a a nivel dónde tú son inseguro ¿Está en la escuela, no puede participar o concentrarse en sus clases, o está evitando la escuela o las actividades escolares? Si es así, consulte las políticas de su escuela (como el manual del estudiante o la política de no discriminación de la escuela) y asegúrese de seguir las instrucciones sobre a quién notificar y cómo. Esta persona podría ser, por ejemplo, un subdirector o un coordinador del Título IX u otros. Comparta las fechas, el lugar, los participantes y las circunstancias que rodearon el incidente o los incidentes lo mejor que pueda. Es difícil que alguien solucione su situación sin saberlo. Las escuelas están obligadas a tomar medidas correctivas para abordar el acoso, el hostigamiento y la discriminación, y pueden enfrentar responsabilidades si son deliberadamente indiferentes a las quejas. Davis en. Junta de Educación del Condado de Monroe, 526 Estados Unidos 629 (1999).
Asegúrese de realizar un seguimiento, por escrito, de lo que comparte con los funcionarios de la escuela. Por ejemplo, si se reúne con un miembro del personal que está investigando la situación, escriba notas sobre cuándo se reunió, qué compartió con él y qué le dijo sobre las opciones y sobre cómo volver a comunicarse con usted con una respuesta. Siempre es útil tener un registro escrito, incluidas todas las comunicaciones electrónicas, para que no haya confusión más adelante.
Si las personas que se supone que deben ayudar no lo hacen, o no lo hacen, es posible que desee escribir al director y al superintendente y pedirles que se tomen medidas para poner fin a los comportamientos problemáticos para que pueda volver a participar plenamente en la escuela.
Intervención Administrativa y Jurídica
Existen varios procesos para presentar una queja o emprender acciones legales contra las escuelas que practican o no previenen o abordan el acoso, el hostigamiento y la discriminación. La opción más adecuada para usted puede depender de sus circunstancias específicas, incluida la naturaleza de los incidentes problemáticos y qué ley(s), si las hay, cree que se han violado. En algunos casos, puede haber múltiples opciones disponibles.
La ley contra el acoso escolar de Maine no le proporciona un mecanismo legal para demandar a otros estudiantes o maestros por incidentes de acoso escolar. Sin embargo, puede presentar una queja por discriminación o acoso en virtud de la Ley de Derechos Humanos de Maine o el Título IX contra su escuela y sus líderes si su escuela no responde ni rectifica el acoso escolar, la discriminación y el hostigamiento. Antes de presentar una queja por discriminación, debe notificar a la administración de la escuela y darles la oportunidad de abordar la situación.
Puede comunicarse con el Departamento de Educación de Maine para obtener más información en (207) 624-6600 (Pregunte por el Oficial de Acción Afirmativa).
Si cree que se han violado sus derechos conforme a la ley antidiscriminación de Maine, puede presentar una queja ante la Comisión de Derechos Humanos de Maine. (Los estudiantes menores de 18 años deberán presentar la queja a través de sus padres o tutores). Debe presentar la queja dentro de los 300 días a partir de la fecha de la discriminación. Ver 5 SRA. § 4611.
Las quejas deben enviarse a:
Comisión de Derechos Humanos de Maine
Estación State House 51 Augusta, Maine 04333
www.maine.gov/mhrc/file
Si cree que se han violado sus derechos bajo el Título IX, puede presentar una queja ante el coordinador del Título IX de su escuela.
Si todas estas acciones fallan, también puede considerar la posibilidad de emprender acciones legales. Esta área de la ley es complicada y presenta desafíos emocionales. Puede comunicarse con GLAD para obtener más información y referencias de abogados.
ALEGRE Respuestas
(800) 455-CONTENTO (4523)
www.glad.org
Recursos
Proteja sus derechos
Comisión de Derechos Humanos de Maine
(207) 624-6290
www.state.me.us/mhrc
Departamento de Educación de Maine
(207) 624-6600
www.maine.gov/doe
Más sobre sus derechos
Grupos de apoyo y defensa de los derechos LGBTQ+
Abogados y defensores legales GLBTQ (GLAD)
GLAD Respuestas: (800) 455-GLAD (4523)
www.gladanswers.org
Generales: (617) 426-1350
www.glad.org
FUERA Maine
(800) 530-6997
info@outmaine.org
www.outmaine.org
Igualdad Maine
(207) 761-3732
www.igualdadmaine.org
Red transgénero de Maine
https://www.mainetrans.net/
info@mainetransnet.org
PFLAG Portland
https://pflagportlandmaine.org
portlandmainepflag@gmail.com
Nuevos comienzos
(207) 795-4077
www.newbeginmaine.org
Portland absoluta
(207) 558-2429
www.portlandoutright.org
Total Los Ángeles
(207) 795-8956
www.outrightla.org
Fundación para la Igualdad de Jóvenes Trans
(207) 478-4087
contacto@transyouthequality.org
Recursos del Departamento de Educación de Maine
Otros recursos
Centro Frannie Peabody
Prueba de VIH: (207) 749-6818
prevención@peabodycenter.org
Red de acción juvenil de Maine
www.myan.org
Coalición de Maine para poner fin a la violencia doméstica (MCEDV)
Línea de ayuda: (866) 834-HELP (4357)
Generales: (207) 430-8334
info@mcedv.org
www.mcedv.org
Coalición de Maine contra la agresión sexual (MECASA)
800-871-7741
www.mecasa.org
- Ver, p.ej, Nabozny contra Podlesny, 92 F.3d 446 (7th Cir. 1996) (fallo que establece que las escuelas tienen la responsabilidad de proteger a los estudiantes del abuso verbal y físico antigay) (resuelto después del fallo); Henkle contra. Gregory, 150 F. Supp. 2d 1067 (D. Nev. 2001) (que busca hacer cumplir el derecho de un estudiante conforme a la Primera Enmienda de estar afuera en la escuela); Flores contra Morgan Hill Unified Sch. Dist., 324 F.3d 1130 (9th Cir. 2003) (en la que se determina que una escuela está obligada a tomar medidas significativas para poner fin al acoso anti-gay si la escuela sabe que dicho acoso está ocurriendo); Wadington contra Holmdel Twp. Bd. de Educa. (Nueva Jersey, resuelto en 2008) (argumentando a favor del derecho de un estudiante a estar protegido contra el acoso antigay bajo la Ley contra la Discriminación de Nueva Jersey). Ver también Praveena Somasundaram, acuerdo por $9,1 millones después de que una niña de 12 años acosada muriera por suicidio, The Washington Post, 28 de julio de 2023, https://www.washingtonpost.com/nation/2023/07/28/mallory-grossman-bullying-lawsuit-settlement/ (última visita el 16 de agosto de 2024). ↩︎
- GLAD ha explicado la perspectiva de los superintendentes escolares sobre por qué las relaciones de confianza entre estudiantes y educadores, y un clima escolar positivo en general, son fundamentales para la misión de las escuelas en un escrito amicus presentado ante el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Primer Circuito. Ver https://www.glad.org/positive-school-climate-is-crucial-to-educational-success-mass-tells-appeals-court/. ↩︎
- Hay una serie de medidas que las escuelas pueden adoptar para evitar la discriminación. Crear un clima escolar positivo (que incluya valorar a los estudiantes por lo que son) puede generar una mayor sensación de seguridad y pertenencia y mejores resultados académicos. Ver Jack K. Day y otros. Alianzas entre homosexuales y heterosexuales, políticas inclusivas y clima escolar: experiencias de apoyo social y acoso escolar de jóvenes LGBTQ, 30 J. de Investigación sobre la Adolescencia 418, 419 (2020); Joseph G. Kosciw, et al., Reflexiones sobre resiliencia: apertura sobre la orientación sexual y/o la identidad de género y su relación con el bienestar y los resultados educativos de los estudiantes LGBT, 55 Am. J. de Psicología Comunitaria 167 (2014). Ver también Kia Darling-Hammond y Linda Darling-Hammond, Escuelas solidarias e inclusivas, en The Civil Rights Road to Deeper Learning, pág. 40 (Teachers College Press 2022) (descubriendo que un clima escolar positivo puede mejorar las calificaciones). ↩︎
- Para obtener más información, consulte los sitios web de la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de los EE. UU. y del Departamento de Justicia de los EE. UU.: https://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/frontpage/pro-students/protectingstudents.html; https://www.justice.gov/crt/types-educational-opportunities-discrimination#:~:text=Title%20IV%20of%20the%20Civil,and%20institutions%20of%20higher%20education ↩︎
- Las políticas de Maine que permiten a los estudiantes competir en deportes en función de su identidad de género también son coherentes con fallos recientes de la corte federal. Véase BPJ v. W. Va. State Bd. Of Educ., 98 F.4th 542 (4th Cir.2024); Hecox contra Little, 79 F.4th 1009, 104 F.4th 1061 (9.º Cir. 2023), petición de cert. presentada (15 de julio de 2024) (No. 24-38). ↩︎
- Por ejemplo, ver: Grimm contra el Tribunal Superior del condado de Gloucester., 972 F.3d 586, 619 (4to Cir. 2020); Whitaker contra el Distrito Unificado de Kenosha Distrito Escolar No. 1, Junta de Educación., 858 F.3d 1034, 1050 (7.º Cir. 2017); AC contra el Distrito Escolar Metropolitano de Martinsville, 75 F.4th 760, 764 (7º Cir. 2023). ↩︎
- Por ejemplo, ver: Padres por la Privacidad contra Barr, 949 F.3d 1210, 1217 (9th Cir. 2020) (que sostiene que “no existe un derecho fundamental a la privacidad de la Decimocuarta Enmienda para evitar todo riesgo de exposición íntima a o por una persona transgénero”); Doe contra el Distrito Escolar del Área de Boyertown., 897 F.3d 518, 521 (3d Cir. 2018) (la política del distrito escolar que permite a los estudiantes transgénero usar baños acordes con sus identidades de género no violó los derechos de privacidad de los estudiantes demandantes y no violó el Título IX). Véase también Whitaker, 858 F.3dat 1052 (explicando que “[e]l sentido común nos dice que el baño comunitario es un lugar donde las personas actúan de manera discreta para proteger su privacidad y aquellos que tienen verdaderas preocupaciones sobre la privacidad pueden utilizar un cubículo”). ↩︎
- Para obtener más información sobre la Ley de Igualdad de Acceso, consulte Recursos de GLAD sobre las GSA o el Kit de herramientas del Departamento de Educación de EE. UU.: Creación de entornos escolares inclusivos y no discriminatorios para estudiantes LGBTQI+. ↩︎
- Ver, por ejemplo, Praveena Somasundaram, Acuerdo por $9,1 millones después de que una niña de 12 años acosada se suicidara. The Washington Post (2023), https://www.washingtonpost.com/nation/2023/07/28/mallory-grossman-bullying-lawsuit-settlement/ (última visita el 16 de agosto de 2024). ↩︎
- Ver Salvatore Ioverno y otros. El Protector Role de Gay-heterosexual Alianzas para Lesbiana, Homosexual, Bisexual, y Interrogatorio Estudiantes: A Prospecto Análisis, 3 Psicología de la orientación sexual y el género Diversidad 397, 397 (2016). ↩︎
- Para obtener más información sobre el uso de planes 504 e IEP en este contexto, consulte ACLU et al., Escuelas en transición: una guía para apoyar a los estudiantes transgénero en las escuelas primarias y secundarias. ↩︎