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Discriminación | Vivienda | Rhode Island
¿Rhode Island tiene una ley antidiscriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en la vivienda?
Sí. Desde 1995, Rhode Island ha tenido una ley integral contra la discriminación relacionada con la orientación sexual en el empleo, la vivienda, el crédito y los alojamientos públicos y ha incluido la orientación sexual en su ley de igualdad de oportunidades y acción afirmativa. En 2001, Rhode Island agregó la identidad o expresión de género a cada una de estas protecciones legales (Leyes Generales de RI, cap. 11-24 (alojamientos públicos); cap. 28-5 (empleo); cap. 28-5.1 (igualdad de oportunidades y acción afirmativa); y capítulos 34-37 (vivienda y crédito)).
Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.
¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en la vivienda?
Sí. Las leyes antidiscriminatorias definen la “orientación sexual” como “tener o siendo percibido como tener una orientación hacia la heterosexualidad, la bisexualidad o la homosexualidad y definir “identidad o expresión de género” incluyendo el “género real o percibido de una persona” (Leyes Generales de RI §§ 28-5-6(11)(identidad o expresión de género) y (16)(orientación sexual) (empleo); 34-37-3(9)(identidad o expresión de género) y (15)(orientación sexual) (vivienda y crédito); y 11-24-2.1(h)(sexual orientación) y (i)(identidad o expresión de género) (alojamientos públicos)). Por lo tanto, si una persona es despedida porque se la percibe como gay (lo sea o no), aún puede invocar la protección de la ley contra la discriminación para impugnar el despido.
¿Qué prohíbe la ley contra la discriminación en materia de vivienda en Rhode Island?
Las leyes de vivienda tienen como objetivo prohibir la discriminación por parte de los propietarios y sus agentes al negarse a vender, alquilar, arrendar, alquilar o retener “alojamientos de vivienda” basándose en la orientación sexual, la identidad o expresión de género, el estado civil o el estado familiar (RI Gen. Leyes § 34-37-3(10) (que definen “vivienda”) y § 34-37-4 (a)). Además, ni los propietarios ni quienes aceptan solicitudes de préstamos o asistencia financiera para adquirir, construir, reparar o mantener viviendas (es decir, quienes participan en la financiación) podrán preguntar sobre orientación sexual, identidad o expresión de género, estado civil o antecedentes familiares. o discriminar por esos motivos (Leyes Generales de RI §§ 34-37-4(a) y (b)).
¿Hay algún propietario exento de la ley contra la discriminación en materia de vivienda?
Las viviendas ocupadas por propietarios de 3 unidades o menos no están sujetas a las partes de la ley sobre orientación sexual o identidad o expresión de género (Leyes Generales de RI § 34-37-4.4 (exención de orientación sexual) y § 34-37-4.5 ( exención de identidad o expresión de género)). Además, una organización religiosa o una institución sin fines de lucro administrada por una organización religiosa puede limitar la venta, el alquiler o la ocupación de una propiedad que posee o que opera con fines no comerciales a personas de la misma religión (o dar preferencia a dichas personas). a menos que la membresía en la religión esté restringida debido a una de las categorías protegidas, incluida la orientación sexual y la identidad o expresión de género (Leyes Generales de RI § 34-37-4.2(a)).
¿Cómo presento un reclamo por discriminación?
Puede presentar un cargo de discriminación en persona o por escrito ante la Comisión de Derechos Humanos de Rhode Island (RICHR), 180 Westminster Street, 3er piso, Providence, RI 02903. Si planea ir en persona, puede llamar con anticipación a Concierte una cita y averigüe qué necesita traer. Su número de teléfono es (401) 222-2661 (voz) y 401-222-2664 (TTY). El número de fax es (401) 222-2616.
El cargo debe ser bajo juramento y debe indicar el nombre y la dirección de la persona que presenta la queja, así como el nombre y la dirección de la entidad contra la cual se queja (llamada el “demandado”). La denuncia debe exponer los detalles de los presuntos actos ilícitos y (preferiblemente) la hora en que ocurrieron.
¿Necesito un abogado?
No, pero GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que las representen durante todo el proceso. Aunque el proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas, existen muchas normas legales que rigen el proceso de la RICHR, y es casi seguro que los propietarios y otros acusados tendrán representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?
Por lo general, se debe presentar una queja ante la RICHR dentro de un año del acto o actos discriminatorios (Leyes Generales de RI §§ 28-5-17(a); 34-37-5 (b); ver Normas y Reglamentos de la RICHR Regla 4.05). Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.
¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que me despidieron porque soy transgénero y latina?
Sí, puedes presentar varias reclamaciones si has sufrido un trato discriminatorio basado en más de una característica personal. Las leyes estatales contra la discriminación en materia de vivienda prohíben emprender acciones contra alguien por su orientación sexual o identidad o expresión de género, así como por raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo y el acoso sexual), discapacidad, edad, país de origen ancestral, estado civil. , estado familiar, estado militar y asociación con miembros de una clase protegida, estado como víctima de violencia doméstica y estado de vivienda (Leyes Generales de RI, § 34-37-4 (a)).
¿Qué sucede después de que se presenta un cargo ante la RICHR?
La RICHR puede iniciar una investigación preliminar en un caso de empleo, crédito, vivienda o alojamiento público. Si la RICHR determina que es probable que un acusado esté o haya estado involucrado en prácticas ilegales, entonces la RICHR intentará eliminar las prácticas ilegales mediante “métodos informales de conferencia, conciliación y persuasión” (Ver, por ejemplo, Leyes generales de RI, § 28-5-17(a) y § 34-37-5(b); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 5.02).
Si la conciliación no tiene éxito, o en cualquier momento cuando las circunstancias lo justifiquen (incluso antes de la investigación en casos atroces), la RICHR puede presentar una queja y notificar una audiencia al demandado. Este proceso implica una audiencia tipo juicio, pero no es tan formal como un juicio real en el tribunal. Este proceso debe iniciarse dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que el denunciante presentó por primera vez su cargo ante la RICHR (Leyes Generales de RI §§ 28-5-18; 34-37-5).
Después de que la RICHR se pronuncie (ya sea porque no ha encontrado causa probable para proceder, o porque se ha pronunciado sobre el fondo después de una audiencia), cualquier demandante, interviniente o demandado que afirme estar agraviado por una orden final de la comisión puede obtener revisión en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI §§ 28-5-28; 34-37-6).
Hay algunas ocasiones en las que el caso puede tomarse de la RICHR y presentarse ante el tribunal. Por ejemplo:
- Una vez que la denuncia haya estado pendiente en la RICHR durante al menos 120 días (pero menos de 2 años y antes de que se haya llegado a un acuerdo de conciliación), el denunciante puede solicitar permiso para retirar el caso de la RICHR. Esa solicitud debe ser concedida, y el demandante tiene 90 días desde que recibe una carta de “derecho a demandar” para presentar el caso en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI § 28-5-24.1(a) y § 34 -37-5(l); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 17.01).
- Después de que la RICHR encuentre causa probable para acreditar las acusaciones en una denuncia, cualquiera de las partes puede optar por dar por terminado el procedimiento en la RICHR y presentarlo ante el tribunal siempre que lo haga dentro de los plazos estrictos establecidos por las reglas de la RICHR (Ver Leyes generales de RI, § 28-5-24.1(c) y § 34-37-5(n)).
- Además, en casos de vivienda, la RICHR puede acudir a los tribunales para solicitar una orden que prohíba al demandado vender, alquilar o disponer de otro modo de la propiedad en cuestión mientras el caso está pendiente (RI Gen. Laws § 34-37-5(m )).
Si se determina que falta causa probable, el caso finaliza a menos que solicite una revisión judicial del hallazgo de “falta de causa probable”. Existen reglas especiales y limitaciones de tiempo en este proceso que deben observarse estrictamente (Leyes Generales de RI § 28-5-28 y § 34-37-6).
¿Cuáles son los recursos legales que la RICHR puede otorgar por discriminación si un individuo gana su caso allí?
En todos los casos que alegan discriminación por trato diferente, los remedios para un demandante exitoso en un caso de discriminación intencional pueden incluir daños compensatorios (incluso por angustia emocional), honorarios de abogados (incluidos honorarios de expertos y otros gastos de litigio), órdenes de cese y desistimiento, y cualquier otro acción que efectuará el propósito de las leyes antidiscriminatorias (Leyes Generales de RI § 28-5-24 (b)(empleo); § 34-37-5(h) (casos de vivienda); § 11-24-4 (casos de alojamiento público); Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 12.02).
En casos de vivienda, la RICHR también está facultada para imponer multas civiles, cuya gravedad aumenta dependiendo de si el infractor ha cometido otros actos discriminatorios en el pasado (Leyes Generales de RI § 34-37-5(h)(2)).
Cuando los demandantes prevalecen en los tribunales, se pueden conceder los remedios mencionados anteriormente, así como daños punitivos cuando se demuestra que la conducta impugnada está motivada por malicia o mala voluntad, o cuando la acción implica una indiferencia imprudente o insensible hacia los derechos de otros protegidos por la ley. (Leyes generales de RI § 28-5-29.1 (empleo); § 11-24-4 (alojamientos públicos); § 34-37-5 (o) (3) (vivienda)). La única excepción es que no se pueden imponer daños punitivos al Estado.
¿Puedo también presentar una queja por discriminación ante una agencia federal?
Sí. Las personas que se identifican como LGBTQ+ y creen que han experimentado discriminación en la vivienda debido a su orientación sexual o identidad de género real o percibida pueden hacer valer sus derechos bajo la Ley de Vivienda Justa presentando una queja ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD). Puede encontrar información más detallada sobre las protecciones que HUD brinda a las personas LGBTQ+ aquí: Discriminación en la vivienda y personas que se identifican como lesbianas, gays, bisexuales, transgénero y/o queer/cuestionantes (LGBTQ+)
Hay información sobre cómo presentar una queja por discriminación en la vivienda ante HUD aquí: Presentar una queja – Página principal | HUD.gov / Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD).
El formulario para presentar una queja se puede encontrar aquí: https://www.hud.gov/sites/documents/DOC_12150.PDF.
HUD considera la discriminación LGBTQ+ como una forma de discriminación "sexual", por lo que si tiene una queja sobre orientación sexual o identidad de género, debe indicar "sexo" como factor de discriminación.
Una queja de HUD debe presentarse dentro de un año del último acto de discriminación. El plazo de prescripción para presentar quejas sobre vivienda justa en los tribunales federales es a más tardar dos años después de la ocurrencia o la terminación de una supuesta práctica discriminatoria en materia de vivienda. Sin embargo, si se presenta un caso administrativo ante HUD, el plazo de prescripción se suspende durante el período de tiempo en el que HUD está evaluando la queja. En inglés, lo que eso significa es que el tiempo que HUD tiene el caso no cuenta al calcular el plazo de prescripción de dos años.
¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?
Posiblemente sí, dependiendo de los hechos de su situación particular.
Tribunal estatal o federal: Después de presentarlo ante CHRO, HUD o ambos, puede decidir retirar su caso de discriminación de esas agencias y presentarlo ante el tribunal. Hay reglas sobre cuándo y cómo se debe hacer esto. Además, es posible que desee entablar un caso judicial para abordar otras reclamaciones que no son manejadas adecuadamente por las agencias de discriminación, por ejemplo, si el propietario no cumple con su obligación de proporcionar un espacio habitable seguro.
¿Qué puedo hacer si mi arrendador me desaloja por presentar una denuncia por discriminación?
Es ilegal tomar represalias en estas circunstancias y el inquilino podría presentar una denuncia adicional por represalias.
¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?
Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 800-455-4523 (GLAD) para analizar las opciones.
Por lo general, las personas que aún residen en condiciones discriminatorias tienen que evaluar cómo afectará su vivienda la presentación de un caso, y si están dispuestas a asumir esas posibles consecuencias. Incluso si lo han desalojado, puede decidir que no vale la pena presentar un reclamo por discriminación. Esta es una elección individual que debe realizarse después de reunir suficiente información para tomar una decisión informada.
Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo sucedido, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos); qué pasó; quien dijo que; y quién más estaba presente. Traiga una copia de su contrato de arrendamiento, junto con todos los avisos y cartas que haya recibido de su arrendador. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
Recursos
Para obtener más información sobre el proceso de quejas de la RICHR, consulte: http://www.richr.ri.gov/filecharge/index.php
Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.
Para obtener información sobre el proceso de quejas de HUD, consulte:
Aprobación de importantes proyectos de ley de igualdad LGBTQ+: Rhode Island celebra la aprobación de importantes proyectos de ley de igualdad LGBTQ – GLAD
Discriminación | Empleo | Rhode Island
¿Tiene Rhode Island una ley antidiscriminatoria que proteja a las personas LGBTQ+ de la discriminación en el empleo?
Sí. Desde 1995, Rhode Island ha tenido una ley integral contra la discriminación relacionada con la orientación sexual en el empleo, la vivienda, el crédito y los alojamientos públicos y ha incluido la orientación sexual en su ley de igualdad de oportunidades y acción afirmativa. En 2001, Rhode Island agregó la identidad o expresión de género a cada una de estas protecciones legales (Leyes Generales de RI, cap. 11-24 (alojamientos públicos); cap. 28-5 (empleo); cap. 28-5.1 (igualdad de oportunidades y acción afirmativa); y capítulos 34-37 (vivienda y crédito)).
Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD
¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en el empleo?
Sí. Las leyes antidiscriminatorias definen la “orientación sexual” como “tener o siendo percibido como tener una orientación hacia la heterosexualidad, la bisexualidad o la homosexualidad y definir “identidad o expresión de género” incluyendo el “género real o percibido de una persona” (Leyes Generales de RI §§ 28-5-6(11) (identidad o expresión de género) y (16)(orientación sexual) (empleo); 34-37-3(9)(identidad o expresión de género) y (15)(orientación sexual) (vivienda y crédito); y 11-24-2.1(h)(sexual orientación) y (i)(identidad o expresión de género) (alojamientos públicos)). Por lo tanto, si una persona es despedida porque se la percibe como gay (lo sea o no), aún puede invocar la protección de la ley contra la discriminación para impugnar el despido.
¿Qué prohíbe la ley? ¿A quién se aplica la ley?
La ley contra la discriminación se aplica a todos los empleadores públicos y privados que emplean a 4 o más personas (Leyes Generales de RI § 28-5-6 (8)(i)).
Prohíbe a los empleadores negarse a contratar a una persona, o despedirla, o discriminarla en la remuneración, en los términos, condiciones o privilegios de empleo o en cualquier otro asunto directa o indirectamente relacionado con el empleo debido a su orientación sexual o identidad o expresión de género ( Leyes generales de RI § 28-5-7 (1)). Más allá de la contratación y el despido, esto cubre las acciones laborales más importantes, como la falta de ascenso, la degradación, la disciplina excesiva, el acoso y el trato diferente del empleado y compañeros de trabajo en situaciones similares. También prohíbe a un empleador preguntar sobre la orientación sexual o identidad o expresión de género de una persona, ya sea en una solicitud de empleo o durante una entrevista de trabajo, o mantener dicha información a menos que se base en una calificación ocupacional certificada de buena fe o cuando sea necesario para cumplir con una acción afirmativa federal. plan (Leyes Generales de RI § 28-5-7(4)).
La ley también se aplica a las agencias de empleo y organizaciones laborales (por ejemplo, sindicatos) (Leyes Generales de RI §§ 28-5-7 (2) y (3)).
Cabe señalar que todos los programas y actividades educativos de las agencias estatales, así como todos los servicios de empleo estatales, deben estar abiertos a todos, sin tener en cuenta la orientación sexual o la identidad o expresión de género (Leyes Generales de RI §§ 28-5.1(8) y (9)).
Por muy amplia que sea la ley, existen varias exenciones..
- Los empleadores con menos de 4 empleados están exentos (Leyes Generales de RI § 28-5-6(8)(i)).
- Un empleador, agencia de empleo u organización laboral puede solicitar una certificación de la Comisión de Derechos Humanos de RI de que se trata de una “calificación ocupacional genuina” de un puesto en particular que no puede ser ocupado por alguien que de otro modo estaría protegido por la ley, como una persona LGBTQ+. (Leyes generales de RI § 28-5-7 (4)). Si bien esta inmunidad está permitida por la ley, se aplica estrictamente y muy rara vez tiene éxito.
- El estatuto de discriminación laboral no se aplica “a una corporación, asociación, institución educativa o sociedad religiosa con respecto al empleo de personas de su religión para realizar trabajos relacionados con la realización de sus actividades” (Leyes Generales de RI § 28- 5-6(8)(ii)). Esta exención, sin embargo, no es una carta blanca que un empleador utilice sus creencias religiosas como justificación de la discriminación.
- Según la definición de “orientación sexual” de la ley, no “impone ningún deber a una organización religiosa” (Ver Leyes Generales de RI §§ 28-5-6 (16); 34-37-3(15) y 11- 24-2.1(h)). Esa restricción del alcance de la ley de no discriminación no no se aplican a las protecciones de la ley sobre la base de la identidad o expresión de género.
Es importante señalar que las prácticas laborales ilegales en Rhode Island también incluyen prácticas que tienen un “impacto desigual” según la orientación sexual o la identidad o expresión de género (u otras características) cuando el empleador no puede demostrar que la práctica o el grupo de las prácticas en cuestión es requerido por “necesidad comercial” (Leyes Generales de RI § 28-5-7.2). Esto puede ser importante para combatir la discriminación basada en políticas o prácticas que no son específicas de LGBTQ pero que perjudican a las personas LGBTQ+ más que a otras.
¿La ley de Rhode Island prohíbe el acoso sexual en el trabajo?
Sí, según la jurisprudencia, el acoso sexual está prohibido como discriminación sexual (Ver, por ejemplo, Iacampo contra Hasbro, Inc., 929 F. Suplemento. 562 (DRI 1996)).
Además, los empleadores con al menos 50 empleados y las agencias de empleo deben desarrollar y difundir entre sus trabajadores políticas contra el acoso sexual en sus lugares de trabajo (Leyes Generales de RI §§ 28-51-1(a); y 28-51-2 ( a), (b)). La ley también recomienda encarecidamente a los empleadores que capaciten a los empleados sobre el alcance de la política (Leyes Generales de RI § 28-51-2 (c)).
Para efectos de este estatuto, “acoso sexual” se define como:
Cualquier insinuación sexual no deseada o solicitud de favores sexuales o cualquier otra conducta verbal o física de naturaleza sexual cuando:
- La sumisión a dicha conducta o avances o solicitudes se convierte explícita o implícitamente en un término o condición del empleo de un individuo; o
- La sumisión a dicha conducta o insinuaciones o solicitudes por parte de un individuo se utiliza como base para las decisiones laborales que afectan a dicho individuo; o
- Dicha conducta, avances o solicitudes tienen el propósito o efecto de interferir injustificadamente con el desempeño laboral de un individuo o crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo (Leyes Generales de RI § 28-51-1(b)).
¿Se puede acosar sexualmente a una persona gay o transgénero?
Es tan ilegal acosar sexualmente a una persona LGBTQ+ como acosar a cualquier otra persona. Parte del acoso es específicamente contra los homosexuales y puede caracterizarse más justamente como acoso por motivos de orientación sexual. De manera similar, parte del acoso puede ser específicamente contra las personas transgénero y puede ser más apropiado perseguirlo como discriminación basada en la identidad o expresión de género. Otros tipos de acoso son de naturaleza sexual y se categorizan más apropiadamente como "acoso sexual". Cada tipo de acoso puede ocurrirle a la misma persona y todos están prohibidos (Ver Leyes generales de RI § 28-5-7(1)(v) (que reconoce la necesidad de responder a las denuncias de acoso por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género además de las basadas en el sexo)).
Además, el hecho de que el sexo del acosador y de la víctima sea el mismo no anula un reclamo de acoso sexual. Se ha considerado que el acoso sexual entre personas del mismo sexo viola las leyes antidiscriminatorias tanto estatales como federales (Véase Mann contra Lima., 290 F. Suplemento. 2d 190, 194 (DRI 2003)(aplicando Oncale contra Sundowner Offshore Services, Inc., 523 Estados Unidos 75, 79-81 (198); ver también Leyes generales de RI, § 28-44-17 (el acoso sexual contra miembros de cualquier sexo puede constituir una “buena causa” para renunciar al trabajo según las leyes de desempleo)).
¿Cómo presento un reclamo por discriminación?
Puede presentar un cargo de discriminación en persona o por escrito ante la Comisión de Derechos Humanos de Rhode Island (RICHR), 180 Westminster Street, 3er piso, Providence, RI 02903. Si planea ir en persona, puede llamar con anticipación a Concierte una cita y averigüe qué necesita traer. Su número de teléfono es (401) 222-2661 (voz) y 401-222-2664 (TTY). El número de fax es (401) 222-2616.
El cargo debe ser bajo juramento y debe indicar el nombre y la dirección de la persona que presenta la queja, así como el nombre y la dirección de la entidad contra la cual se queja (llamada el “demandado”). La denuncia debe exponer los detalles de los presuntos actos ilícitos y (preferiblemente) la hora en que ocurrieron.
¿Necesito un abogado?
No, pero GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que las representen durante todo el proceso. Aunque el proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas, existen muchas normas legales que rigen el proceso de la RICHR, y es casi seguro que los empleadores y otros acusados tendrán representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?
Por lo general, se debe presentar una queja ante la RICHR dentro de un año del acto o actos discriminatorios (Leyes Generales de RI §§ 28-5-17(a); 34-37-5 (b); ver Normas y Reglamentos de la RICHR Regla 4.05). Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.
¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que me despidieron porque soy lesbiana y latina?
Sí, puedes presentar varias reclamaciones si has sufrido un trato discriminatorio basado en más de una característica personal. Las leyes estatales contra la discriminación en materia de empleo y establecimientos públicos prohíben tomar medidas contra alguien por su orientación sexual o identidad o expresión de género, así como por raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo y el acoso sexual), discapacidad, edad o país de origen ancestral. origen (Leyes Generales de RI § 11-24-2 y § 28-5-7 (1)(i)).
¿Qué sucede después de que se presenta un cargo ante la RICHR?
La RICHR puede iniciar una investigación preliminar en un caso de empleo, crédito, vivienda o alojamiento público. Si la RICHR determina que es probable que un acusado esté o haya estado involucrado en prácticas ilegales, entonces la RICHR intentará eliminar las prácticas ilegales mediante “métodos informales de conferencia, conciliación y persuasión” (Ver, por ejemplo, Leyes generales de RI, § 28-5-17(a) y § 34-37-5(b); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 5.02).
Si la conciliación no tiene éxito, o en cualquier momento cuando las circunstancias así lo justifiquen (incluso antes de la investigación en casos atroces), la RICHR puede presentar una queja y notificar una audiencia al demandado. Este proceso implica una audiencia tipo juicio, pero no es tan formal como un juicio real en el tribunal. Este proceso debe iniciarse dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que el denunciante presentó por primera vez su cargo ante la RICHR (Leyes Generales de RI §§ 28-5-18; 34-37-5).
Después de que la RICHR se pronuncie (ya sea porque no ha encontrado causa probable para proceder, o porque se ha pronunciado sobre el fondo después de una audiencia), cualquier demandante, interviniente o demandado que afirme estar agraviado por una orden final de la comisión puede obtener revisión en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI §§ 28-5-28; 34-37-6).
Hay algunas ocasiones en las que el caso puede tomarse de la RICHR y presentarse ante el tribunal. Por ejemplo:
- Una vez que la denuncia haya estado pendiente en la RICHR durante al menos 120 días (pero menos de 2 años y antes de que se haya llegado a un acuerdo de conciliación), el denunciante puede solicitar permiso para retirar el caso de la RICHR. Esa solicitud debe ser concedida, y el demandante tiene 90 días desde que recibe una carta de “derecho a demandar” para presentar el caso en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI § 28-5-24.1(a) y § 34 -37-5(l); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 17.01).
- Después de que la RICHR encuentre causa probable para acreditar las acusaciones en una denuncia, cualquiera de las partes puede optar por dar por terminado el procedimiento en la RICHR y presentarlo ante el tribunal siempre que lo haga dentro de los plazos estrictos establecidos por las reglas de la RICHR (Ver Leyes generales de RI, § 28-5-24.1(c) y § 34-37-5(n)).
- Además, en casos de vivienda, la RICHR puede acudir a los tribunales para solicitar una orden que prohíba al demandado vender, alquilar o disponer de otro modo de la propiedad en cuestión mientras el caso está pendiente (RI Gen. Laws § 34-37-5(m )).
Si se determina que falta causa probable, el caso finaliza a menos que solicite una revisión judicial del hallazgo de “falta de causa probable”. Existen reglas especiales y limitaciones de tiempo en este proceso que deben observarse estrictamente (Leyes Generales de RI § 28-5-28 y § 34-37-6).
¿Cuáles son los recursos legales que la RICHR puede otorgar por discriminación si un individuo gana su caso allí?
En todos los casos que alegan discriminación por trato diferente, los remedios para un demandante exitoso en un caso de discriminación intencional pueden incluir daños compensatorios (incluso por angustia emocional), honorarios de abogados (incluidos honorarios de expertos y otros gastos de litigio), órdenes de cese y desistimiento, y cualquier otro acción que efectuará el propósito de las leyes antidiscriminatorias (Leyes Generales de RI § 28-5-24 (b)(empleo); § 34-37-5(h) (casos de vivienda); § 11-24-4 (casos de alojamiento público); Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 12.02).
Además, en casos de empleo, una queja exitosa puede tener derecho a una reparación que implique contratación, reintegro o mejora del empleo, salarios atrasados y admisión o restauración de la afiliación sindical (Leyes Generales de RI § 28-5-24 (a)( 1)). Si la acción laboral adversa se tomó contra el individuo por una variedad de razones, y la orientación sexual o la identidad o expresión de género no fue el único factor motivador, la RICHR puede limitar los daños otorgados.
Cuando los demandantes prevalecen en los tribunales, se pueden conceder los remedios mencionados anteriormente, así como daños punitivos cuando se demuestra que la conducta impugnada está motivada por malicia o mala voluntad, o cuando la acción implica una indiferencia imprudente o insensible hacia los derechos de otros protegidos por la ley. (Leyes generales de RI § 28-5-29.1 (empleo); § 11-24-4 (alojamientos públicos); § 34-37-5 (o) (3) (vivienda)). La única excepción es que no se pueden imponer daños punitivos al Estado.
¿Puedo también presentar una queja por discriminación ante una agencia federal?
Sí. La ley federal de no discriminación en el empleo, llamada Título VII, se aplica a los empleadores con al menos 15 empleados.
Alguien que presenta un reclamo por discriminación a veces puede buscar protección bajo las leyes estatales y federales. Esto es cierto porque puede haber disposiciones superpuestas de las leyes estatales y federales. Por ejemplo, el Título VII prohíbe la discriminación laboral por motivos de raza, sexo, edad, religión y discapacidad (que incluye el estado serológico respecto del VIH), pero no prohíbe expresamente la discriminación por motivos de “orientación sexual” o “identidad de género”.
Sin embargo, en Bostock contra el condado de Clayton, Georgia, No. 17-1618 (S. Ct. 15 de junio de 2020, ver: 17-1618 Bostock contra el condado de Clayton (15/06/2020), la Corte Suprema sostuvo que despedir a personas debido a su orientación sexual o condición de transgénero viola la prohibición del Título VII sobre la discriminación por motivos de sexo. Para obtener más información sobre cómo la EEOC hace cumplir la discriminación contra los empleados LGBTQ+, consulte: Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género (SOGI) | Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU..
GLAD recomienda que, cuando pueda haber una superposición de jurisdicción estatal y federal, primero explore la presentación ante RICHR, pero tenga en cuenta la posibilidad de presentar también un reclamo federal. Si tiene una queja sobre orientación sexual o identidad de género, debe marcar "sexo" así como "orientación sexual" o "identidad de género" como bases para su reclamo y solicitar que RICHR presente su queja ante la EEOC.
Las quejas federales deben presentarse dentro de los 180 días posteriores al acto discriminatorio ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Sin embargo, si inicialmente presenta su queja ante la RICHR e indica que desea que la queja se presente en forma cruzada con la EEOC, entonces el límite de tiempo se extiende a 300 días o 30 días después de que MCAD haya terminado el caso, lo que ocurra primero (34 Estados Unidos). Código de Estados Unidos 42 sección 2000e-5(e)(1)). NOTA: Si tiene la intención de presentar una solicitud ante RICHR y realizar una presentación cruzada ante la EEOC, debe hacerlo dentro de los 300 días, no en el plazo habitual de 1 año. (Las personas que trabajan para agencias federales están fuera del alcance de esta publicación).
¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?
Posiblemente sí, dependiendo de los hechos de su situación particular.
Unión: Si es miembro de un sindicato, su contrato (acuerdo de negociación colectiva) puede brindarle derechos adicionales en caso de medidas disciplinarias, despidos u otras acciones relacionadas con el trabajo. De hecho, si obtiene una reparación en virtud de su contrato, puede decidir no buscar otras soluciones. Obtenga y lea una copia de su contrato y comuníquese con un delegado sindical para presentar una queja. Los plazos de los contratos son estrictos. Tenga en cuenta que si su sindicato se niega a ayudarlo con una queja, es posible que tenga una acción por discriminación en su contra por no trabajar con usted o por incumplimiento del deber de representación justa.
Tribunal estatal o federal: Después de presentar la denuncia ante la RICHR, la EEOC o ambas, puede decidir retirar su caso de discriminación de esas agencias y presentar el caso ante el tribunal. Existen reglas sobre cuándo y cómo se debe hacer esto, como se analizó anteriormente.
Además, puede presentar un caso judicial para abordar otros reclamos que no sean manejados adecuadamente por las agencias de discriminación. Por ejemplo, si lo despiden en violación de un contrato; despedido sin la disciplina progresiva prometida en un manual; o despedido por hacer algo que no le gusta al empleador pero que exige la ley, entonces estos asuntos están más allá del alcance de lo que las agencias pueden investigar y el asunto debe llevarse ante los tribunales. De manera similar, si su reclamo involucra una violación de derechos constitucionales, como un maestro o un empleado gubernamental que cree que se violaron su libertad de expresión o sus derechos de igual protección, entonces esos asuntos deben ser escuchados en los tribunales.
¿Qué puedo hacer si mi empleador me despide por presentar una denuncia por discriminación?
Es ilegal tomar represalias en estas circunstancias y el empleado podría presentar una denuncia adicional por represalias. Si un empleador, agencia de empleo u organización laboral lo discrimina de cualquier manera porque se ha opuesto a una práctica prohibida o ha presentado una acusación, testificado o ayudado en una queja presentada bajo las leyes antidiscriminación, entonces puede presentar un reclamo de represalias (RI Leyes Generales § 28-5-7 (5) y § 34-37-4(m). Ver también Leyes generales de RI, § 28-51-2(b)(1)(ii) (“Todo empleador deberá adoptar una política contra el acoso sexual que incluirá una declaración de que es ilegal tomar represalias contra un empleado por presentar una queja de acoso sexual o por cooperar en una investigación de acoso sexual”); Provencher contra CVS Pharmacy, 76 Casos FEP (BNA) 1569 (1st Cir. 1998) (que confirma el reclamo de represalias federales contra un hombre gay). La Corte Suprema de Estados Unidos ha interpretado ampliamente las disposiciones contra las represalias contenidas en las leyes federales contra la discriminación. Ver Burlington Northern y Santa Fe Ry. Co. contra White, 548 Estados Unidos 53 (2006)).
¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?
Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 800-455-GLAD (4523) para hablar sobre las opciones.
Por lo general, las personas que aún trabajan en condiciones discriminatorias tienen que evaluar cómo afectará su trabajo la presentación de un caso, y si están dispuestas a asumir esas posibles consecuencias. Incluso si lo han despedido, puede decidir que no vale la pena presentar un reclamo por discriminación. Esta es una elección individual que debe realizarse después de reunir suficiente información para tomar una decisión informada.
Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo que sucedió en el trabajo del que se queja, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos jugadores (y cómo ponerse en contacto con ellos); qué pasó; quien dijo que; y quién más estaba presente. Trate de tener a mano copias de sus manuales de empleados o manuales de personal, así como contratos, evaluaciones de trabajo, memorandos, cartas de despido y similares. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
Recursos
Para obtener más información sobre el proceso de quejas de la RICHR, consulte: http://www.richr.ri.gov/filecharge/index.php
Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD
Para obtener más información sobre cómo presentar una queja por discriminación ante la EEOC, consulte: Cómo presentar un cargo de discriminación laboral.
Aprobación de importantes proyectos de ley de igualdad LGBTQ+: https://www.glad.org/post/rhode-island-celebrates-passage-of-important-LGBTQ+-equality-bills/
Discriminación | Crédito, préstamos y servicios | Rhode Island
¿Tiene Rhode Island una ley antidiscriminatoria que proteja a las personas LGBTQ+ de la discriminación en créditos, préstamos y servicios?
Sí. Desde 1995, Rhode Island ha tenido una ley integral contra la discriminación relacionada con la orientación sexual en el empleo, la vivienda, el crédito y los alojamientos públicos y ha incluido la orientación sexual en su ley de igualdad de oportunidades y acción afirmativa. En 2001, Rhode Island agregó la identidad o expresión de género a cada una de estas protecciones legales (Leyes Generales de RI, cap. 11-24 (alojamientos públicos); cap. 28-5 (empleo); cap. 28-5.1 (igualdad de oportunidades y acción afirmativa); y capítulos 34-37 (vivienda y crédito)).
Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.
¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en créditos, préstamos y servicios?
Sí. Las leyes antidiscriminatorias definen la “orientación sexual” como “tener o siendo percibido como tener una orientación hacia la heterosexualidad, la bisexualidad o la homosexualidad y definir “identidad o expresión de género” incluyendo el “género real o percibido de una persona” (Leyes Generales de RI §§ 28-5-6(11)(identidad o expresión de género) y (16)(orientación sexual) (empleo); 34-37-3(9)(identidad o expresión de género) y (15)(orientación sexual) (vivienda y crédito); y 11-24-2.1(h)(sexual orientación) y (i)(identidad o expresión de género) (alojamientos públicos)). Por lo tanto, si una persona es despedida porque se la percibe como gay (lo sea o no), aún puede invocar la protección de la ley contra la discriminación para impugnar el despido.
¿Qué protecciones existen bajo la ley antidiscriminación de Rhode Island con respecto al crédito?
Organizaciones financieras como bancos, compañías fiduciarias, cajas de ahorros, bancos de préstamos e inversión, asociaciones de ahorros y préstamos, cooperativas de crédito y cualquier otra institución de crédito comercial (esta disposición de no discriminación se aplica a cualquier "organización financiera regida por la disposición del título 19 o cualquier otra institución comercial que otorgue crédito”. Leyes Generales de RI § 34-37-4.3). no puede discriminar al otorgar o extender cualquier forma de préstamo o crédito debido a orientación sexual, identidad o expresión de género, o estado civil o familiar (Leyes Generales de RI § 34-37-4.3).
¿Cómo presento un reclamo por discriminación?
Puede presentar un cargo de discriminación en persona o por escrito ante la Comisión de Derechos Humanos de Rhode Island (RICHR), 180 Westminster Street, 3er piso, Providence, RI 02903. Si planea ir en persona, puede llamar con anticipación a Concierte una cita y averigüe qué necesita traer. Su número de teléfono es (401) 222-2661 (voz) y 401-222-2664 (TTY). El número de fax es (401) 222-2616.
El cargo debe ser bajo juramento y debe indicar el nombre y la dirección de la persona que presenta la queja, así como el nombre y la dirección de la entidad contra la cual se queja (llamada el “demandado”). La denuncia debe exponer los detalles de los presuntos actos ilícitos y (preferiblemente) la hora en que ocurrieron.
¿Necesito un abogado?
No, pero GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que las representen durante todo el proceso. Aunque el proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas, existen muchas normas legales que rigen el proceso de la RICHR, y es casi seguro que los bancos y otros acusados tendrán representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?
Por lo general, se debe presentar una queja ante la RICHR dentro de un año del acto o actos discriminatorios (Leyes Generales de RI §§ 28-5-17(a); 34-37-5 (b); ver Normas y Reglamentos de la RICHR Regla 4.05). Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.
¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que fui discriminada por ser transgénero y latina?
Sí, puedes presentar varias reclamaciones si has sufrido un trato discriminatorio basado en más de una característica personal. Las leyes estatales contra la discriminación prohíben tomar medidas contra alguien por su orientación sexual o identidad o expresión de género, así como por raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo y el acoso sexual), discapacidad, edad o país de origen ancestral o estado civil. , estado familiar, estado militar y asociación con miembros de una clase protegida (Leyes Generales de RI § 34-37-4(b)).
¿Qué sucede después de que se presenta un cargo ante la RICHR?
La RICHR puede iniciar una investigación preliminar en un caso de empleo, crédito, vivienda o alojamiento público. Si la RICHR determina que es probable que un acusado esté o haya estado involucrado en prácticas ilegales, entonces la RICHR intentará eliminar las prácticas ilegales mediante “métodos informales de conferencia, conciliación y persuasión” (Ver, por ejemplo, Leyes generales de RI, § 28-5-17(a) y § 34-37-5(b); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 5.02).
Si la conciliación no tiene éxito, o en cualquier momento cuando las circunstancias lo justifiquen (incluso antes de la investigación en casos atroces), la RICHR puede presentar una queja y notificar una audiencia al demandado. Este proceso implica una audiencia tipo juicio, pero no es tan formal como un juicio real en el tribunal. Este proceso debe iniciarse dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que el denunciante presentó por primera vez su cargo ante la RICHR (Leyes Generales de RI §§ 28-5-18; 34-37-5).
Después de que la RICHR se pronuncie (ya sea porque no ha encontrado causa probable para proceder, o porque se ha pronunciado sobre el fondo después de una audiencia), cualquier demandante, interviniente o demandado que afirme estar agraviado por una orden final de la comisión puede obtener revisión en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI §§ 28-5-28; 34-37-6).
Hay algunas ocasiones en las que el caso puede tomarse de la RICHR y presentarse ante el tribunal. Por ejemplo:
- Una vez que la denuncia haya estado pendiente en la RICHR durante al menos 120 días (pero menos de 2 años y antes de que se haya llegado a un acuerdo de conciliación), el denunciante puede solicitar permiso para retirar el caso de la RICHR. Esa solicitud debe ser concedida, y el demandante tiene 90 días desde que recibe una carta de “derecho a demandar” para presentar el caso en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI § 28-5-24.1(a) y § 34 -37-5(l); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 17.01).
- Después de que la RICHR encuentre causa probable para acreditar las acusaciones en una denuncia, cualquiera de las partes puede optar por dar por terminado el procedimiento en la RICHR y presentarlo ante el tribunal siempre que lo haga dentro de los plazos estrictos establecidos por las reglas de la RICHR (Ver Leyes generales de RI, § 28-5-24.1(c) y § 34-37-5(n)).
- Además, en casos de vivienda, la RICHR puede acudir a los tribunales para solicitar una orden que prohíba al demandado vender, alquilar o disponer de otro modo de la propiedad en cuestión mientras el caso está pendiente (RI Gen. Laws § 34-37-5(m )).
Si se determina que falta causa probable, el caso finaliza a menos que solicite una revisión judicial del hallazgo de “falta de causa probable”. Existen reglas especiales y limitaciones de tiempo en este proceso que deben observarse estrictamente (Leyes Generales de RI § 28-5-28 y § 34-37-6).
¿Cuáles son los recursos legales que la RICHR puede otorgar por discriminación si un individuo gana su caso allí?
En todos los casos que alegan discriminación por trato diferente, los remedios para un demandante exitoso en un caso de discriminación intencional pueden incluir daños compensatorios (incluso por angustia emocional), honorarios de abogados (incluidos honorarios de expertos y otros gastos de litigio), órdenes de cese y desistimiento, y cualquier otro acción que efectuará el propósito de las leyes contra la discriminación.
Cuando los demandantes prevalecen en los tribunales, se pueden conceder los remedios mencionados anteriormente, así como daños punitivos cuando se demuestra que la conducta impugnada está motivada por malicia o mala voluntad, o cuando la acción implica una indiferencia imprudente o insensible hacia los derechos de otros protegidos por la ley. (Leyes generales de RI § 28-5-29.1 (empleo); § 11-24-4 (alojamientos públicos); § 34-37-5 (o) (3) (vivienda)). La única excepción es que no se pueden imponer daños punitivos al Estado.
¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?
Posiblemente sí, dependiendo de los hechos de su situación particular.
Tribunal estatal o federal: Después de presentar la denuncia ante la RICHR, puede decidir retirar su caso de discriminación de la RICHR y presentar el caso ante el tribunal. Existen reglas sobre cuándo y cómo se debe hacer esto, como se analizó anteriormente.
División Bancaria de Rhode Island: Es posible que pueda presentar una queja del consumidor ante esta agencia. Para más información, ver: Consumidores – Presentar una queja | Departamento de Regulación Empresarial
¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?
Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 800-455-GLAD (4523) para hablar sobre las opciones.
Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo que sucedió en el trabajo del que se queja, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos jugadores (y cómo ponerse en contacto con ellos); qué pasó; quien dijo que; y quién más estaba presente. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
Recursos
Para obtener más información sobre el proceso de quejas de la RICHR, consulte: Cómo presentar un cargo
Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.
División Bancaria de Rhode Island: Es posible que pueda presentar una queja del consumidor ante esta agencia. Para más información, ver: Consumidores – Presentar una queja | Departamento de Regulación Empresarial
Discriminación | Alojamientos públicos | Rhode Island
¿Qué es un “lugar de alojamiento público”?
Los lugares de alojamiento público son lugares que están abiertos al público e incluyen, entre otros, tiendas, restaurantes, bares, transporte público, garajes, hoteles, hospitales, clínicas, baños, barberías, salones de belleza, parques de diversiones, gimnasios. , campos de golf, piscinas, teatros, ferias, bibliotecas, proyectos de vivienda pública, etc. (Leyes Generales de RI § 11-24-3).
¿Rhode Island tiene una ley contra la discriminación que protege a las personas LGBT de la discriminación en lugares de alojamiento público?
Sí. Desde 1995, Rhode Island ha tenido una ley integral contra la discriminación relacionada con la orientación sexual en el empleo, la vivienda, el crédito y los alojamientos públicos y ha incluido la orientación sexual en su ley de igualdad de oportunidades y acción afirmativa. En 2001, Rhode Island agregó la identidad o expresión de género a cada una de estas protecciones legales (Leyes Generales de RI, cap. 11-24 (alojamientos públicos); cap. 28-5 (empleo); cap. 28-5.1 (igualdad de oportunidades y acción afirmativa); y capítulos 34-37 (vivienda y crédito)).
Estas leyes también prohíben la discriminación contra las personas que viven con el VIH por motivos de discapacidad. Para más información, ver: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.
¿Protege también a las personas percibidas como LGBT en lugares de alojamiento público?
Sí. Las leyes antidiscriminatorias definen la “orientación sexual” como “tener o siendo percibido como tener una orientación hacia la heterosexualidad, la bisexualidad o la homosexualidad y definir “identidad o expresión de género” incluyendo el “género real o percibido de una persona” (Leyes Generales de RI §§ 28-5-6(11)(identidad o expresión de género) y (16)(orientación sexual) (empleo); 34-37-3(9)(identidad o expresión de género) y (15)(orientación sexual) (vivienda y crédito); y 11-24-2.1(h)(sexual orientación) y (i)(identidad o expresión de género) (alojamientos públicos)).
¿Qué dice la ley sobre la discriminación en lugares de alojamiento público?
Dichos lugares no “rechazarán, retendrán o negarán a ninguna persona, directa o indirectamente, ninguna de las comodidades, ventajas, instalaciones o privilegios de ese lugar público” y no anunciarán ni declararán que sus instalaciones son tan limitadas debido a la orientación sexual o la identidad o expresión de género de una persona (u otras características protegidas) (Leyes Generales de RI § 11-24-2).
¿Cómo presento un reclamo por discriminación?
Puede presentar un cargo de discriminación en persona o por escrito ante la Comisión de Derechos Humanos de Rhode Island (RICHR), 180 Westminster Street, 3er piso, Providence, RI 02903. Si planea ir en persona, puede llamar con anticipación a Concierte una cita y averigüe qué necesita traer. Su número de teléfono es (401) 222-2661 (voz) y 401-222-2664 (TTY). El número de fax es (401) 222-2616.
El cargo debe ser bajo juramento y debe indicar el nombre y la dirección de la persona que presenta la queja, así como el nombre y la dirección de la entidad contra la cual se queja (llamada el “demandado”). La denuncia debe exponer los detalles de los presuntos actos ilícitos y (preferiblemente) la hora en que ocurrieron.
¿Necesito un abogado?
No, pero GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que las representen durante todo el proceso. Aunque el proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas, existen muchas normas legales que rigen el proceso de la RICHR, y es casi seguro que los acusados tendrán representación legal. GLAD Answers puede proporcionar referencias a abogados en el Servicio de Referencia de Abogados de GLAD.
¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?
Por lo general, se debe presentar una queja ante la RICHR dentro de un año del acto o actos discriminatorios (Leyes Generales de RI §§ 28-5-17(a); 34-37-5 (b); ver Normas y Reglamentos de la RICHR Regla 4.05). Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.
¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que fui discriminada porque soy lesbiana y latina?
Sí, puedes presentar varias reclamaciones si has sufrido un trato discriminatorio basado en más de una característica personal. Las leyes estatales contra la discriminación en establecimientos públicos prohíben tomar medidas contra alguien por su orientación sexual o identidad o expresión de género, así como por raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo y el acoso sexual), discapacidad, edad o país de origen ancestral ( Leyes Generales de RI § 11-24-2).
¿Qué sucede después de que se presenta un cargo ante la RICHR?
La RICHR puede iniciar una investigación preliminar en un caso de empleo, crédito, vivienda o alojamiento público. Si la RICHR determina que es probable que un acusado esté o haya estado involucrado en prácticas ilegales, entonces la RICHR intentará eliminar las prácticas ilegales mediante “métodos informales de conferencia, conciliación y persuasión” (Ver, por ejemplo, Leyes generales de RI, § 28-5-17(a) y § 34-37-5(b); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 5.02).
Si la conciliación no tiene éxito, o en cualquier momento cuando las circunstancias lo justifiquen (incluso antes de la investigación en casos atroces), la RICHR puede presentar una queja y notificar una audiencia al demandado. Este proceso implica una audiencia tipo juicio, pero no es tan formal como un juicio real en el tribunal. Este proceso debe iniciarse dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que el denunciante presentó por primera vez su cargo ante la RICHR (Leyes Generales de RI §§ 28-5-18; 34-37-5).
Después de que la RICHR se pronuncie (ya sea porque no ha encontrado causa probable para proceder, o porque se ha pronunciado sobre el fondo después de una audiencia), cualquier demandante, interviniente o demandado que afirme estar agraviado por una orden final de la comisión puede obtener revisión en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI §§ 28-5-28; 34-37-6).
Hay algunas ocasiones en las que el caso puede tomarse de la RICHR y presentarse ante el tribunal. Por ejemplo:
- Una vez que la denuncia haya estado pendiente en la RICHR durante al menos 120 días (pero menos de 2 años y antes de que se haya llegado a un acuerdo de conciliación), el denunciante puede solicitar permiso para retirar el caso de la RICHR. Esa solicitud debe ser concedida, y el demandante tiene 90 días desde que recibe una carta de “derecho a demandar” para presentar el caso en el Tribunal Superior (Leyes Generales de RI § 28-5-24.1(a) y § 34 -37-5(l); ver también Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 17.01).
- Después de que la RICHR encuentre causa probable para acreditar las acusaciones en una denuncia, cualquiera de las partes puede optar por dar por terminado el procedimiento en la RICHR y presentarlo ante el tribunal siempre que lo haga dentro de los plazos estrictos establecidos por las reglas de la RICHR (Ver Leyes generales de RI, § 28-5-24.1(c) y § 34-37-5(n)).
- Además, en casos de vivienda, la RICHR puede acudir a los tribunales para solicitar una orden que prohíba al demandado vender, alquilar o disponer de otro modo de la propiedad en cuestión mientras el caso está pendiente (RI Gen. Laws § 34-37-5(m )).
Si se determina que falta causa probable, el caso finaliza a menos que solicite una revisión judicial del hallazgo de “falta de causa probable”. Existen reglas especiales y limitaciones de tiempo en este proceso que deben observarse estrictamente (Leyes Generales de RI § 28-5-28 y § 34-37-6).
¿Cuáles son los recursos legales que la RICHR puede otorgar por discriminación si un individuo gana su caso allí?
En todos los casos que alegan discriminación por trato diferente, los remedios para un demandante exitoso en un caso de discriminación intencional pueden incluir daños compensatorios (incluso por angustia emocional), honorarios de abogados (incluidos honorarios de expertos y otros gastos de litigio), órdenes de cese y desistimiento, y cualquier otro acción que efectuará el propósito de las leyes antidiscriminatorias (Leyes Generales de RI § 28-5-24 (b)(empleo); § 34-37-5(h) (casos de vivienda); § 11-24-4 (casos de alojamiento público); Reglas y Reglamentos de la RICHR Regla 12.02).
Cuando los demandantes prevalecen en los tribunales, se pueden conceder los remedios mencionados anteriormente, así como daños punitivos cuando se demuestra que la conducta impugnada está motivada por malicia o mala voluntad, o cuando la acción implica una indiferencia imprudente o insensible hacia los derechos de otros protegidos por la ley. (Leyes generales de RI § 28-5-29.1 (empleo); § 11-24-4 (alojamientos públicos); § 34-37-5 (o) (3) (vivienda)). La única excepción es que no se pueden imponer daños punitivos al Estado.
¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?
Posiblemente sí, dependiendo de los hechos de su situación particular.
Tribunal estatal o federal: Después de presentar la denuncia ante la RICHR, puede decidir retirar su caso de discriminación de esas agencias y presentar el caso ante el tribunal. Existen reglas sobre cuándo y cómo se debe hacer esto, como se analizó anteriormente.
¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?
Póngase en contacto con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 800-455-4523 (GLAD) para analizar las opciones.
Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo que sucedió en el trabajo del que se queja, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos jugadores (y cómo ponerse en contacto con ellos); qué pasó; quien dijo que; y quién más estaba presente.
Recursos
Para obtener más información sobre el proceso de quejas de la RICHR, consulte: http://www.richr.ri.gov/filecharge/index.php
Para obtener información sobre las protecciones contra la discriminación para las personas que viven con el VIH, consulte: VIH/SIDA – Conozca sus derechos – GLAD.
Aprobación de importantes proyectos de ley de igualdad LGBTQ: Rhode Island celebra la aprobación de importantes proyectos de ley de igualdad LGBTQ – GLAD
Casos y defensa
Para ver casos de discriminación o defensa en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Rhode Island, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Rhode Island".
Noticias y comunicados de prensa
Para ver noticias y comunicados de prensa sobre la discriminación en Rhode Island, visite: Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por problema", haga clic en "Discriminación" y en "Por ubicación", haga clic en "Rhode Island".
Violencia y Acoso | Crímenes de odio y acoso | Rhode Island
¿Cómo define Rhode Island un “crimen de odio”?
En Rhode Island, un delito de odio es “cualquier delito motivado por la intolerancia y el prejuicio, incluidos, entre otros, actos amenazados, intentados o consumados que, tras una investigación, parezcan haber sido motivados por motivos raciales, religiosos, étnicos, de orientación sexual, de género, identidad o expresión de género, o prejuicio por discapacidad o motivado por prejuicio contra una persona sin hogar o que se percibe como sin hogar” (Leyes Generales de RI, § 42-28-46 (a)(2)). En 2012 se añadió “identidad o expresión de género”.
Para rastrear los crímenes de odio, el Estado ha establecido un sistema de informes para que los incidentes denunciados se registren centralmente (Leyes Generales de RI § 42-28-46 (b)). Todos los departamentos de policía del estado deben tener capacitación para identificar, responder y denunciar delitos de odio (Leyes generales de RI § 42-28.2-8.1) y deben informar mensualmente la ocurrencia de dichos delitos a la policía estatal, quien debe mantener un registro permanente de los delitos, categorizados por comunidad en la que ocurrieron, tipo de delito y objetivo (Leyes Generales de RI § 42-28-46 (b)).
¿Rhode Island ha aumentado las sentencias por crímenes de odio?
Sí, la ley de Rhode Island establece penas adicionales para delitos motivados por odio o animadversión hacia la religión, el origen étnico, la raza, el género, la orientación sexual o el género, real o percibido, de la víctima (Leyes Generales de RI § 12-19-38(a)). Aunque en 2012 se añadió “identidad o expresión de género” a la definición de “crimen de odio” como se señaló anteriormente, no se ha agregado al estatuto de sentencia por delitos de odio.
Si se prueba más allá de toda duda razonable que una persona estaba motivada por odio o animosidad hacia una característica protegida de otra persona, entonces la persona, por un delito menor, será sentenciada a no menos de 30 días de prisión obligatoria y, por un delito grave, será sentenciada. a una pena de prisión adicional consecutiva de no menos de 1 año y no más de 5 años (Leyes Generales de RI § 12-19-38(c) y (d)).
¿A dónde puedo llamar si creo que he sido víctima de un delito de odio?
Empiece por ponerse en contacto con la policía local. En realidad, los agentes de policía no acusan a las personas de delitos de odio, pero deberán proporcionar al fiscal pruebas de que el delito fue motivado por prejuicios, así que asegúrese de explicar todos los factores que le hacen pensar que se trata de un delito de odio.
También puede comunicarse con la división penal de la oficina del Procurador General al (401) 274-4400.
Para apoyo y defensa, comuníquese con: Day One, Sexual Assault and Trauma Resource of Rhode Island, (401) 421-4100 o (800) 494-8100. Día uno RI
¿Qué otras opciones tengo si creo que he sido víctima de un delito de odio?
Además de hacer valer sus derechos en el sistema de justicia penal, puede comunicarse con la Oficina del Defensor de los Derechos Civiles de la Procuraduría General al (401) 274-4400. El Defensor de los Derechos Civiles está autorizado a recibir quejas, realizar investigaciones, educación y capacitación, y a entablar acciones civiles para obtener medidas cautelares u otras medidas equitativas para abordar amenazas físicas, invasión, destrucción de propiedad o acoso que interfieran “con el ejercicio o disfrute de cualquier otra persona de derechos garantizados por la Constitución de los Estados Unidos o las leyes de los Estados Unidos o de derechos garantizados por la Constitución de Rhode Island o las leyes del estado”. Además, se puede imponer una multa de hasta $5.000 (Leyes Generales de RI § 42-9.3).
Una orden judicial conforme a esta disposición no le impide, según las circunstancias, solicitar una indemnización monetaria por los daños que sufrió debido al delito cometido en su contra.
¿De qué manera podría ayudar la ley federal sobre delitos de odio recientemente aprobada a investigar y procesar los delitos de odio?
El Mateo Ley de Prevención de Crímenes de Odio de Shepard y James Byrd, Jr. fue aprobada por el Congreso el 22 de octubre de 2009 y promulgada por el presidente Obama el 28 de octubre de 2009. Amplía la ley federal de delitos de odio de los Estados Unidos de 1969 para incluir delitos motivados por el género, la orientación sexual o la identidad de género real o percibido de la víctima. o discapacidad.
En primer lugar, y quizás lo más importante, la Ley permite a las agencias policiales locales y estatales solicitar la siguiente asistencia federal del Fiscal General de los Estados Unidos:
- apoyo investigativo, técnico, forense o procesal para investigaciones y procesamientos penales,
- subvenciones para gastos extraordinarios asociados a la investigación y persecución de delitos de odio, y
- subvenciones para combatir los delitos de odio cometidos por menores.
Al prestar asistencia a las autoridades locales y estatales, las prioridades son los delitos de odio:
- cuando el delincuente haya cometido delitos en más de un estado, o
- que ocurren en zonas rurales que no cuentan con los recursos necesarios para perseguir tales delitos.
En segundo lugar, para los delitos de odio que de alguna manera implican cruzar fronteras estatales o nacionales, o involucran o afectan el comercio interestatal, y donde un estado no tiene jurisdicción o ha solicitado la asunción de jurisdicción federal, o donde el gobierno federal considera que no se ha hecho justicia. notificado o que el procesamiento en los Estados Unidos es de interés público, la Ley autoriza al gobierno federal a procesar el caso.
La ley también exige que la Oficina Federal de Investigaciones realice un seguimiento de las estadísticas sobre los delitos motivados por el odio en función del género y la identidad de género (ya se realizan un seguimiento de las estadísticas de los otros grupos) y sobre los delitos cometidos por y contra menores. Esta es la primera ley federal que extiende explícitamente la protección legal a las personas transgénero.
¿Rhode Island tiene una ley contra el acoso que proteja a los estudiantes de escuelas públicas y privadas?
Sí. Consulte el área temática "Derechos y protecciones" en el área temática "Juventud".
Recursos
Información del Departamento de Justicia de EE. UU. sobre los crímenes de odio en Rhode Island: Estadísticas de delitos de odio de 2020 en Rhode Island.
Información del Fiscal General de Rhode Island: Crímenes de odio | Oficina del Fiscal General de Rhode Island.
Leyes sobre delitos de odio en Rhode Island: ESTADO DE RHODE ISLAND, Policía Estatal, Departamento de Seguridad Pública.
Línea de ayuda contra delitos de odio de Rhode Island: Crimen de odio | línea de ayuda-ri
Violencia y Acoso | Violencia de pareja íntima | Rhode Island
¿Qué es la violencia doméstica?
Según las leyes del Tribunal de Familia y del Tribunal de Distrito, “abuso doméstico” significa la ocurrencia de uno o más de los siguientes actos entre personas que son miembros de la familia, padres o personas que están o han estado en una relación de noviazgo sustancial dentro del año pasado, o contra el hijo menor de edad de una de las partes:
- intentar causar o causar daño físico;
- hacer que otra persona tema un daño físico grave e inminente;
- hacer que otro tenga relaciones sexuales involuntariamente por la fuerza, amenaza de fuerza o coacción; y
- acecho o acoso cibernético (consulte las Leyes Generales de RI § 15-15-1 (2) (tribunal de familia); § 8-8.1-1(5) (tribunal de distrito)).
Tenga en cuenta que las disposiciones del Tribunal de Distrito prohíben el abuso entre “convivientes” y se aplican a relaciones de noviazgo sustanciales independientemente de la edad de las partes y, por lo tanto, son más amplias que las disposiciones del Tribunal de Familia.
¿Se aplican las leyes de violencia doméstica a personas en relaciones del mismo sexo?
Sí, si está casado o en unión civil. Incluso si no es así, algunas relaciones entre personas del mismo sexo están cubiertas por la definición de “relación de noviazgo sustancial”. Esto incluye relaciones que son “significativas y personales/íntimas” según la duración de la relación, el tipo de relación y la frecuencia de interacción entre las partes (Leyes Generales de RI § 15-5-1 (5) y § 8-8.1-1(5)). Otras relaciones pueden estar cubiertas si las parejas o ex parejas comparten la paternidad legal de un niño (Leyes Generales de RI § 15-5-1 (3)). Además, en el Tribunal de Distrito, las parejas que viven juntas o han vivido juntas dentro de los últimos tres años pueden considerarse “cohabitantes” (Leyes Generales de RI § 8-8.1-1 (1)).
¿Cómo obtengo una orden judicial que me proteja de una pareja abusiva?
Se pretende que el proceso sea sencillo. Puedes acudir al juzgado correspondiente (Juzgado de Distrito o Juzgado de Familia) de tu domicilio, o si acabas de huir de tu domicilio, también puedes presentar la solicitud en la localidad donde vivías. Deberá completar una queja alegando “abuso” como se define anteriormente. La denuncia es bajo juramento, por lo que todo lo que diga debe ser verdad. Intente explicar con el mayor detalle posible por qué se siente amenazado.
Si usted está en peligro de sufrir daño, el tribunal puede otorgarle una orden de protección temporal por no más de 21 días, que puede incluir una orden que impida que su agresor le haga daño, le prohíba entrar a su casa, le asigne la custodia de los hijos y le exija pago de manutención infantil. Si los juzgados están cerrados (noches, días festivos, fines de semana), puede comunicarse con la policía local o estatal, quienes podrán comunicarse con un juez de guardia para manejar estos asuntos.
Se debe entregar al acusado/abusador (darle una copia) la orden judicial y notificarle su derecho a impugnar la orden ante el tribunal. Una vez que se emite la orden, se presenta ante la Oficina de Identificación Criminal del estado y tiene vigencia en todo el estado. La violación de una orden judicial de la cual el abusador tiene conocimiento es un delito penal (Leyes Generales de RI § 15-15-3 y § 8-8.1-3).
El Tribunal también asignará una fecha para otra audiencia en la que se extenderá o desestimará la orden temporal. En ese momento, ambas partes suelen tener abogados. Debe traer consigo testigos que puedan corroborar el abuso, así como copias de cartas amenazantes, registros médicos o cualquier otro documento que pueda demostrar cómo le han hecho daño y por qué tiene miedo. Espere que tanto el juez como los abogados del abusador/acusado le hagan preguntas. Tienes el mismo derecho a hacer preguntas.
Si por alguna razón decide no seguir adelante con el proceso legal, debe presentarse ante el tribunal de todos modos y solicitar que se desestime la orden. Si no se presenta, es posible que el tribunal piense que no es confiable y lo considere en su contra si necesita ayuda legal en el futuro.
Existen otras leyes que prohíben el acecho, el acoso y la invasión que pueden aplicarse a usted, pero que están fuera del alcance de este documento.
¿Si acudo a los tribunales, me declararé culpable a todos los efectos?
No necesariamente. Algunos tribunales intentan ser sensibles al hecho de que algunas personas que solicitan órdenes pueden estar en secreto o tener una relación entre personas del mismo sexo que no quieren que se revele. Si procede ante el Tribunal de Distrito en lugar del Tribunal de Familia, no tiene que alegar que está en una “relación de noviazgo sustancial”, sino sólo que son convivientes para obtener una orden de protección y, por lo tanto, puede ocultar su orientación sexual si así lo desea (Leyes generales de RI, § 8-8.1-1).
¿Dónde puedo acudir para obtener ayuda?
Además de a la policía local y al fiscal del distrito, puedes llamar a:
La Coalición de Rhode Island contra la Violencia Doméstica al (401) 467-9940, Coalición de Rhode Island contra la violencia doméstica. Línea de ayuda las 24 horas todos los días al (800) 494-8100
Día uno, el Centro de recursos sobre trauma y agresión sexual, al (401) 421-4100 o (800) 494-8100, Día uno RI.
¿La violencia doméstica influye en las decisiones de custodia?
Sí. La evidencia de que un padre ha abusado en el pasado o está actualmente abusando del otro padre o del niño es un factor que demuestra que ese padre no está actuando en el mejor interés del niño (RI Gen. Laws, § 15-5-16( gramo)).
Recursos
Información de la Coalición de Rhode Island contra la violencia doméstica: Coalición de Rhode Island contra la violencia doméstica.
Línea de ayuda contra la violencia doméstica: Violencia Doméstica | línea de ayuda-ri
Casos y defensa
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Noticias y comunicados de prensa
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