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¿Cuáles son mis derechos como estudiante LGBTQ+?
Todos los estudiantes de las escuelas públicas de Rhode Island tienen derecho a:
- Para estar seguro en la escuela sin ser intimidado,
- Ser protegido contra la discriminación o el acoso por motivos de orientación sexual,
identidad de género o estado serológico. - Para acceder a información sobre temas LGBTQ, incluidos sitios web educativos,
Vestirse y presentarse de manera consistente con su identidad de género, - A la libertad de expresión y expresión. Esto significa que tiene derecho a expresar ideas.
que pueda ofender a otras personas y usted tiene derecho a estar en desacuerdo con los demás, como
siempre y cuando expreses esas ideas de una manera respetuosa.
Todos los estudiantes de escuelas públicas y privadas de Rhode Island tienen derecho a:
- Para formar una Alianza Gay/Heterosexual (GSA) que reciba el mismo trato que todos
otro grupo no curricular. Esto significa igualdad de financiación, acceso a las instalaciones y
la posibilidad de elegir el nombre de su grupo.
Fuera de la escuela, usted tiene derecho a:
- Estar protegido contra la discriminación basada en su sexualidad real o percibida.
orientación, estado serológico o identidad de género en el empleo, la vivienda y los servicios públicos.
alojamiento (como restaurantes o tiendas). - Dar su propio consentimiento para hacerse la prueba del VIH sin el consentimiento de sus padres.
permiso. Para obtener información más específica, consulte el área temática "VIH/SIDA". - Reportar a la policía a cualquier persona dentro o fuera de la escuela que te lastime físicamente,
lo amenaza o destroza su propiedad.
¿Existen leyes que protejan a los estudiantes LGBT en Rhode Island?
Sí. En 2011, Rhode Island aprobó la “Ley de Escuelas Seguras” que se aplica a todos los distritos escolares, escuelas chárter, escuelas profesionales y técnicas y escuelas privadas diurnas o residenciales aprobadas en Rhode Island.
Define "acoso" como una expresión escrita, verbal o electrónica o un acto o gesto físico o cualquier combinación de estos dirigidos a un estudiante por uno o más estudiantes que:
- causa o coloca al estudiante en temor razonable de daño físico o emocional o daño a la propiedad del estudiante,
- crea un entorno educativo intimidatorio, amenazante, hostil o abusivo,
- infrinja los derechos del estudiante a participar en las actividades escolares, o
- interrumpe el proceso educativo o el funcionamiento ordenado de la escuela (RI Gen. Laws § 16-21-33(a)(1)).
La ley identifica las características que pueden percibirse razonablemente que han motivado el acto de "acoso" como la raza, el color, la religión, la ascendencia, el origen nacional, el género, la discapacidad, la orientación sexual y la identidad y expresión de género (RI Gen. Laws § 16- 21-33(a)(1)(v)).
La ley continúa definiendo “acoso cibernético” como acoso mediante el uso de tecnología o comunicación electrónica (RI Gen. Laws § 16-21-33(a)(2)).
La ley obliga al Departamento de Educación Primaria y Secundaria de Rhode Island (RIDE) a prescribir una política de intimidación en todo el estado que debe ser adoptada por todas las escuelas antes del 30 de junio de 2012. La política debe incluir:
- Procedimientos para que los estudiantes, el personal, los padres y otros denuncien el acoso,
- procedimientos para responder rápidamente e investigar informes de intimidación o represalias,
- el rango de acciones disciplinarias que pueden ser tomadas,
- una estrategia de participación de los padres,
- procedimientos para restaurar una sensación de seguridad para el estudiante,
- estrategias para proteger a una persona que denuncia el acoso o ayuda en la investigación,
- procedimientos para notificar con prontitud a los padres tanto del perpetrador como de la víctima,
procedimientos para brindar asesoramiento adecuado a la víctima, el perpetrador y otras personas afectadas por el acoso (RI Gen. Laws § 16-21-34).
¿Existen otras leyes en Rhode Island que protejan a los estudiantes de la discriminación y el acoso?
Sí. Primero, la ley estatal dice que los estudiantes, miembros del personal y maestros tienen derecho a asistir o trabajar en una escuela segura, ya sea primaria, secundaria o postsecundaria (RI Gen. Laws § 16-2-17 y § 16-81- 1). Estas disposiciones facultan a las escuelas para suspender o expulsar a los estudiantes disruptivos.
La orientación y las políticas modelo del Departamento de Educación de Rhode Island sobre el acoso, la violencia en las citas de adolescentes y la violencia sexual reconocen explícitamente el papel que la orientación sexual, el sexo, la discapacidad, la apariencia y la vestimenta pueden desempeñar en el acoso y aclaran la aplicabilidad de las disposiciones relacionadas con el noviazgo. y violencia sexual a los estudiantes independientemente de su orientación sexual (ver Orientación sobre el desarrollo de políticas requeridas contra el acoso escolar, disponible en http://www.ripin.org/pdfs/ride_bully_policy_for_schools.pdf ; Guía para prevenir el acoso escolar, la violencia entre parejas adolescentes y la violencia sexual, disponible en www.ricdsv.org/images/GuidePreventingBullyingTDVSVRhodeIslandSchools_4-1-2008.pdf).
¿Existen otras fuentes de protección para los estudiantes LGBT en Rhode Island?
Sí. Una Política de la Junta de Regentes adoptada en 1997 y revisada en 2010 establece en parte lo siguiente:
. . .todos los estudiantes, sin excepción, tienen derecho a asistir a una escuela en la que se sientan seguros y capaces de expresar su identidad sin temor. . . .ciertos estudiantes, debido a su orientación sexual real o percibida o identidad/expresión de género, han sido objeto de discriminación mediante abuso, acoso, intimidación y/o exclusión de la plena participación en actividades educativas.
Por lo tanto, es la Política de la Junta de Regentes que ningún estudiante sea excluido de ningún programa o actividad educativa o discriminado, intimidado o acosado en ningún entorno educativo público basado en la orientación sexual real o percibida o la identidad/expresión de género. . . Esta política incluirá, entre otros, admisiones, servicios de orientación, actividades cocurriculares y extracurriculares.
Se insta a cada distrito escolar local a revisar los programas, servicios y actividades para garantizar que dichas ofertas se lleven a cabo de una manera libre de prejuicios involuntarios o intencionales basados en la orientación sexual y/o identidad/expresión de género. Cada distrito escolar local está obligado por ley a abordar el acoso y la intimidación basados en la orientación sexual y/o la identidad/expresión de género a través del desarrollo y la aplicación de políticas disciplinarias y de conducta apropiadas para los estudiantes y el personal. . .
La política de la Junta de Regentes se puede encontrar en: http://www.thriveri.org/documents/RIDE%20Policy%20Statement%
¿Qué tipos de conducta cubre la ley y la política?
Técnicamente, la política cubre la exclusión de una escuela pública o la discriminación al aprovechar los programas escolares. Una escuela puede no ser tan audaz como para decir: "No vengas aquí" o "No puedes seguir la pista", pero si no reparan el acoso generalizado contra ti en la escuela o en una clase o actividad en particular, puede haberlo dicho en efecto. No proporciona ningún mecanismo para la aplicación judicial o administrativa de la política.
¿Existen leyes federales que protejan a los estudiantes?
Sí, el Título IX prohíbe la discriminación contra los estudiantes por motivos de sexo en cualquier escuela o universidad que reciba fondos federales. A la luz del fallo de la Corte Suprema en Bostock v. Clayton County, que determinó que la discriminación por orientación sexual e identidad de género son formas de discriminación sexual, el Departamento de Educación federal, que hace cumplir el Título IX, ha declarado que interpretará cualquier orientación sexual o género
discriminación por identidad como discriminación sexual.
Para presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación federal, consulte:
Cómo presentar una queja por discriminación ante la Oficina de Derechos Civiles.
Las quejas se pueden presentar al coordinador de Título IX de su escuela, así como a:
Oficina de Derechos Civiles
El Departamento de Educación de los Estados Unidos
Oficina de correos y juzgado John W. McCormack, sala 222
Plaza de Correos
Boston, MA 02109
Además, algunos tipos de discriminación y acoso pueden violar los derechos constitucionales de un estudiante.
¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?
Hay muchas maneras de abordar el tema. Una es pedir apoyo a un amigo, maestro o consejero y hablar con las personas que te están molestando. Sin embargo, esa no es una opción si no se siente seguro haciéndolo.
Eche un vistazo a las políticas de su escuela y notifique a quien se supone que debe ser notificado, generalmente un subdirector o un coordinador del Título IX. Debe documentar cualquier incidente de acoso o discriminación por escrito. Una vez que se reúna con los funcionarios adecuados, tome nota de lo que les dijo y en qué fecha y pregunte cuándo se comunicarán con usted con una respuesta. Si no lo ayudan o no cumplen, es posible que desee escribir al director y al superintendente y pedirles que pongan fin a la discriminación.
Si todos estos pasos fallan, es posible que también desee considerar acciones legales. Contacto ALEGRÍA Respuestas para referencias de abogados.
¿Qué puedo hacer si estoy siendo discriminado o intimidado en la escuela?
Hay muchas maneras de abordar el tema. Una es pedir apoyo a un amigo, maestro o consejero y hablar con las personas que te están molestando. Sin embargo, esa no es una opción si no se siente seguro haciéndolo.
Eche un vistazo a las políticas de su escuela y notifique a quien se supone que debe ser notificado, generalmente un subdirector o un coordinador del Título IX. Debe documentar cualquier incidente de acoso o discriminación por escrito con al menos la fecha y la hora. Una vez que se reúna con los funcionarios correctos, escriba notas sobre lo que les dijo y en qué fecha y pregunte cuándo se comunicarán con usted con una respuesta. Si no lo ayudan o no cumplen, es posible que desee escribir al director y al superintendente y pedirles que pongan fin a la discriminación.
Si esto falla, es posible que también desee considerar una acción legal contra la ciudad comunicándose con la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación federal.
Esta es un área complicada de la ley, además de ser emocionalmente desafiante. Comuníquese con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRÍA Respuestas para discutir opciones.
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