¿Cuáles son mis derechos como estudiante LGBTQ+?

Todos los estudiantes de las escuelas públicas de Vermont tienen derecho a:

  • Para estar seguro en la escuela sin ser intimidado,
  • Para acceder a información sobre temas LGBTQ+, incluidos sitios web educativos,
  • Vestirse y presentarse de manera consistente con su identidad de género,
  • A la libertad de expresión y expresión. Esto significa que tiene derecho a expresar ideas que puedan ofender a otras personas y tiene derecho a estar en desacuerdo con los demás, siempre que exprese esas ideas de manera respetuosa.

Todos los estudiantes de escuelas públicas y privadas de Vermont tienen derecho a:

  • Estar protegido contra la discriminación o el acoso por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género o condición de VIH,
  • Formar una Alianza Gay/Heterosexual (GSA) que reciba el mismo trato que cualquier otro grupo no curricular. Esto significa financiación equitativa, acceso a las instalaciones y la posibilidad de elegir el nombre de su grupo.

Fuera de la escuela tienes derecho a:

  • Estar protegido contra la discriminación basada en su orientación sexual real o percibida, estado de VIH o identidad de género en el empleo, la vivienda y los lugares públicos (como restaurantes o tiendas).
  • Dar tu propio consentimiento para hacerte la prueba del VIH sin el permiso de tus padres. Para obtener información más específica, consulte el área temática "VIH/SIDA".
  • Reportar a la policía a cualquier persona dentro o fuera de la escuela que te haga daño físico, te amenace o destroce tu propiedad.

Visite el Departamento de Educación de EE.UU. Recursos para estudiantes LGBTQI+ para obtener más información sobre lo que puede hacer si sufre discriminación.

¿Existen leyes estatales que me protejan del acoso, las novatadas y la intimidación en la escuela?

Sí. Es política del estado de Vermont que todas las instituciones educativas de Vermont proporcionen “ambientes de aprendizaje seguros, ordenados, civilizados y positivos. El acoso, las novatadas y la intimidación no tienen cabida y no serán tolerados en las escuelas de Vermont” (16 VSA § 570).

La intimidación se define como un acto (incluido uno electrónico) dirigido contra un estudiante por otro estudiante o grupo de estudiantes que:

  1. se repite en el tiempo;
  2. tenga la intención de ridiculizar, humillar o intimidar; y
  3. interfiere sustancialmente con el derecho del estudiante a una educación segura sin importar si ocurre dentro o fuera de la escuela (16 VSA § 11(a)(32)).

El acoso se define como una conducta verbal, escrita, visual o física (incluso por medios electrónicos) motivada por una característica real o percibida de un estudiante o de un miembro de la familia del estudiante, como el sexo, la orientación sexual, la identidad o expresión de género o el estado serológico respecto del VIH, con la intención de:

  1. interferir sustancialmente con el rendimiento educativo o el acceso a los recursos escolares; o
  2. crear un entorno intimidatorio u hostil (16 VSA § 11(a)(26)(A)).

Las novatadas se definen como cualquier acto contra un estudiante que está involucrado con una organización estudiantil con la intención de humillar, intimidar o degradar al estudiante o poner en peligro la salud física o mental del estudiante (16 VSA § 11(a)(30)( A)).

¿Qué deben hacer las escuelas para prevenir la intimidación, el acoso y las novatadas?

Todas estas políticas deben incluir:

  1. Notificar anualmente a los estudiantes, personal y padres sobre las políticas y procedimientos;
  2. Un procedimiento que dirige a los estudiantes, el personal y los padres a denunciar violaciones y presentar quejas;
  3. Un procedimiento para investigar denuncias de infracciones y denuncias;
  4. Una descripción de las circunstancias bajo las cuales la violación puede ser reportada a una agencia de aplicación de la ley;
  5. Consecuencias y acción correctiva apropiada para aquellos que violen la política;
  6. Una descripción de la capacitación que recibirán los maestros y otro personal para prevenir, reconocer y responder a las infracciones; y
  7. Designación de dos o más personas en cada escuela para recibir denuncias (16 VSA §§ 570a (acoso), 570b (novatadas), 570c (intimidación)).

¿Pueden las escuelas regular las políticas anti-bullying fuera del recinto escolar?

Sí, la Corte Suprema de EE.UU. en Distrito escolar del área de Mahanoy. contra BL afirmó además de concluir que los estudiantes tienen amplios derechos de expresión y expresión fuera de la escuela, también afirmó:

“Las circunstancias que pueden implicar los intereses reglamentarios de una escuela [fuera de la escuela] incluyen intimidación o acoso grave o severo dirigido a individuos particulares; amenazas dirigidas a profesores u otros estudiantes…”

¿Vermont tiene una guía específica que las escuelas deben seguir para proteger a los estudiantes transgénero?

¿Existen leyes federales que me protejan?

Sí, el Título IX prohíbe la discriminación contra los estudiantes por motivos de sexo en cualquier escuela o universidad que reciba fondos federales. A la luz del fallo de la Corte Suprema en Bostock v. Clayton County, que determinó que la discriminación por orientación sexual e identidad de género son formas de discriminación sexual, el Departamento de Educación federal, que hace cumplir el Título IX, ha declarado que interpretará cualquier orientación sexual o discriminación por identidad de género como discriminación sexual.

Para presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación federal, consulte:  Cómo presentar una queja por discriminación ante la Oficina de Derechos Civiles.

Las quejas se pueden presentar al coordinador de Título IX de su escuela, así como a:

Oficina de Derechos Civiles
El Departamento de Educación de los Estados Unidos
Oficina de correos y juzgado John W. McCormack, sala 222
Plaza de Correos
Boston, MA 02109

Además, algunos tipos de discriminación y acoso pueden violar los derechos constitucionales de un estudiante.

¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?

Hay muchas maneras de abordar el tema. Una es pedir apoyo a un amigo, maestro o consejero. Cuando lo acosan, si se siente seguro, puede hablar con los perpetradores.

Además, lea las políticas de su escuela y notifique a quien se supone que debe ser notificado, generalmente un subdirector o un coordinador del Título IX. Debe documentar cualquier incidente de acoso o discriminación por escrito. Una vez que se reúna con los funcionarios adecuados, tome nota de lo que les dijo y en qué fecha y pregunte cuándo se comunicarán con usted con una respuesta. Si no lo ayudan o no cumplen, es posible que desee escribir al director y al superintendente y pedirles que pongan fin a la discriminación. Guarde copias de toda la documentación para referencia futura.

Al mismo tiempo, o después de comunicarse con la administración como se indicó anteriormente, puede comunicarse con el Programa de Escuelas Seguras del Departamento de Educación de Vermont. Este programa es responsable de implementar iniciativas relacionadas con la igualdad de oportunidades educativas y las disposiciones contra el acoso discutidas anteriormente. Puede comunicarse con ellos en:

Como alternativa, dado que las escuelas se consideran instalaciones públicas en Vermont, es posible que desee presentar una queja ante la Comisión de Derechos Humanos de Vermont (consulte la discusión de Alojamientos Públicos arriba) u otra acción legal. Contacto ALEGRÍA Respuestas para asistencia y referencias de abogados.