¿Cuáles son mis derechos como estudiante LGBTQ+?

Todos los estudiantes de las escuelas públicas de New Hampshire tienen derecho a:

  • Para estar seguro en la escuela sin ser intimidado,
  • Estar protegido contra la discriminación o el acoso por motivos de orientación sexual, identidad de género o condición de VIH.
  • Para acceder a información sobre temas LGBTQ+, incluidos sitios web educativos,
  • Vestirse y presentarse de manera consistente con su identidad de género,
  • A la libertad de expresión y expresión. Esto significa que tiene derecho a expresar ideas que puedan ofender a otras personas y tiene derecho a estar en desacuerdo con los demás, siempre que exprese esas ideas de manera respetuosa.

Todos los estudiantes de escuelas públicas y privadas de New Hampshire tienen derecho a:

  • Para formar una Alianza de Géneros y Sexualidades o Alianza Gay/Heterosexual o Alianza Gay/Heterosexual (GSA) que reciba el mismo trato que cualquier otro grupo no curricular. Esto significa financiación equitativa, acceso a las instalaciones y la posibilidad de elegir el nombre de su grupo.

Fuera de la escuela, usted tiene derecho a:

  • Estar protegido contra la discriminación basada en su orientación sexual real o percibida, estado de VIH o identidad de género en el empleo, la vivienda y los lugares públicos (como restaurantes o tiendas).
  • Si tiene más de 14 años, dar su propio consentimiento para hacerse la prueba del VIH sin el permiso de sus padres. Para obtener información más específica, consulte el área temática "VIH/SIDA".
  • Reportar a la policía a cualquier persona dentro o fuera de la escuela que te haga daño físico, te amenace o destroce tu propiedad.

¿Existen leyes que protejan a los estudiantes transgénero en New Hampshire?

La ley de 2010 exige que cada distrito escolar y escuela chárter adopte una política escrita que prohíba el acoso y el ciberacoso que incluya:

  • un procedimiento para denunciar el acoso;
  • un procedimiento para notificar a los padres o tutores de una víctima dentro de las 48 horas posteriores al informe del incidente al que se puede renunciar si la escuela considera que hacerlo es lo mejor para la víctima o el perpetrador;
  • un procedimiento para investigar el incidente de manera oportuna y, para cualquier incidente comprobado de intimidación, la escuela debe crear un plan de remediación que puede incluir medidas disciplinarias apropiadas contra el perpetrador, pasos para reducir futuros incidentes o represalias y, si corresponde, ofrecer asistencia a la víctima o al victimario. El plan de remediación también debe ser comunicado a los padres o tutores de todos los estudiantes involucrados en el incidente;
  • un plan para comunicar, capacitar y educar a los estudiantes, el personal y los padres sobre la política contra el acoso escolar.

¿La ley contra la discriminación de New Hampshire también protege a los estudiantes de las escuelas públicas?

Sí, la Ley de New Hampshire, Sección 354-A:27, establece:

“Ninguna persona será excluida de la participación en las escuelas públicas, se le negarán los beneficios o será objeto de discriminación en las mismas debido a su edad, sexo, identidad de género, orientación sexual, raza, color, estado civil, estado familiar, discapacidad, religión o origen nacional. . .”

Para obtener más información acerca de la ley contra la discriminación de New Hampshire y cómo presentar una queja por discriminación, consulte el Área temática "Discriminación".

¿Existen leyes federales que protejan a los estudiantes?

Sí, el Título IX prohíbe la discriminación contra los estudiantes por motivos de sexo en cualquier escuela o universidad que reciba fondos federales. A la luz del fallo de la Corte Suprema en Bostock v. Clayton County, que determinó que la discriminación por orientación sexual e identidad de género son formas de discriminación sexual, el Departamento de Educación federal, que hace cumplir el Título IX, ha declarado que interpretará cualquier orientación sexual o discriminación por identidad de género como discriminación sexual.

Para presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación federal, consulte:  Cómo presentar una queja por discriminación ante la Oficina de Derechos Civiles.

Las quejas se pueden presentar al coordinador de Título IX de su escuela, así como a:

Oficina de Derechos Civiles
El Departamento de Educación de los Estados Unidos
Oficina de correos y juzgado John W. McCormack, sala 222
Plaza de Correos
Boston, MA 02109

Además, algunos tipos de discriminación y acoso pueden violar los derechos constitucionales de un estudiante.

¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?

Hay muchas maneras de abordar el tema. Una es pedir apoyo a un amigo, maestro o consejero y hablar con las personas que te están molestando. Sin embargo, esa no es una opción si no se siente seguro haciéndolo.

Eche un vistazo a las políticas de su escuela y notifique a quien se supone que debe ser notificado, generalmente un subdirector o un coordinador del Título IX. Debe documentar cualquier incidente de acoso o discriminación por escrito con al menos la fecha y la hora. Una vez que se reúna con los funcionarios correctos, escriba notas sobre lo que les dijo y en qué fecha y pregunte cuándo se comunicarán con usted con una respuesta. Si no lo ayudan o no cumplen, es posible que desee escribir al director y al superintendente y pedirles que pongan fin a la discriminación.

Si esto falla, también puede considerar emprender acciones legales contra la ciudad comunicándose con la Comisión de Derechos Humanos de New Hampshire o la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación federal.

Esta es un área complicada de la ley, además de ser emocionalmente desafiante. Comuníquese con GLAD Answers completando el formulario de correo electrónico en ALEGRÍA Respuestas o por teléfono al 800-455-4523 (GLAD) para analizar las opciones.