¿Pueden las parejas del mismo sexo adoptar juntas a un niño en Maine?

Sí, como resultado de una apelación que GLAD presentó ante el Tribunal de Justicia de Maine en relación con la negativa de un Tribunal Sucesorio de Maine de asumir la jurisdicción de la petición de adopción conjunta por parte de una pareja de lesbianas (In re Adoption of MA,—- A.2d—— , 2007 WL 2446019 (Me. 2007)). En agosto de 2007, el Tribunal de Justicia de Maine dictaminó que el Tribunal Sucesorio tenía jurisdicción y que la ley estatal permite la adopción a parejas no casadas. Este fallo deja claro que las adopciones conjuntas o por segundos padres por parte de parejas no casadas están permitidas según la ley de Maine. Para obtener información más específica sobre el proceso, consulte la publicación de GLAD, Práctica y procedimiento de adopción conjunta a la luz de la adopción de MA: adopción por segundo padre.

¿Cuál es la diferencia entre adopciones conjuntas, por segundo padre y monoparental?

Una adopción conjunta es cuando ambos cónyuges adoptan un niño juntos al mismo tiempo. Una adopción por segundo padre es cuando uno de los cónyuges adopta al hijo del otro. Una adopción monoparental es cuando una sola persona adopta a un niño.

¿Cuál es la ventaja de hacer una segunda adopción parental o conjunta?

Una adopción es una sentencia judicial de que el niño tiene dos padres legales para todos los efectos. Además de brindar seguridad jurídica, un decreto de adopción refleja la situación familiar real y, por lo tanto, también brinda comodidad y seguridad emocional.

Sin una adopción, el padre no legal necesita un permiso especial para buscar atención médica para el niño o asistir a reuniones escolares. Con una adopción, el padre adoptivo es un padre legal con derecho a tomar decisiones por el niño en asuntos cotidianos y de emergencia sin autorización especial.

En una adopción, si uno de los padres muere, el otro asumirá automáticamente la custodia del niño. Además, el hijo tendría derecho automático a heredar del progenitor fallecido, incluso si no hay testamento. El niño también podría cobrar beneficios de supervivencia del seguro social según el historial laboral del padre fallecido.

Finalmente, si la pareja se separa, entonces la adopción significa que ambos padres tienen derecho a buscar derechos y responsabilidades parentales, y cualquier disputa se decidirá en función de lo que sea mejor para el niño.

¿Necesitamos hacer una adopción por segundo padre si estamos casados?

Cuando un niño nace en un matrimonio, la ley de Maine y la ley de todos los estados suponen que ambos cónyuges son los padres del niño y ambos nombres figuran en el certificado de nacimiento del niño. Sin embargo, esto es sólo una presunción y puede ser impugnada en los tribunales, por lo que en el pasado GLAD recomendó que las parejas casadas realicen una adopción por segundo padre para garantizar la paternidad del padre no biológico porque la adopción es una sentencia judicial que crea una relación entre padres e hijos. y debe ser respetado por otros estados. 

Ahora las parejas de Maine tienen una segunda forma de proteger la paternidad de la pareja no biológica mediante la firma de un Reconocimiento de paternidad.

Si soy un padre que ha firmado un Reconocimiento de Paternidad, ¿también necesito hacer una adopción por segundo padre?

No. Un padre que ha firmado un Reconocimiento de paternidad no debería necesitar realizar una adopción por segundo padre para establecer la paternidad. Un Reconocimiento de paternidad establece la paternidad legal según la ley estatal, es el equivalente a una sentencia judicial de paternidad según la ley estatal y le otorga todos los derechos y deberes de un padre. Según la ley federal, un Reconocimiento de Paternidad es el equivalente a un decreto judicial de paternidad y debe ser reconocido en todos los estados.

Dado que el acceso ampliado a los Reconocimientos de paternidad es un desarrollo emergente, algunos padres pueden sentirse más cómodos completando una adopción por segundo padre además de o en lugar de un Reconocimiento de paternidad. Para entender qué es mejor para su familia, se recomienda asesoramiento legal individualizado.

A falta de adopción conjunta o adopción por segundo padre, ¿cómo puede una familia proteger los intereses del niño frente a su segundo padre?

Hay una serie de pasos que se pueden tomar, aunque ninguno ofrece la seguridad de la adopción o el matrimonio de un segundo padre. Entre estos están:

  1. Acuerdo de coparentalidad: Un acuerdo que establece las expectativas de los padres sobre los roles de cada uno y sus planes en caso de separación, discapacidad o muerte. Si bien estos acuerdos pueden no ser exigibles como contrato, son indicadores importantes de cuál era la intención de la pareja cuando formaron su familia y lo que creían que era lo mejor para el niño y, por lo tanto, pueden influir en la evaluación de un tribunal sobre quién son los padres y sus respectivos derechos y responsabilidades parentales.
  2. Testamentos: El padre legal puede nombrar un tutor del niño en caso de muerte del padre. Estos “nombramientos testamentarios” reciben una consideración firme y respetuosa por parte de los tribunales. Por supuesto, si el niño tiene otro padre legal vivo, entonces esa persona tendría prioridad sobre el tutor designado (ver 18-A Me. Rev. Stat. sec. 5-301 et seq).
  3. Cotutela: Este proceso permite que un padre biológico o adoptivo nombre a su pareja como cotutor para que la pareja pueda obtener atención médica y seguro de salud para el niño y en la mayoría de las otras formas actuar con la autoridad legal de un padre. El tribunal testamentario puede designar al padre legal y a su pareja como cotutores si el padre legal da su consentimiento al nombramiento y el tribunal determina que el nombramiento redunda en el mejor interés del niño (consulte 18-A Me. Rev. Stat Sec. 5-204(b). El caso de GLAD, In re Guardianship of IH, 834 A.2d 922 (Me. 2003), aclaró la ley en esta área. Ver también https://www.glad.org/current /pr-detail/maine-high-court-affirms-lesbian-pairs-right-to-petition-for-full-coguard/). Este estado no es permanente y el tribunal puede cancelarlo mediante una petición legal si la tutela ya no es lo mejor para el niño. Además, el estado de cotutela deja de reconocerse una vez que el niño cumple dieciocho años (A Me. Rev. Stat. sec. 5-212(d). Además, un tribunal puede ordenar una tutela “de facto” incluso si los padres no dan su consentimiento cuando el niño ha vivido con otra persona y los padres consistentemente no han participado en la vida del niño (18-A Me. Rev. Stat. sec. 5-101).
  4. Poder notarial que delega los derechos de los padres: Este documento está firmado por el padre y delega en otro adulto todos los poderes con respecto al hijo de ese padre, excepto el poder de consentir la adopción del niño. Debe ser legalizado ante notario y debe renovarse cada seis meses.

Si padres del mismo sexo crían a un niño juntos, pero sólo uno es el padre “legal” (por nacimiento o adopción), ¿qué derechos tiene el otro padre frente al niño?

Esta área del derecho está evolucionando rápidamente en Maine. Si el padre no biológico o no adoptivo es un “padre de facto”, entonces él o ella tiene derecho a ser considerado para que se le otorguen todos los derechos y responsabilidades de los padres, que pueden incluir la custodia o las visitas (ver CEW v. DEW, 845 A.2d 1146 (Me. 2004)). Aunque el Tribunal de Justicia de Maine no ha definido claramente quién califica como padre de facto, ese tribunal ha declarado:

  1. el padre de facto debe haber desarrollado una relación de padre-hijo con el niño;
  2. el padre legal debe haber consentido y fomentado el desarrollo de esta relación;
  3. el padre de facto debe haber realizado una parte de las funciones de cuidado al menos en gran medida como el padre legal (ver Stitham v. Henderson, 768 A.2d 598, 605-06 (Me. 2001) (Saufley, J., concurrente) (citando ENO v. LMM, 711 NE2d 886, 891 (Mass. 1999)).

El Tribunal de Justicia añadió que un padre de facto “seguramente debe limitarse a aquellos adultos que han asumido plena y completamente un papel paternal permanente, inequívoco, comprometido y responsable en la vida del niño” (ver CEW v. DEW, 845 A.2d 1146 (Yo. 2004)). Esta área del derecho necesita mayor aclaración. Por ejemplo, aunque el Tribunal de Justicia no lo ha exigido, muchos jueces y profesionales han importado un plazo de dos años para que el niño y el padre de facto vivan juntos.

Independientemente del estado de los derechos legales de una persona, es fundamental recordar que los niños forman fuertes vínculos con sus padres cuidadores, independientemente de las etiquetas legales. Separar a un niño de una persona que ha actuado como su padre puede ser una pérdida devastadora para un niño. Además, los procedimientos judiciales para establecer la paternidad de facto serán dolorosos y costosos, por lo que se recomienda encarecidamente cualquier cosa que la gente pueda hacer fuera de los tribunales para tomar decisiones juntas sobre los intereses de un niño. Ver la publicación de GLAD, Protección de las familias: estándares para familias LGBT.