¿Qué es un lugar de alojamiento público?

Un lugar de alojamiento público significa una instalación operada por una entidad pública o privada cuyas operaciones se clasifican en categorías tales como alojamiento, restaurantes, entretenimiento, reuniones públicas, tiendas minoristas, establecimientos de servicios, transporte, museos, bibliotecas, instalaciones recreativas, instalaciones de ejercicio o de salud. , escuelas e instituciones educativas, establecimientos de servicios sociales o edificios gubernamentales. En general, cualquier establecimiento que atiende u ofrece sus bienes, instalaciones o servicios, o solicita o acepta el patrocinio del público en general es un lugar de alojamiento público (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (8) (definición de “alojamiento público”)).

¿Tiene Maine una ley contra la discriminación que proteja a las personas LGBTQ+ de la discriminación en lugares de alojamiento público?

Sí. El 8 de noviembre de 2005, los votantes de Maine acordaron mantener vigente una ley, LD 1196, "Una ley para extender la protección de los derechos civiles a todas las personas independientemente de su orientación sexual", aprobada por la Legislatura y firmada por el Gobernador en la primavera de 2005 La ley entró en vigor el 28 de diciembre de 2005.

Esto marca el final de una larga lucha en Maine para lograr protecciones legales para las personas LGBTQ+. En noviembre de 1995, los votantes de Maine rechazaron un intento de limitar las clases protegidas a las que ya estaban incluidas en la ley de no discriminación. En mayo de 1997, Maine aprobó una ley contra la discriminación basada en la orientación sexual, pero esta ley fue derogada en una elección especial en febrero de 1998. Luego, en noviembre de 2000, por un margen mínimo, los votantes de Maine no lograron ratificar una segunda ley contra la discriminación. Ley aprobada por el Poder Legislativo.

La ley brinda protección contra la discriminación basada en la orientación sexual, que se define como "... la heterosexualidad, bisexualidad, homosexualidad o identidad o expresión de género real o percibida de una persona" (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (9-C)).

¿También protege a las personas percibidas como LGBTQ+ en lugares de alojamiento público?

Sí. La ley de no discriminación cubre específicamente a las personas que se perciben como LGBTQ+.

¿Qué dice la ley sobre la discriminación en lugares de alojamiento público?

La ley establece que es ilegal que los lugares de alojamiento público discriminen por motivos de orientación sexual o “… retengan o nieguen de cualquier manera el disfrute pleno e igualitario… de los alojamientos, las ventajas, las instalaciones, los bienes, los servicios o los privilegios de los alojamientos públicos .” La ley también establece que es ilegal anunciar que cualquier lugar de alojamiento público está restringido a personas de una orientación sexual particular (5 Me. Rev. Stat. sec. 4592 (1)).

¿Cómo presento una queja por discriminación? ¿Qué sucede después de presentar la solicitud?

La denuncia debe ser bajo juramento, indicar el nombre y la dirección de la persona que presenta la denuncia, así como la entidad contra la que presenta la denuncia (llamado el "demandado"). La denuncia debe establecer los detalles de los presuntos actos ilegales y las horas en que ocurrieron (5 Me. Rev. Stat. sec. 4611).

Una vez que se presenta una queja a tiempo, un Comisionado o investigador buscará resolver el asunto. Si él o ella no puede hacerlo, la Comisión procederá con una investigación para determinar si existen motivos razonables para creer que se ha producido una discriminación ilegal. La Comisión tiene amplios poderes durante el curso de la investigación. Entre otras cosas, puede examinar personas, lugares y documentos, y requerir la asistencia a una audiencia de determinación de hechos, y emitir citaciones para personas o documentos.

Si el Comisionado o investigador concluye:

  • no hay motivos razonables, se desestimará el caso y el denunciante podrá presentar un nuevo caso en el Tribunal Superior (ver en general 5 Me. Rev. Stat. sec. 4612);
  • hay motivos razonables, intentará resolver el asunto a través de un acuerdo (5 Me. Rev. Stat. sec. 4612).

Una vez que se completa el proceso de la Comisión, y si el acuerdo ha fallado, una persona puede presentar una acción de reparación en la corte. Una persona también puede solicitar una carta de "derecho a demandar" del MHRC si no se ha presentado una acción judicial ni se ha establecido un acuerdo de conciliación dentro de los 180 días posteriores a la presentación de la demanda (5 Me. Rev. Stat. sec. 4612 (6) ). La persona entonces puede presentar una acción ante el Tribunal Superior (5 Me. Rev. Stat. sec. 4621). En algunas situaciones, la Comisión puede presentar una acción judicial en su nombre (ver en general 5 Me. Rev. Stat. sec. 4612).

¿Necesito un abogado?

No necesariamente. El proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen un abogado que los represente durante todo el proceso. No solo existen muchas reglas legales que rigen el proceso de MHRC, sino que los empleadores y otros encuestados casi con certeza tendrán representación legal. Llame a GLAD Answers para obtener ayuda o una referencia de abogado.

¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?

Se debe presentar una queja ante el MHRC dentro de los 300 días del acto o actos discriminatorios (5 Me. Rev. Stat. sec. 4611). Prácticamente no hay excepciones para los retrasos, y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud en la presentación de reclamos. Las acciones presentadas en el Tribunal Superior generalmente deben presentarse “no más de 2 años después del acto de discriminación ilegal denunciado” (5 Me. Rev. Stat. sec. 4613(2)(C)).

¿Cuáles son los remedios legales para la discriminación?

Esta es un área complicada y depende de una variedad de factores, incluido el tipo de discriminación y su intersección con las leyes federales.

Como cuestión general, el MHRC trata de resolver los casos en los que se encuentra una causa razonable. No está facultado para otorgar daños por angustia emocional u honorarios de abogados, pero las partes pueden acordar los términos que sean mutuamente satisfactorios para resolver el problema (94-348 Reglas de Maine Human Rights Com'n secs. 2.07, 2.08. 2.09. Disponible en http://www.maine.gov/mhrc/laws/index.html).

Como cuestión general, si una persona se ha presentado ante el MHRC, completó el proceso allí y luego presenta su caso ante el tribunal, entonces está disponible una gama completa de medidas cautelares y compensatorias (5 Me. Rev. Stat. secs. 4613, 4614). Si un denunciante de discriminación lleva su caso a los tribunales sin presentarlo primero en el MHRC, entonces solo hay medidas cautelares disponibles en el tribunal, como una orden de cese y desistimiento, o una orden para realizar capacitación o publicar avisos (5 Me. Rev. Stat. artículo 4622).

La reparación ordenada por un tribunal puede incluir: (a) contratación, reintegro y pago atrasado en casos de empleo; (b) una orden de alquilar o vender una determinada vivienda (o una que sea sustancialmente idéntica), junto con daños de hasta tres veces el precio excesivo exigido, y daños civiles y penales, a la víctima en casos de vivienda; y (c) en todos los casos, cuando el individuo haya agotado el proceso de MHRC, una orden de honorarios de abogados, daños penales civiles, órdenes de cese y desistimiento, y otras medidas que cumplirían con los propósitos de las leyes contra la discriminación (por ejemplo, programas de capacitación , publicación de avisos).

¿Puedo reclamar discriminación por otra razón que no sea la orientación sexual?

Sí, pero solo si recibe un trato diferente debido a una característica personal protegida por la ley de Maine.

En lugares públicos, es ilegal discriminar por motivos de raza, color, sexo, discapacidad física o mental, religión, ascendencia u origen nacional, así como por orientación sexual (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (8) (definición), 4592 (prohibición)).

¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?

Posiblemente sí, dependiendo de los hechos de su situación particular.

Tribunal estatal o federal: Después de presentar la solicitud ante el MHRC o la EEOC, una persona puede decidir eliminar su caso de discriminación de esas agencias y presentarlo ante el tribunal. Hay reglas sobre cuándo y cómo se debe hacer esto.

Además, una persona puede presentar un caso en la corte para abordar otros reclamos que las agencias de discriminación no manejan adecuadamente. Por ejemplo:

  • Si una persona es despedida en violación de un contrato, o despedida sin la disciplina progresiva prometida en un manual, o despedida por hacer algo que al empleador no le gusta pero que exige la ley, entonces estos asuntos están más allá del alcance de lo que las agencias puede investigar y el asunto puede llevarse ante los tribunales.
  • Si una persona tiene un reclamo por una violación de los derechos constitucionales, como un maestro u otro empleado del gobierno que cree que se violaron sus derechos a la libertad de expresión o la igualdad de protección, entonces esos asuntos deben ser escuchados en los tribunales.

¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?

Al evaluar sus reclamos potenciales, tiene derecho a solicitar una copia completa de su archivo personal en cualquier momento (5 Me. Rev. Stat. sec. 7071 (Derecho del empleado a solicitar un archivo personal)). Los archivos de personal son el registro oficial de su empleo y son una fuente invaluable de información (5 Me. Rev. Stat. sec. 7070 (Definición de registro de personal)).

Ya sea que deje un trabajo voluntariamente o no, tenga cuidado al firmar cualquier documento que admita haber actuado mal, o que renuncie a sus derechos legales, o que sea un supuesto resumen de lo que dijo en una entrevista de salida. A veces, los empleados están molestos o asustados en el momento en que despiden el empleo, pero es probable que los documentos se puedan hacer cumplir en su contra más adelante. Por favor, tenga cuidado.

Como cuestión general, las personas que todavía trabajan en condiciones discriminatorias tienen que evaluar cómo la presentación de un caso afectará su trabajo o vivienda, y si están dispuestos a asumir esas posibles consecuencias. Por supuesto, incluso si una persona ha sido despedida, él o ella puede decidir que no vale la pena presentar una demanda por discriminación. Esta es una elección individual que debe hacerse después de recopilar suficiente información y asesoramiento para tomar una decisión informada.

Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil si le lleva a su abogado un resumen o un diario de lo que sucedió. Es mejor si la información está organizada por fecha y explica quiénes son los distintos jugadores (y cómo ponerse en contacto con ellos), así como qué sucedió, quién dijo qué y quién estuvo presente en cualquier conversación o incidente importante.