A menudo, la policía me dice que “salga” de las áreas públicas. ¿Es eso legal?

No necesariamente. Si el área es pública y no tiene un horario específico, generalmente tiene derecho a estar allí siempre que participe en una actividad legal. Los lugares públicos son de todos. Incluso si un oficial de policía quiere disuadir el crimen, o sospecha algún tipo de intención ilegal, no tiene el derecho general de solicitar a las personas que se trasladen de un lugar a otro a menos que haya de hecho conducta ilícita (Kent contra Dulles, 357 US 116, 126 (1958); see en general Const. NH, pt. 1, arte. 19 (Registros y Decomisos Regulados)).

¿Cuáles son las reglas generales sobre la interacción con la policía?

La presencia de personas que parecen ser LGBT, ya sea porque muestran símbolos como una bandera del arcoíris o un triángulo rosa o por cualquier otro motivo, no debe provocar ningún escrutinio especial por parte de un oficial de policía.

Si un oficial tiene una “sospecha razonable” de que se ha cometido o está a punto de cometerse un delito, puede detener brevemente a una persona o detener a la persona con fines de investigación (NH RSA 594:2. Ver tambiénEstado contra blanco, 119 NH 567, 571 - 572 (1979). Terry contra Ohio, 392 US 1, 16 (1968)). Según la Corte Suprema de New Hampshire, tal detención solo es permisible cuando el oficial de policía puede señalar hechos específicos y articulables que, junto con todas las inferencias racionales de esos hechos, justifican la intrusión. Una corazonada no es suficiente (ver p.ej Estado contra Maya, 126 NH 390, 493 (1985) (detención de investigación de tres minutos en la que el oficial no hizo más que preservar el statu quo no violó el art. 19 ya que tres minutos es el tiempo mínimo para establecer la identidad y evaluar la verosimilitud de la historia de una persona) ).

Un arresto solo puede ocurrir por "causa probable" de que se ha cometido un delito (ver NH RSA 594:10 (la policía puede arrestar sin orden judicial si existe causa probable para creer que se cometió un delito menor en presencia del oficial, o si la persona destruirá la evidencia de un delito menor , y puede arrestarlo si hay motivos razonables para creer que se ha cometido un delito grave). “Motivos razonables” es lo mismo que “causa probable”.  Estado contra Vachon, 130 NH 37, 533 A.2d 384 (1987)).

¿Qué puedo hacer si creo que la policía me ha tratado indebidamente?

Hay varios lugares a los que puede llamar para analizar sus opciones. Uno es GLAD al 1-800-455-GLAD. Otro es la Unión de Libertades Civiles de NH al (603) 225-3080.

Se pueden presentar quejas a cualquier departamento de policía individual por asuntos relacionados con sus oficiales. Además, puede comunicarse con la línea directa de 24 horas operada por la Oficina del Fiscal General al (603) 271-1241.

Las quejas a la Policía Estatal de New Hampshire se pueden presentar en el Cuartel General de la Policía Estatal, por teléfono o por escrito. Un supervisor le devolverá la llamada para seguir procesando la queja. Si la Policía del Estado actúa más allá de la denuncia, deberá presentarse en la oficina para hacer una declaración por escrito. Comuníquese con el Cuartel General de la Policía Estatal, 33 Hazen Dr., Concord, NH 03305. Infórmele a GLAD cada vez que presente una queja para que podamos rastrear la capacidad de respuesta de los distintos departamentos de policía.

En algunos casos, puede decidir iniciar una demanda, ya sea por lesiones, detención indebida o por alguna otra razón. Estos asuntos son altamente especializados y GLAD puede hacer referencias a abogados. También puede presentar quejas ante la Oficina del Fiscal General, División Criminal al (603) 271-3658. Pueden participar en una investigación o remitir un asunto al jefe del departamento de policía en particular en cuestión.