
Violencia de pareja íntima | Vermont
¿Qué es la violencia doméstica?
Bajo las leyes de relaciones domésticas, el “abuso” incluye causar o intentar causar daño físico; causar temor de daño físico grave inminente; o abuso a niños, que incluye daño físico, negligencia, maltrato emocional o abuso sexual; acecho; y agresión sexual (ver 15 VSA § 1101(1)).
¿Se aplican las leyes de violencia doméstica a personas en relaciones del mismo sexo?
En la mayoría de las situaciones, sí. Estas leyes se aplican al abuso entre miembros de la familia, que incluye a los cónyuges en unión civil, así como entre “miembros del hogar”, que incluye a las personas que viven o han vivido juntas, pero también a las que tienen o han tenido una relación sexual, o que están saliendo. o han salido. Para determinar si existe o existió una relación de noviazgo, el tribunal analiza si la relación es/era de naturaleza romántica, cuánto tiempo ha estado o estado, con qué frecuencia interactuaban las partes y, si las partes se separaron. arriba, cuánto tiempo hace que terminó la relación (15 VSA § 1101(2)).
¿Cómo obtengo una orden judicial que me proteja de una pareja abusiva?
Puede presentar una queja en busca de alivio del abuso en la división familiar de la corte superior en el condado en el que vive o, si acaba de huir de su hogar, en su condado nuevo o antiguo. No hay tarifa (15 VSA § 1103(f)).
Si está en peligro inmediato de daño, puede presentar una solicitud de orden temporal (15 VSA § 1104). Esa solicitud se puede presentar en la división penal, civil o de familia del tribunal superior (15 VSA § 1102(b)). Se requiere que todos los tribunales tengan procedimientos para que las personas presenten estas solicitudes después del horario regular del tribunal, o los fines de semana y feriados (15 VSA § 1106(b)). Por lo general, las órdenes temporales se emiten previa solicitud, con base en la existencia de una relación entre la víctima y el delincuente que está cubierta por la ley y una acusación creíble de abuso o amenazas de abuso.
La orden, una copia de la cual debe entregarse al abusador, establecerá un plazo dentro de los diez días posteriores a su emisión para que el acusado la impugne (15 VSA § 1104(b)). En la audiencia, si la víctima prueba el abuso, la corte mantendrá la orden vigente y emitirá otras órdenes que considere necesarias para mantener a la víctima a salvo (15 VSA § 1104(b)). Una vez que se emite una orden, se archiva en la base de datos de abuso del Departamento de Seguridad Pública. Los departamentos de policía y del alguacil, así como las oficinas de distrito de la policía estatal también deben mantener procedimientos para informar al personal sobre la existencia y el contenido de las órdenes de prevención de abuso (15 VSA § 1107).
La orden permanecerá en vigor por un período de tiempo determinado, al término del cual el tribunal podrá prorrogarla por el tiempo que considere necesario para proteger a la víctima. El tribunal no tiene que determinar que el abuso tuvo lugar durante el tiempo cubierto por la orden de extensión (15 VSA § 1103(e)).
No necesita un abogado para obtener la orden temporal, pero puede ser útil tener uno para audiencias posteriores si cree que el abusador impugnará la orden. Los administradores de la corte pueden conectarlo con agencias que ayudan a las víctimas a buscar alivio y obtener acceso a las cortes (15 VSA § 1106(b)).
Si por alguna razón decide no continuar con el proceso legal, debe presentarse en la corte de todos modos y pedir que se desestime la orden. El no presentarse puede hacer que la corte piense que usted no es confiable si necesita ayuda legal en el futuro.
La violación de una orden de abuso es un delito penal y puede resultar en el arresto inmediato del abusador, así como en prisión de hasta seis meses y una multa de hasta $1000 (15 VSA § 1108(e)). Vale la pena señalar que las órdenes de restricción no restringen las actividades o los contactos de la víctima de abuso.
Una víctima puede participar en un programa de confidencialidad de dirección, a través del cual el Secretario de Estado le da a la víctima otra dirección para que la use con el fin de mantener la dirección real confidencial del público (15 VSA § 1152).
Hay otras leyes que prohíben el acecho, el acoso y la entrada ilegal que también pueden aplicarse a su situación, pero están fuera del alcance de este documento. Para obtener más información, puede consultar el Centro de Servicios para Víctimas del Crimen de Vermont al 1-800-750-1213 (Llamada gratuita solo en Vermont) o (803) 241-1250 o http://www.ccvs.state.vt.us/.
Si voy a la corte, ¿me "excluiré" a todos los efectos?
No necesariamente. Los tribunales tratan de ser sensibles al hecho de que algunas personas que buscan órdenes pueden estar encerradas o pueden tener una relación del mismo sexo que no quieren que se revele. Sin embargo, una orden de alivio del abuso es un registro público.
¿Dónde puedo ir para obtener ayuda?
Además de la policía local y el fiscal de distrito, puede comunicarse con Vermont Network Against Domestic Violence and Sexual Assault al www.vtnetwork.org, en vtnetwork@vtnetwork.org (correo electrónico) o 1-800-228-7395. Ellos pueden brindarle información y asistencia y conectarlo con recursos en su área.
¿La violencia doméstica juega un papel en las decisiones de custodia?
Sí. La evidencia de que un padre ha abusado en el pasado o está abusando del otro padre o del niño es un factor que demuestra que ese padre no está actuando en el mejor interés del niño (15 VSA § 665(b)(9)).