¿Qué es la violencia doméstica?

La violencia doméstica puede tomar muchas formas. En general, la violencia doméstica es un patrón de comportamiento coercitivo en el que una persona intenta controlar a otra a través de amenazas o el uso real de tácticas, que pueden incluir cualquiera o todos los siguientes: abuso físico, sexual, verbal y psicológico.

Según la ley, “abuso” significa que cualquiera de los siguientes ha ocurrido entre personas que son “familiares, miembros del hogar o parejas de novios”:

  • Intentar causar o causar lesiones corporales o contacto físico ofensivo;
  • Intentar poner o poner a otro en temor de lesiones corporales a través de cualquier curso de conducta, incluidos, entre otros, comportamiento amenazante, acosador o atormentador;
  • Obligar, por la fuerza, la amenaza de la fuerza o la intimidación, a una persona a participar en una conducta, como hacer que otra participe involuntariamente en relaciones sexuales por la fuerza, o abstenerse de una conducta en la que tiene derecho a participar;
  • Restringir el movimiento de otra persona, sacándola a sabiendas de su hogar, trabajo o escuela, o trasladándola a una distancia considerable de donde fue encontrada, o confinando a la persona;
  • Infundir a una persona un temor razonable de que se cometerá un delito amenazándola a ella o a otra persona de que cometerá un delito de violencia contra la persona; o
  • Repetidamente y sin causa razonable seguir a una persona o estar cerca de su trabajo, escuela u hogar (19-A Me. Rev. Stat. sec. 4002(1)).

¿Se aplican las leyes de violencia doméstica a personas en relaciones del mismo sexo?

Generalmente sí. La definición de “familia, miembros del hogar y parejas de novios” incluye parejas casadas, parejas de hecho o exparejas de hecho, personas que son o han “viv[ido] juntas como cónyuges”, personas que son parejas sexuales o viven juntas (o así anteriormente), así como las personas que actualmente o anteriormente están saliendo entre sí, ya sea que las personas sean o hayan sido parejas sexuales (19-A Me. Rev. Stat. sec 4002). La ley se aplica por igual a todas las personas, pero la aplicación depende de la naturaleza de la relación de las personas involucradas.

¿Cómo obtengo una orden judicial que me proteja de una pareja abusiva?

Para obtener protección, vaya al Tribunal de Distrito de la comunidad donde vive o donde vive el abusador. El secretario de la corte tendrá un paquete de información para que usted complete. No hay tarifa, y hay una forma de mantener su dirección confidencial del público. Tendrá que alegar abuso como se definió anteriormente e indicar dónde cree que se puede encontrar al abusador/acusado para que se le entregue (entregue una copia de) los documentos judiciales. Si los tribunales están cerrados, comuníquese con la policía local, que localizará a un juez para que lo ayude. Sobre esta base, puede recibir una orden de protección temporal válida por hasta 21 días. Para que esas órdenes sean ejecutables, la policía debe entregar una copia al acusado/abusador, y un acusado no puede ser arrestado por violar las órdenes si no se le ha entregado una copia de las mismas. Las órdenes pueden impedir que el demandado se acerque a usted oa sus hijos, mantener al demandado alejado de su hogar y/o lugar de trabajo o comunicarse con usted en absoluto, y determinar cuestiones de custodia de menores a corto plazo.

La violación de una orden de protección es un delito penal (ver en general 19-A Me. Rev. Stat. sec. 4001 et seq).

Las órdenes temporales indicarán la fecha fijada para la audiencia judicial en la que puede tratar de extender sus órdenes judiciales. En este punto, el acusado también contará su versión de los hechos y se le puede pedir que responda preguntas. En esta etapa, ambas partes suelen tener abogados. Si el tribunal determina que el demandado ha hecho una amenaza creíble a su seguridad física o la de un niño en su hogar, la reparación puede extenderse hasta por dos años.

Si por alguna razón decide no cumplir con la orden, es importante que se presente en el tribunal en la fecha asignada y solicite que se desestime el caso.

Además, la ley de acoso de Maine que se describe a continuación puede ser útil para las personas que sufren acoso por parte de una pareja del mismo sexo. Se puede dictar una orden para prevenir el acoso contra cualquier persona (5 Me. Rev. Stat. sec. 4651. Consulte también http://www.courts.state.me.us/publications_other/pa_ph-1207.pdf).

¿Dónde puedo ir para obtener ayuda?

En Maine, los proyectos locales de violencia doméstica en todo el estado brindan servicios directos a las víctimas de violencia doméstica. La Coalición de Maine para Terminar con la Violencia Doméstica (MCEDV) es una coalición de los nueve proyectos de violencia doméstica en el estado. Hay una línea de ayuda de violencia doméstica en todo el estado en el 866-834-HELP (4357). Este número dirigirá a las víctimas a los centros de apoyo en su condado. Estos centros de apoyo también brindan defensa ante los tribunales. MCEDV mantiene información para parejas del mismo sexo en su sitio web en http://www.mcedv.org.

Además de la policía local, existen otras líneas directas y recursos en línea:

  • Línea directa de apoyo de agresión sexual, (800) 871-7741 (en todo el estado, las 24 horas), se puede encontrar una lista completa de los centros locales de agresión sexual para miembros en http://www.mecasa.org/;
  • Oficina del Fiscal General de Maine, 207-626-8800, http://www.maine.gov/ag/.

¿La violencia doméstica juega un papel en las decisiones sobre derechos y responsabilidades de los padres?

Sí. Es un factor que el tribunal debe considerar al asignar los derechos y responsabilidades de los padres, y los tribunales pueden establecer condiciones para que un abusador vea a sus hijos (ver en general 19-A Me. Rev. Stat. sec. 1653 (6)).