
Discriminación | Derechos de las personas transgénero | Vermont
¿Existen protecciones para las personas transgénero bajo las leyes estatales contra la discriminación?
Sí. En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género. La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (Ley pública 41, Ley relativa a la prohibición Discriminación por motivos de identidad de género, Legislación de 2007-2008, Sesión de Reg. (Vt. 2007) Ver también, 1 VSA §144. http://www.leg.state.vt.us/database/status/summary.cfm?Bill=S%2E0051&Session=2008).
¿Protege también a las personas percibidas como transgénero?
Sí. En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género. La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (Ley pública 41, Ley relativa a la prohibición Discriminación por motivos de identidad de género, Legislación de 2007-2008, Sesión de Reg. (Vt. 2007) Ver también, 1 VSA §144. http://www.leg.state.vt.us/database/status/summary.cfm?Bill=S%2E0051&Session=2008). Así, en el caso de la discriminación por identidad de género, existe una protección explícita tanto para las personas transgénero como para las personas percibidas como transgénero.
¿Protege también a las personas asociadas con personas LGBT?
No específicamente. Pero en algunas situaciones, si se discrimina a una persona debido a su asociación con personas o causas LGBT, es posible demostrar que la discriminación se debió a que su empleador o arrendador creía que la persona en sí era LGBT. Esto contaría como discriminación basada en la percepción, lo cual está prohibido.
¿Qué tipos de discriminación aborda la ley contra la discriminación?
La ley de Vermont prohíbe la discriminación en el empleo, lugares de alojamiento público, vivienda, crédito y una variedad de servicios.
¿Cómo presento una queja por discriminación?
El lugar donde presenta una queja depende del tipo de discriminación que haya experimentado (es decir, empleo, vivienda, crédito, etc.) y si la parte contra la que presenta la queja es una agencia estatal. A veces tiene más de una opción sobre dónde presentar la solicitud. Este cuadro proporciona una guía rápida y los detalles se analizan más adelante.

Empleo estatal, alojamiento público o vivienda
- Si cree que ha sido discriminado en el empleo por una agencia estatal, o si cree que ha sido discriminado en lugares públicos (por ejemplo, denegación de servicio en un establecimiento minorista u otro negocio), o en vivienda, puede presentar una queja con:
La Comisión de Derechos Humanos de Vermont
Calle Balduino 14-16
Montpellier, VT 05633-6301
(800) 416-2010
(802) 828-1625
(802) 828-2481 (fax)
human.rights@vermont.gov
Una denuncia puede presentarse bajo juramento en persona, por escrito, por fax o por correo electrónico indicando los hechos relacionados con la supuesta discriminación.
- También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.
Empleo general
- Si cree que ha sido discriminado por una parte que no sea el estado (por ejemplo, una empresa privada o un pueblo), puede presentar una queja bajo juramento ante el
Unidad de Derechos Civiles
Oficina del Fiscal General de Vermont
Calle Estado 109
Montpelier, VT 05609-1001
(888) 745-9195 (llamada gratuita solo en Vermont)
(802) 828-3657
(802) 828-3665 (TTY)
(802) 828-2154 (fax)
ago.civilrights@vermont.gov
Las partes querellantes deben completar un cuestionario, que la Unidad de Derechos Civiles le enviará o puede encontrar en www.ago.vermont.gov/assets/files/Employment%20Discrimination%20Complaint%20Form.pdf.
- También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.
Crédito o Servicios
- Si cree que ha sido discriminado en la prestación de servicios de crédito, contratos minoristas a plazos o seguros, puede presentar una queja por escrito ante el
Departamento de Regulación Financiera
Calle principal 89
Montpelier, VT 05620-3101
(802) 828-3301
Puede comunicarse con la División Bancaria para quejas relacionadas con servicios de crédito o contratos a plazos al (802) 828-3307 y con la División de Seguros para quejas relacionadas con seguros al (800) 964-1784. Además, es posible que desee comunicarse con la Comisión de Derechos Humanos de Vermont ya que estas entidades también son lugares de alojamiento público. También puede presentar su caso directamente en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.
- Si cree que ha sido discriminado con respecto a un arrendamiento financiero agrícola, puede presentar una queja ante el
Oficina del Fiscal General
Programa de Asistencia al Consumidor
Calle Estado 109
Montpelier, VT 05609-1001
(802) 656-3183
(800) 649-2424 (llamada gratuita solo en Vermont)
(802) 304-1014 (fax)
ago.civilrights@vermont.gov
http://www.uvm.edu/consumer
o con el Tribunal Superior del condado donde ocurrió la supuesta discriminación.
¿Necesito un abogado?
No necesariamente. Los procesos en todas estas agencias están diseñados para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que los representen durante cualquiera de estos procedimientos, así como si deciden presentar un reclamo directamente en el Tribunal Superior. No solo hay muchos problemas legales que rigen estos procesos, sino que es probable que los empleados y otros acusados tengan representación legal.
¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?
Las quejas de discriminación ante la Comisión de Derechos Humanos de Vermont deben presentarse dentro de un año del último acto o actos discriminatorios (Reglas del Código de Vermont 80-250-001, Regla 2). La Unidad de Derechos Civiles del Procurador General también tiene la política de exigir que las denuncias se presenten en el plazo de un año. Si va a presentar un caso directamente en el Tribunal Superior, debe presentarlo dentro de los tres años posteriores al último acto discriminatorio, aunque, en determinadas circunstancias, puede presentarlo después de ese tiempo. Hay muy pocas excepciones por retrasos, y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud en la presentación de reclamos.
¿Puedo presentar más de un tipo de queja por discriminación a la vez, por ejemplo, si creo que me despidieron porque soy transgénero y latina?
Sí. Las leyes estatales contra la discriminación en el empleo prohíben tomar cualquier acción contra alguien por su orientación sexual e identidad de género, así como por su raza, color, religión, origen nacional, sexo, ascendencia, lugar de nacimiento, edad, discapacidad, sangre relacionada con el VIH. pruebas, licencia familiar y compensación laboral. En los alojamientos públicos, los criterios se amplían para incluir el estado civil, pero no incluyen la edad, la ascendencia y el lugar de nacimiento. En vivienda, se amplían los criterios para incluir la intención de ocupar una vivienda con uno o más hijos menores y la percepción de asistencia pública, pero no incluyen la ascendencia y el lugar de nacimiento.
¿Qué sucede después de que se presenta una denuncia ante la Comisión o la Unidad de Derechos Civiles?
Si la presenta ante la Comisión de Derechos Humanos, el personal de la Comisión revisará su queja para ver si cumple con los requisitos básicos para presentar una demanda por discriminación. Si deciden investigar, se envía una copia de su queja a la parte contra la cual se presentó la queja, el demandado, quien tiene que responder a las alegaciones dentro de los catorce (14) días (Reglas del Código de Vermont 80-250-001 , Regla 10). Luego, la Comisión asigna un investigador, quien analizará sus reclamos para ver si hay motivos razonables para creer que ha sido discriminado. Al hacerlo, el investigador puede examinar y copiar registros y documentos, y entrevistar a todas las partes y testigos pertinentes. Los cinco comisionados designados por el gobernador luego deciden si existen motivos razonables para acreditar sus alegaciones (9 VSA §§ 4551(a) y 4554(d) – (e)).
Si presenta una queja ante la Unidad de Derechos Civiles (CRU), el proceso es muy similar y se describe en detalle en el sitio web de la CRU: www.ago.vermont.gov/divisions/civil-rights/employment-law/civil-rights-unitprocess.php.
Tanto la Comisión de Derechos Humanos como la CRU permiten que las partes participen en discusiones de acuerdos voluntarios para resolver el caso en cualquier momento durante el proceso de investigación. Si estos esfuerzos fracasan, al final de la investigación, la Comisión de Derechos Humanos o la CRU emite conclusiones que indican si hubo una violación de la ley.
Si se encuentran motivos razonables, la Comisión enviará el caso a procedimientos de “conciliación” o arreglo, a menos que la Comisión determine una emergencia. Si las negociaciones no logran llegar a un acuerdo aceptable para todas las partes dentro de los seis meses, la Comisión presentará una demanda contra el demandado ante el Tribunal Superior o desestimará el procedimiento, a menos que las partes acuerden una prórroga para completar las negociaciones en curso (9 VSA § 4554(e); Reglas del Código de Vermont 80-250-001, Reglas 31-32).
De manera similar, si la CRU encuentra una violación de la ley, se le pedirá al demandado que participe en negociaciones de conciliación para tratar de resolver el caso. Si estas negociaciones fracasan, la CRU puede presentar una demanda contra el demandado en el Tribunal Superior (www.ago.vermont.gov/divisions/civil-rights/employment-law/civil-rights-unitprocess.php).
Si no se encuentran motivos razonables de discriminación ilegal, el caso será desestimado en la Comisión (9 VSA § 4554(d)). Si la CRU no encuentra ninguna violación de la ley, se cerrará el expediente (www.ago.vermont.gov/divisions/civil-rights/employment-law/civil-rights-unitprocess.php).
En este punto, o en cualquier punto del proceso ante la Comisión o la CRU, puede decidir presentar un caso ante los tribunales. Es crucial tener siempre en cuenta los plazos para presentar un caso de este tipo, como se discutió anteriormente. Si lo hace mientras una investigación está pendiente en la Comisión, la Comisión desestimará administrativamente la investigación aunque la Comisión puede presentar su propia queja sobre el asunto o intervenir en su acción judicial (Reglas del Código de Vermont 80-250-001, Regla 27 ).
¿Cuáles son los recursos legales que el tribunal puede otorgar por discriminación si una persona gana su caso allí?
Empleo
Los remedios para un denunciante exitoso pueden incluir, para casos de empleo, contratación, reincorporación o mejora, pago atrasado, pago por adelantado, restitución de salarios u otros beneficios, daños, incluidos aquellos por angustia emocional, sanciones civiles (cuando corresponda) y daños punitivos. (21 VSA § 495b).
Acomodaciones Públicas y Vivienda
En los casos de viviendas y alojamientos públicos, los recursos pueden incluir medidas cautelares, daños compensatorios (gastos realmente incurridos debido a una acción ilegal) y daños punitivos (9 VSA § 4506(a)). Además, se pueden imponer sanciones penales de multas de hasta $1000 (9 VSA § 4507).
En todos estos casos, el tribunal puede otorgar honorarios de abogados, costos (9 VSA §4506(b)(acomodaciones y viviendas públicas); 21 VSA §495b(2)(empleo)) y otras reparaciones apropiadas que sean consistentes con los propósitos de las leyes contra la discriminación (p.ej programas de capacitación, publicación de avisos, permitir a las personas el acceso y uso no discriminatorio de lugares públicos).
¿También puedo presentar una queja por discriminación ante una agencia federal?
Sí, en muchos casos. La ley federal de no discriminación en el empleo, llamada Título VII, se aplica solo a los empleadores con al menos 15 empleados, y las quejas deben presentarse dentro de los 180 días posteriores al acto discriminatorio ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Pero si inicialmente presenta su queja ante la Comisión o la CRU e indica que desea que la queja se interponga ante la EEOC, entonces el plazo se extiende a 300 días o 30 días después de que la Comisión o la CRU ha dado por terminado el caso. (Las personas que trabajan para agencias federales están más allá del alcance de esta publicación).
Alguien que presenta un reclamo por discriminación a veces puede buscar protecciones bajo las leyes estatales y federales. Esto es cierto porque puede haber disposiciones superpuestas de las leyes estatales y federales. Por ejemplo, el Título VII prohíbe la discriminación laboral por motivos de raza, sexo, edad, religión y discapacidad (lo que incluye el estado serológico respecto del VIH), pero no prohíbe expresamente la discriminación por motivos de “orientación sexual” o “identidad de género”.
Debido a que un número creciente de tribunales y agencias gubernamentales han reconocido que la raíz de la discriminación por orientación sexual e identidad de género es la discriminación sexual, la EEOC federal ha indicado recientemente que aceptará quejas por discriminación tanto por “identidad de género” como por “orientación sexual” a fin de investigar si el denunciante puede haber experimentado discriminación por “sexo” prohibido. Para más información ir a: https://www.eeoc.gov/eeoc/newsroom/wysk/enforcement_protections_lgbt_workers.cfm. Ver también https://www.eeoc.gov/eeoc/litigation/selected/lgbt_facts.cfm.
GLAD recomienda que, donde puede haber una superposición de jurisdicción estatal y federal, primero explore la presentación ante la Comisión o la CRU, pero tenga en cuenta la posibilidad de presentar un reclamo federal también. Si tiene una queja sobre orientación sexual o identidad de género, debe marcar "sexo", así como "orientación sexual" o "identidad de género" como las bases de su queja y solicitar que la Comisión o CRU interponga su queja con la EEOC.
Las personas LGBT que son discriminadas en la vivienda también pueden presentar una queja ante el Departamento federal de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) además de la Comisión. Para más información ir a: http://portal.hud.gov/hudportal/HUD?src=/program_offices/fair_housing_equal_opp/LGBT_Housing_Discrimination.
¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?
Posiblemente, dependiendo de los hechos de su situación particular. Esta publicación se refiere únicamente a la ley contra la discriminación de Vermont, y es posible que usted tenga otros derechos.
- Unión: Si es miembro de un sindicato, su contrato (acuerdo de negociación colectiva) puede brindarle derechos adicionales en caso de medidas disciplinarias, despido u otras acciones relacionadas con el trabajo. De hecho, si obtiene reparación en virtud de su contrato, puede decidir no buscar otros recursos. Obtenga y lea una copia de su contrato y comuníquese con un representante sindical para presentar una queja. Los plazos en los contratos son estrictos. Tenga en cuenta que si su sindicato se niega a ayudarlo con una queja, es posible que tenga una acción de discriminación contra ellos por no trabajar con usted o por no cumplir con el deber de representación justa.
- Tribunal estatal o federal: Después o en lugar de presentar la demanda ante la Comisión, la CRU o la EEOC, puede decidir presentar el caso ante el tribunal. Puede presentar una solicitud en un tribunal estatal en cualquier momento dentro de los límites de tiempo, como se mencionó anteriormente. Sin embargo, para presentar un caso en un tribunal federal, debe eliminar su caso de la EEOC, y existen reglas sobre cuándo y cómo debe hacerlo que la EEOC puede explicar.
Además, puede presentar un caso judicial para abordar otros reclamos que las agencias de discriminación no manejan adecuadamente, como cuando lo despiden en violación de un contrato, lo despiden sin la disciplina progresiva prometida en un manual del empleado o lo despiden por hacer algo. al empleador no le gusta pero que la ley exige. De manera similar, si tiene un reclamo por una violación de los derechos constitucionales, por ejemplo, si es un maestro o un empleado del gobierno que cree que se violaron su libertad de expresión o sus derechos de protección igualitaria, entonces esos asuntos también deben ser escuchados en la corte.
¿Qué puedo hacer si mi empleador me despide o mi arrendador me desaloja porque presenté una denuncia por discriminación?
Es ilegal tomar represalias contra alguien por presentar un reclamo por discriminación, y podría presentar una queja adicional contra el empleador o propietario por represalias. Las protecciones de “represalias” cubren a quienes participan en los procedimientos o se oponen a una conducta ilegal. Si el empleador o propietario toma medidas contra un empleado o arrendatario debido a esa conducta, entonces el empleado o arrendatario puede presentar un reclamo de represalia (9 VSA § 4506(e) (represalias prohibidas en instalaciones y viviendas públicas); 21 VSA § 495 (a)(8) (represalias prohibidas en el empleo). Véase también Provencher v. CVS Pharmacy, 145 F.3d 5 (1st Cir. 1998) (confirmando el reclamo federal de represalias por parte de un hombre gay que había presentado un reclamo de acoso sexual bajo el Título Federal VII)).
¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?
Comuníquese con GLAD Answers al www.GLADAnswers.org o por teléfono al 1-800-455-4523 (GLAD) cualquier día de la semana para analizar las opciones.
Como cuestión general, las personas que aún trabajan o residen en condiciones discriminatorias deben evaluar cómo la presentación de un caso afectará su trabajo o vivienda, y si podrán manejar esas posibles consecuencias. Por supuesto, incluso si una persona ha sido despedida o desalojada, puede decidir que no vale la pena presentar una demanda por discriminación. Esta es una elección individual, que debe hacerse después de recopilar suficiente información y asesoramiento para tomar una decisión informada.
Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle al abogado un resumen de lo que sucedió, organizado por fecha y con una explicación de quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos). Trate de tener a mano copias de sus manuales de empleados o manuales de personal, así como cualquier contrato, evaluación de trabajo, memorandos, cartas de despido y similares.
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