
Justicia Penal | Instalaciones de afirmación de género | Connecticut
Me acaban de condenar. ¿Cómo me asignan a la instalación correcta?
Si se identifica como transgénero, género no conforme o intersexual, un centro debe "evaluar" o determinar la colocación adecuada para usted durante su primera admisión en el Departamento Correccional de Connecticut (CTDOC). El personal penitenciario puede preguntarle si es intersexual o no conforme con su género. Si es transgénero, no conforme con el género o intersexual, puede responder afirmativamente a esa pregunta porque la usarán para recomendarle una asignación a un centro de afirmación de género.
La instalación debe basar su evaluación inicial en su seguridad y protección. Si esta “evaluación” se ha realizado antes de llegar al lugar donde se alojará, entonces debe ser transportado a la instalación correcta desde el principio. Si llega a un centro de admisión y no han recibido su solicitud de los alguaciles judiciales u otros funcionarios, entonces el administrador de la unidad en su centro se lo notificará a su jefe.
La “Remisión para evaluación de género”, también llamada CN 81701, es un formulario importante al que tiene derecho. Debe ser completado por el miembro del personal al que le divulgó su solicitud de transferencia o por el miembro del personal que realiza regularmente una evaluación de la Ley de Eliminación de Violaciones en Prisión (PREA). Ese miembro del personal enviará su referencia y debe enviarse al Jefe de Servicios Psiquiátricos de CTDOC dentro de las 72 horas.
¿Qué es la Ley de Eliminación de Violaciones en Prisión?
La Ley de Eliminación de Violaciones en Prisión (PREA) es una ley federal aprobada en 2003. Bajo PREA, en lugar de asignar automáticamente a las personas a una instalación, las personas transgénero e intersexuales son evaluadas por posibles amenazas a la seguridad y alojadas "caso por caso". según la identidad de género. El personal penitenciario debe considerar las asignaciones de vivienda y programas al menos dos veces al año para revisar cualquier amenaza a la seguridad que experimenten las personas transgénero e intersexuales que viven en prisión.
De acuerdo con la ley, también deben tener en cuenta la propia opinión del individuo sobre su seguridad. No se les permite separarlos para alojamiento u otras colocaciones en programas basados únicamente en su estatus LGBT+.
PREA también protege la “segregación involuntaria”, o el traslado de una persona a una asignación de vivienda diferente en contra de su voluntad. Una persona no puede continuar retenida en una parte diferente de la prisión en contra de su voluntad a menos que los funcionarios de la prisión hayan determinado que no hay otra forma de mantenerla a salvo. Deben tomar esa determinación dentro de las primeras 24 horas si los colocan en viviendas separadas en contra de su voluntad. Las personas no pueden ser segregadas en contra de su voluntad por más de treinta días, y se les debe dar acceso a todas las mismas oportunidades de trabajo, educación y programación que cualquier otra persona.
En julio de 2018, la legislatura de Connecticut aprobó el Proyecto de Ley del Senado 13 § 8, un nuevo estatuto en línea con la Ley de Eliminación de Violaciones en Prisión, para exigir que las personas transgénero en las instalaciones correccionales sean alojadas de acuerdo con su identidad de género.
¿Qué sucede después de mi evaluación de admisión?
Después de enviar su formulario de remisión, el personal debe alojarlo por separado de cualquier otra persona hasta que el centro haya terminado todas las demás evaluaciones médicas y de custodia. Tiene derecho a que no se le realice un examen médico o de salud física con el único propósito de identificar su género. El personal debe continuar alojándolo por separado hasta que se consulte a un comité de CTDOC llamado Comité de Revisión de Disconformidad de Género. Además, se le debe realizar una evaluación de salud mental dentro de los tres días posteriores a la presentación de su Referencia.
Si ha estado recibiendo atención de afirmación de género en la comunidad, puede compartir eso y cualquier tratamiento o medicamento que tome con la persona que completa su evaluación de servicios de salud. El proveedor médico que realiza su admisión buscará una Divulgación de información (ROI) de usted para obtener sus registros médicos de proveedores externos.
Si no desea aceptar un ROI, su plan de tratamiento actual puede cambiarse o suspenderse por completo. Esto depende de una "evaluación médica completa" realizada por un médico con licencia o una persona llamada enfermera registrada de práctica avanzada (APRN). Esto puede incluir cosas como hacerse un análisis de sangre. Si estaba tomando hormonas de afirmación de género sin receta antes del encarcelamiento, se le hará una remisión para que se reúna con un médico con licencia o APRN para completar una evaluación dentro de los tres días.
Si está alojado por separado, aún tiene derecho a participar en cualquier orientación, recreación y tiempo social con todos los demás en su unidad. También se le debe permitir ducharse por separado de otras personas. La instalación debe preguntarle qué oficial de género preferiría para hacer sus cacheos y/o cacheos al desnudo. Se instruye a las instalaciones para que tengan en cuenta cuáles son sus preferencias y las acomoden si es posible. En los registros rutinarios de palmaditas y desnudos, la instalación considerará su solicitud, pero se reserva el derecho de priorizar la seguridad de la instalación en caso de emergencia.
Una vez que el Gerente de Cumplimiento de PREA de la instalación revise su caso y haga una recomendación, sus asignaciones de programación y vivienda pueden cambiar.
¿Qué puedo hacer si me segregan contra mi voluntad?
Si cree que ha sido segregado en contra de su voluntad, puede presentar una apelación sobre su ubicación, detallando cualquier parte de la segregación que considere injusta o que esté afectando su estadía y seguridad. Debe ser lo más específico posible sobre lo que le gustaría desafiar y por qué.
¿Quién sabrá que me identifico como género no conforme o intersexual?
Se supone que el personal debe mantener su privacidad y confidencialidad en la mayor medida posible una vez que haya compartido que es intersexual o no conforme con el género. La única información compartida debe ser lo que sea necesario para que determinados miembros del personal realicen sus funciones laborales específicas.
Es ilegal que usted sea discriminado debido a su identidad de género. Todas las personas reciben el mismo trato y protección garantizados por las políticas de acoso.
He estado en prisión por un tiempo. ¿Qué sucede si quiero solicitar un traslado a un establecimiento que se ajuste a mi identidad de género?
Puede ser más difícil solicitar una transferencia si ha estado en una instalación por un tiempo, pero existe un procedimiento para hacerlo. Si un alguacil judicial u otro funcionario no ha informado a un centro de admisión sobre su identidad de género, entonces seguirá adelante con una admisión como todos los demás. Una vez que esté en la nueva instalación, puede decirle a un funcionario que le gustaría ingresar a una instalación de afirmación de género.
El Administrador de la Unidad allí notificará a su Administrador de Distrito y luego hará que un miembro del personal complete una Referencia. El miembro del personal de custodia que complete la evaluación de PREA (o el miembro del personal al que le informó sobre su solicitud) enviará el formulario de remisión a su supervisor de unidad. Esa persona debe enviar el formulario al Jefe de Servicios Psiquiátricos de CTDOC dentro de las 72 horas. Una vez que se complete, se realizará el mismo procedimiento que si le hubiera informado a un funcionario sobre su solicitud durante su admisión inicial.
¿Qué derechos me protege el Proyecto de Ley 13 § 8 del Senado de Connecticut?
El Proyecto de Ley del Senado 13 establece que cualquier persona que tenga una identidad de género que difiera del sexo asignado a la persona al nacer:
- Debe ser abordado por el personal penitenciario de manera consistente con la identidad de género de la persona;
- debe tener acceso a artículos de economato, ropa, propiedad personal, programación y materiales educativos que sean consistentes con la identidad de género de la persona; y
- debe tener derecho a ser registrado por un miembro del personal correccional de la misma identidad de género a menos que la persona solicite algo diferente o haya una emergencia.
¿Cómo puedo mostrar mi identidad de género en mi centro y qué es la “disforia de género”?
Si tiene un certificado de nacimiento, pasaporte o licencia de conducir que refleje su identidad de género, debe dárselo a los oficiales penitenciarios cuando ingrese a una instalación o después de que desee una transferencia. Si no tiene esas cosas, puede intentar cumplir con otros estándares establecidos para obtener ese tipo de documentación para confirmar su identidad de género.
Las personas también deben tener un diagnóstico de "disforia de género", como se define en el "Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales" de la Asociación Estadounidense de Psiquiatría. Según ellos, la “disforia de género” se refiere a la “angustia psicológica que resulta de una incongruencia entre el sexo asignado al nacer y la identidad de género”.
¿Qué sucede después de mostrar mis documentos?
Si les ha dado prueba de su identidad de género, debe ser colocado en una institución correccional con personas de género consistente con su identidad de género. La única forma en que un funcionario de CTDOC puede evitar su transferencia es probar que la colocación presentaría “problemas significativos de seguridad, administración o protección”. El Comisionado está obligado a considerar seriamente sus puntos de vista con respecto a su seguridad.
Una vez que el Jefe de Servicios Psiquiátricos de CTDOC y un APRN reciban su referencia, deben programar una entrevista en persona con usted dentro de los 10 días hábiles. Este tiempo se usa para evaluar la situación y determinar si cumple con los criterios descritos para un diagnóstico de "disforia de género".
Si cumple con las pautas para este diagnóstico, tendrá una cita con un médico con licencia o APRN y otro psicólogo del centro para una evaluación y analizar el posible apoyo médico y psicológico. Si está buscando atención hormonal para la afirmación de género, pero tiene una afección médica que impide que se le recete esta atención, el proveedor médico le informará cuál es esa afección. El proveedor también compartirá estos hallazgos con el Jefe de Servicios Psiquiátricos de CTDOC y APRN.
¿Qué sucede si no cumplo con los criterios para un diagnóstico de “Disforia de género”?
Si no cumplió con los criterios en su entrevista inicial, un médico calificado de salud mental dentro de los Servicios de Salud y Adicciones de CTDOC, que no participó de ninguna manera en su etapa de entrevista inicial, realizará una segunda entrevista dentro de los cinco días hábiles de su entrevista inicial. entrevista.
Si el segundo entrevistador presenta un hallazgo de "disforia de género", se le dará un diagnóstico provisional de "disforia de género" que se revisará dentro de los seis meses.
Si no está de acuerdo con el diagnóstico determinado por los entrevistadores, entonces tiene derecho a presentar un formulario de Remedio Administrativo de Servicios de Salud.
¿Cómo se iniciará mi transferencia?
Si se le otorga una transferencia entre centros, se hará de acuerdo con la Directiva 9.3 que supervisa todas las admisiones, transferencias y altas. Antes de que ocurra la transferencia, se notificará a un grupo de personas llamado Comité de Revisión de Disconformidad de Género. El Comité de revisión brindará consultas con el centro de recepción para asegurarse de que su plan de atención, llamado Plan de gestión de disconformidad de género, pueda cumplirse y ejecutarse en el centro de recepción.
¿Existen otros derechos que tengo una vez que he sido identificado como género no conforme o intersexual?
A una persona con un diagnóstico de “disforia de género” se le puede asignar un comisario alternativo como parte de su Plan de Manejo de Género No Conforme. Puede preguntar sobre esto y asegurarse de que sea parte de su Plan.
¿Qué es el Comité de Revisión de No Conformidad de Género (GNCRC)?
El Comité de Revisión es un grupo multidisciplinario que proporciona recomendaciones con respecto a las personas que se identifican como no conformes con el género y/o que se identifican como intersexuales. El Comité está presidido por el Jefe de Servicios Psiquiátricos del CTDOC. Otros miembros incluyen personal de CTDOC, personal de atención médica contratado y otras personas que el presidente del Comité de Revisión considere apropiadas para ser miembro.
Este comité está a cargo de desarrollar su Plan de Gestión dentro de los 14 días hábiles posteriores a la finalización de la evaluación de "disforia de género". El Plan de Manejo se mantendrá en su archivo maestro y registro de salud, solo se distribuirá a quienes necesiten conocer la información.
El Comité de Revisión revisa todos los Planes de Gestión existentes dos veces al año.
¿Qué es el Grupo de Supervisión de No Conformidad de Género?
El Grupo de Supervisión es un grupo de miembros del Comité de Revisión que brinda supervisión y dirección a los miembros del personal de atención médica contratados que brindan atención directa a las personas que se identifican como no conformes con el género o como intersexuales. El Grupo de Supervisión se reúne trimestralmente para discutir asuntos relacionados con la gestión del cuidado y la custodia.
Cada administrador de unidad o administrador de servicios de salud de un servicio de atención médica contratado es responsable de garantizar que un miembro del personal que le brinde atención directa o supervisión de custodia a usted o a cualquier otra persona que se identifique como de género no conforme esté presente en cada reunión.
¿Qué sucede después de que el Comité de revisión revisa mi plan de gestión?
Después de que el Comité de revisión proporcione su Plan de gestión, se completará una revisión final dentro de los 14 días hábiles posteriores a la recomendación del Comité de revisión. Una vez que el Comisionado tome la determinación final y apruebe su Referencia y Plan de Manejo, el Comisionado enviará el Plan de Manejo aprobado al Comité de Revisión, al Administrador de la Unidad específica de la instalación y al Administrador del Distrito. A partir de ahí, esas personas desarrollarán un plan de implementación para su atención. El Administrador de la Unidad o su designado le pedirá que firme su Plan de Gestión.
Si el Comisionado y/o su designado revisan las recomendaciones del Comité de Revisión y niegan alguna parte de ellas, el Comisionado ordenará al Jefe de Servicios Psiquiátricos de CTDOC y/o al Comité de Revisión que recomiende un plan de manejo alternativo dentro de los diez días hábiles.
Una vez que se establezca el plan alternativo, el Comité de revisión completará su proceso de revisión típico descrito anteriormente hasta que se apruebe un nuevo plan. Se le entregará una copia del Plan de Gestión y se mantendrán otras copias en su registro de salud y archivo maestro.
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